Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2019 (29/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Viernes 29 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, la Dirección de Patrimonio Inmaterial es la unidad orgánica encargada de gestionar, identificar, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos, promoviendo la participación activa de la comunidad, los grupos o individuos que crean, mantienen y transmiten dicho patrimonio y de asociarlos activamente en la gestión del mismo; Que, mediante el Informe N° D000190-2019-DPI/ MC la Dirección de Patrimonio Inmaterial señala que en la XXIV reunión del Comité Ejecutivo y en la XIV reunión del Consejo de Administración del CRESPIAL se tratarán temas de suma importancia como el Plan Operativo Bienal (2020-21), la renovación del Acuerdo entre la UNESCO y el Gobierno del Perú para el funcionamiento de dicho centro, y la implementación del proceso de selección para el nuevo Director (a) del CRESPIAL; por otro lado, en la XIV Sesión del Comité Intergubernamental para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial se revisará la solicitud de inclusión de los "Hatajos, bandas, comparsas, cuadrillas de Negritos y de Pallitas de la costa central del Perú" en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad de la UNESCO; por lo que se considera importante contar con la participación del Ministerio de Cultura en los precitados eventos; Que, a través del Informe N° D000393-2019-DGPC/ MC la Dirección General de Patrimonio Cultural propone al Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, la participación del señor Miguel Ángel Hernández Macedo, servidor de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, en ambos eventos; Que, mediante el Proveído N° D006396-2019VMPCIC/MC el Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales manifiesta su conformidad con el viaje en comisión de servicios del precitado servidor; Que, por las consideraciones expuestas, atendiendo a la temática de los eventos en mención y los fines antes señalados, resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor Miguel Ángel Hernández Macedo, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia; cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno) y viáticos del 03 al 07 de diciembre de 2019 serán cubiertos por CRESPIAL, mientras que los viáticos del 09 al 14 de diciembre de 2019 serán asumidos con cargo al Pliego 003: Ministerio de Cultura; Que, el artículo 10 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, establece que durante el presente año, la autorización de viajes al exterior se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; siendo pertinente mencionar que el artículo 1 del Reglamento de la citada Ley Nº 27619, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, señala que los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los organismos públicos descentralizados correspondientes, que irroguen algún gasto al Tesoro Público, serán autorizados mediante Resolución Ministerial del respectivo Sector; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Miguel Ángel Hernández Macedo, servidor de la Dirección de Patrimonio Inmaterial de la Dirección General de Patrimonio Cultural, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 02 al 15 de diciembre de 2019; para los

fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados del Pliego 003: Ministerio de Cultura, conforme al siguiente detalle: Viáticos ($ 370.00 x 6 días): US$ 2 220,00 ----------------TOTAL: US$ 2 220,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el servidor señalado en el artículo 1 de la presente resolución, deberá presentar ante el Ministerio de Cultura un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en los eventos a los que acudirá, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO PETROZZI FRANCO Ministro de Cultura 1831806-1

Autorizan viaje de servidora de la Dirección de Libro y la Lectura a México, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 502-2019-MC Lima, 28 de noviembre de 2019 VISTOS; los Informes N° D000233-2019-DGIA/MC, N° D000270-2019-DGIA/MC, N° D000273-2019-DGIA/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, y, los Proveídos N° D006445-2019-VMPCIC/MC y N° D006481-2019-VMPCIC/MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, éste es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público que constituye pliego presupuestal del Estado, ejerciendo competencias y funciones sobre las áreas programáticas de acción referidas a patrimonio cultural de la nación, material e inmaterial; creación cultural contemporánea y artes vivas; gestión cultural e industrias culturales; y, pluralidad étnica y cultural de la nación; Que, mediante los Informes N° D000233-2019-DGIA/ MC, N° D000270-2019-DGIA/MC, N° D000273-2019DGIA/MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes comunica al Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales que en el presente año se han realizado reuniones interinstitucionales entre el Ministerio de Cultura, el Ministerio de Relaciones Exteriores, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, la Cámara Peruana del Libro y la Asociación de Editoriales Independientes del Perú, con la finalidad de determinar la participación del Perú en distintas ferias internacionales del libro para el periodo 2019-2021, acordándose la participación con el stand de país en la "Feria Internacional del Libro de Guadalajara, 2019", que se realizará del 30 de noviembre al 08 de diciembre de 2019, en la ciudad de Guadalajara, Estados Unidos Mexicanos; Que, conforme a lo señalado en el precitado documento, la Feria Internacional del Libro de Guadalajara es la segunda más importante del mercado editorial en habla hispana por su volumen de negocios y por ser el punto de encuentro más destacado de la industria editorial en habla hispana; asimismo, se precisa que desde el año 2012 el Perú participa

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