Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2019 (29/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 114

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NORMAS LEGALES

Viernes 29 de noviembre de 2019 /

El Peruano

AFOCAT puede iniciar el procedimiento de inscripción de modificación estatutaria en los Registros Públicos. SEGUNDA.- Procedimientos de inscripción en trámite A los procesos de inscripción en el Registro que se encuentren en trámite a la fecha de entrada en vigencia del presente Reglamento se les aplica las disposiciones de este Reglamento." Artículo Segundo.- Modificar el procedimiento N° 118 "Autorización de inscripción en el Registro de Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra accidentes de tránsito - AFOCAT" en el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, aprobado mediante Resolución SBS N° 1678-2018 y modificatorias, conforme al texto que se adjunta a la presente Resolución, el cual se publica en el portal institucional (www.sbs.gob.pe). Artículo Tercero.- La presente Resolución entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1831815-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH
Aprueban el "Plan Regional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción 2019 - 2021"
ORDENANZA REGIONAL Nº 011-2019-GRA/CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH; POR CUANTO: En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Ancash, realizada en la ciudad de Huaraz el día 07 de Noviembre del 2019, la Convocatoria N° 011-2019-SO-GRA-CR/ CD, de fecha 29 de Octubre del 2019, visto y debatido el DICTAMEN N° 004-2019-GRA-CR/COAL de la Comisión Ordinaria de Asuntos Legales, y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que debe ser ejercida con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; de conformidad con lo previsto en los Artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Estado y sus modificatorias, los Artículos 8° y 31° de la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, dispositivo concordante con el Artículo 2° de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y con el Artículo 6° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash; Que, el Artículo 13° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, preceptúa: "El Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas"; el Inciso b) del Artículo 14° de la misma norma prescribe: El Consejo Regional se reúne en sesiones ordinarias y extraordinarias, de acuerdo a lo que establece su Reglamento;

Que, el Inciso f) del Artículo 9° en concordancia con el Artículo 36° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Gobiernos Regionales son competentes de dictar las normas inherentes a la gestión regional, las mismas que deben regirse por los Principios de Exclusividad, Territorialidad, Legalidad y Simplificación Administrativa; Que, la Ley N° 29976, Ley que crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción (CAN ANTICORRUPCIÓN) con el objeto de articular esfuerzos, coordinar acciones y proponer políticas de corto, mediano y largo plazo, dirigidas a prevenir y combatir la corrupción en el país; concordante con el Decreto Supremo N° 089-2013PCM, que aprueba su Reglamento, donde regula el funcionamiento de la indicada Comisión; Que, el Numeral 9.1 del Artículo 9º de la Ley N° 29976, señala: "Los Gobiernos Regionales y Locales implementan Comisiones Regionales y Locales Anticorrupción, cuya conformación se da en el marco de la presente Ley, en lo que fuera aplicable"; el Gobierno Regional de Ancash, a través de la Ordenanza Regional N° 003-2015-GRA/CR, modificada por la Ordenanza Regional N° 007-2015-GRA/ CR, se Crea la Comisión Regional Anticorrupción en la Región Ancash; Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2018-PCM, se aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción 2018-2021, a fin de contar con un instrumento que establezca las acciones priorizadas que sobre la materia se deben emprender para prevenir y combatir la corrupción e impulsar la integridad pública, en el marco de la Política Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción; Que, a través del Oficio N° 001-2019-CRA-A, del 03 de Setiembre de 2019, el Presidente de la Comisión Regional Anticorrupción de Ancash y Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ancash, propone la aprobación del "PLAN REGIONAL DE INTEGRIDAD Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN 2019 - 2021"; Que, mediante Informe Nº 021-2019-GRA-GRDSEPS, de fecha 09 de Setiembre de 2019, la Especialista en Promoción Social de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, emite la OPINIÓN TÉCNICA FAVORABLE sobre el tema, concluyendo y recomendando, se APRUEBE el "PLAN REGIONAL DE INTEGRIDAD Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN 2019-2021", elaborado y validado multisectorialmente por la Comisión Regional Anticorrupción en la Región Ancash; Que, mediante Informe Legal N° 052-2019-GRA/ GRAJ, de fecha 12 de Setiembre de 2019, el Gerente Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ancash, OPINA: Que RESULTA VIABLE la aprobación del "PLAN REGIONAL DE INTEGRIDAD Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN 2019-2021" y con el Informe Legal N° 054-2019-GRA/GRAJ, de fecha 16 de Octubre de 2019, precisa el Informe Legal N° 052-2019-GRA/GRAJ, respecto a la opinión del Proyecto de Ordenanza en comento; Que, la Comisión Ordinaria de Asuntos Legales del Consejo Regional, mediante Dictamen N° 004-2019-GRACR/COAL, por acuerdo unánime de sus Miembros concluye señalando que la propuesta presentada por el Ejecutivo Regional resulta técnica y legalmente viable, en tal sentido es factible aprobar la correspondiente Ordenanza Regional, mediante el cual SE APRUEBE EL PLAN REGIONAL DE INTEGRIDAD Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN 2019-2021; Que, es competencia del Consejo Regional de Ancash emitir Ordenanzas Regionales, tal como lo prescribe el Artículo 38º de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales: (...) "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia"; dispositivo legal concordante con los Artículos 120º y 121º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash; Que, en Sesión Ordinaria de Consejo Regional realizada el 07 de Noviembre de 2019, en la Estación ORDEN DEL DÍA, el Consejero Delegado da cuenta el Dictamen N° 004-2019-GRA-CR/COAL, disponiendo su lectura, produciéndose acto seguido una serie de deliberaciones por los Miembros del Consejo Regional;

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