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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2019 (29/11/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Viernes 29 de noviembre de 2019 / El Peruano en dicha feria con un stand de país y este año continuará con presencia activa en un stand que permitirá difundir nuestra diversidad cultural, literaria, académica y editorial, por lo que el Ministerio de Cultura se ha involucrado con la propuesta de contenidos de la línea grá fi ca para referido stand a fi n de poder promocionar la bibliodiversidad de la oferta editorial peruana; motivo por el cual, solicita se autorice el viaje en comisión de servicios de la señora Mónica Medalie Reyes Liñán, Analista de Producción y Circulación del Libro de la Dirección de Libro y la Lectura, a fi n de optimizar la participación del Perú en el precitado evento; Que, mediante los Proveídos N° D006445-2019- VMPCIC/MC y N° D006481-2019-VMPCIC/MC, el Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales mani fi esta su conformidad con el viaje en comisión de servicios de la precitada servidora; Que, por las consideraciones expuestas, resulta de interés institucional autorizar el viaje de la señora Mónica Medalie Reyes Liñán a la ciudad de Guadalajara, Estados Unidos Mexicanos; cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán asumidos con cargo al Pliego 003: Ministerio de Cultura; Que, el artículo 10 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, establece que durante el presente año, la autorización de viajes al exterior se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; siendo pertinente mencionar que el artículo 1 del Reglamento de la citada Ley Nº 27619, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, señala que los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los organismos públicos descentralizados correspondientes, que irroguen algún gasto al Tesoro Público, serán autorizados mediante Resolución Ministerial del respectivo Sector; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; SE RESUELVEArtículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora Mónica Medalie Reyes Liñán, servidora de la Dirección de Libro y la Lectura de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, a la ciudad de Guadalajara, Estados Unidos Mexicanos, del 29 de noviembre al 04 de diciembre de 2019, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios del Pliego 003: Ministerio de Cultura, conforme al siguiente detalle: Pasajes aéreos (incluido TUUA): US$ 837.15 Viáticos (US$ 440 x 4 días): US$ 1 760.00 ------------------ TOTAL: US$ 2 597.15 Artículo 3.- Disponer que la citada servidora, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, presente ante el Ministerio de Cultura un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la comisión a la que acudirá, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO PETROZZI FRANCO Ministro de Cultura 1831809-1Modifican la R.D. N° 075/INC mediante la cual se declaró Patrimonio Cultural de la Nación a la Zona Arqueológica Monumental Chankillo y disponen primera inscripción a favor del Estado de predios ubicados en el departamento de Ancash RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 220-2019-VMPCIC-MC Lima, 26 de noviembre de 2019VISTOS, el Informe N° D000025-2019-DGPA/MC de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, Informe Técnico N° 711-2015-DSFL-DGPA-MC, Informes N° D000045-2019-DSFL/MC y N° D000005-2019-DSFL-HHP/MC de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, y; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo previsto por el artículo 21 de la Constitución Política del Perú, los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográ fi cos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que están debidamente protegidos por el Estado; Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1255, dispone que es de interés social y de necesidad pública, la identi fi cación, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes; Que, conforme a lo previsto en el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1255, una de las funciones exclusivas del Ministerio de Cultura consiste en realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, de conformidad a lo previsto en el literal a) del artículo 14 de la Ley acotada, el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, tiene entre sus competencias la de formular, coordinar, ejecutar y supervisar la política relacionada con el fomento de la cultura y la creación cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación, en concordancia con el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura (en adelante, ROF) aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; Que, el artículo 7 del Reglamento de Intervenciones Arqueológicas aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2014-MC (en adelante, RIA) establece que los Monumentos Arqueológicos Prehispánicos son los bienes inmuebles que constituyen evidencia de actividad humana de época prehispánica, con fi nes de registro, delimitación, investigación, conservación, protección y gestión, los que se clasi fi can en Sitio Arqueológico, Zona Arqueológica Monumental y Paisaje Arqueológico; Que, mediante Resolución Directoral Nacional N° 075/ INC de fecha 15 de enero de 2008, se declaró Patrimonio Cultural de la Nación a la Zona Arqueológica Monumental Chankillo, ubicada en el distrito y provincia de Casma, departamento de Áncash. Asimismo, en el artículo 2 de la resolución mencionada se aprobó el Plano Perimétrico PP-049-INC_DREPH/DA/SDIC-2007 en formato PSAD 56 y WGS84, y Plano Topográ fi co PP-034-INC_DREPH/ DA/SDIC-2007 en formato PSAD 56 y WGS84; con un área de 1741.25 ha y un perímetro de 16812.74 m. con