Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2019 (29/11/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Viernes 29 de noviembre de 2019 / El Peruano calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La desagregación de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas de los recursos distintos a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, se presenta en el Anexo N° 2: “Ingresos”, que forma parte de esta norma, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Especí fi ca; y, se presenta junto con la Resolución a la que se hace referencia en el párrafo precedente. Dicho Anexo se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de esta norma en el Diario O fi cial El Peruano. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.4 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente norma no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Procedimiento para la asignación fi nanciera Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, deben elaborar y proporcionar la información necesaria según el procedimiento que determine la Dirección General del Tesoro Público, para la autorización de la correspondiente asignación fi nanciera. Artículo 5. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Presidente del Consejo de Ministros MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas 1831870-2 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor de diversos Gobiernos Locales DECRETO SUPREMO Nº 356-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Septuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza excepcionalmente al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, para que con cargo a su presupuesto institucional realice modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Locales de Huancayo, Trujillo, Arequipa, Cusco y la Municipalidad Metropolitana de Lima, para fi nanciar el pago de pensiones de los pensionistas del régimen del Decreto Ley N° 20530, de las Sociedades de Bene fi cencia de Huancayo, Trujillo, Arequipa, Cusco y Lima Metropolitana; asimismo, se señala que dichas modi fi caciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a propuesta de esta última; Que, a través de los Informes N°s D000107 y D000139-2019-MIMP-OPR de la O fi cina de Presupuesto, que hace suyo la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a través de los Memorándums N°s D000237 y D000318-2019-MIMP-OGPP, respectivamente, sustenta que cuenta con los recursos necesarios para efectuar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto de Sector Público para el Año Fiscal 2019, a favor de cinco (05) Gobiernos Locales, para fi nanciar el pago de pensionistas del régimen del Decreto Ley N° 20530, de las Sociedades de Bene fi cencia antes indicadas; en virtud de lo cual, con O fi cios N°s D001326 y D001588-2019- MIMP-SG, la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables solicita dar trámite a la citada transferencia de partidas; Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Memorándums N°s 540 y 672-2019-EF/53.05, remite el costo de las pensiones del régimen del Decreto Ley N° 20530 de las Sociedades de Bene fi cencia de Huancayo, Trujillo, Arequipa, Cusco y Lima Metropolitana, correspondiente a cinco (05) Gobiernos Locales; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por el monto de S/ 842 136,00 (OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CIENTO TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), a favor de los Gobiernos Locales de Huancayo, Trujillo, Arequipa, Cusco y la Municipalidad Metropolitana de Lima, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en la Septuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; DECRETA: Artículo 1. Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 842 136,00 (OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CIENTO TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) del pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a favor de diversos Gobiernos Locales, para fi nanciar el pago de pensiones de los pensionistas del régimen del Decreto Ley N° 20530, de las Sociedades de Bene fi cencia de Huancayo, Trujillo, Arequipa, Cusco y Lima Metropolitana, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 039 : Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Nivel CentralCATEGORÍA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones PrevisionalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios