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76 NORMAS LEGALES Martes 1 de octubre de 2019 / El Peruano audiencia de juzgamiento sea más lejana de acuerdo con la agenda judicial electrónica, redistribución que se realizará del 01 al 04 de octubre de 2019. Artículo Sexto.- DISPONER que bajo responsabilidad funcional del Gerente de Administración Distrital, de los Jefes de las Unidades de Línea y Administradora del Módulo Corporativo Laboral, adopten las medidas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo que antecede, debiendo asimismo tomar las acciones correspondientes con la fi nalidad del debido funcionamiento del órgano jurisdiccional reubicado a esta Corte Superior de Justicia a partir del 01 de octubre del año en curso. Artículo Séptimo.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura, O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura – ODECMA, Gerencia de Administración Distrital de Lima Este, Jefatura de la Unidad Administrativa y de Finanzas, Jefatura de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, Coordinación de Recursos Humanos, Coordinación de Logística, Coordinación de Servicios Judiciales y de la Administradora de Módulo Laboral para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.PILAR CARBONEL VILCHEZ Presidenta 1812445-1 Reasignan, designan y establecen la conformación y funcionamiento de diversas salas penales y juzgados de la Corte Superior de Justicia de Lima Este CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 1409-2019-P-CSJLE/PJ Ate, 27 de setiembre de 2019.VISTAS:La Resolución Administrativa Nº 090-2019-CE- PJ, la Resolución Administrativa Nº 244-2019-CE-PJ y la Resolución Administrativa Nº 295-2019-CE-PJ del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; así como la Resolución Administrativa Nº 215-2018-P-CSJLE/PJ, la Resolución Administrativa Nº 1251-2018-P-CSJLE/PJ y la Resolución Administrativa Nº 558-2019-P-CSJLE/PJ de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, y las solicitudes presentadas por los magistrados Grover Paul Morales Cama y Elizabeth Emma Aleman Chávez; y, CONSIDERANDO: Primero.- Mediante Resolución Administrativa Nº 090-2019-CE-PJ, modi fi cada por Resolución Administrativa Nº 161-2019-CE-PJ y Nº 244-2019-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la creación, conversión y modi fi cación de la denominación de órganos jurisdiccionales en el Distrito Judicial de Lima Este, en juzgados de investigación preparatoria, unipersonales y colegiados, así como juzgados y salas penales liquidadoras y salas penales de apelaciones; todo ello en razón a la implementación del Código Procesal Penal - primer tramo, cuya entrada en vigencia sería el 1 de julio del año en curso. Segundo.- Posteriormente, en atención al Decreto Supremo Nº 012-2019-JUS del Poder Ejecutivo, se dictó la Resolución Administrativa Nº 295-2019-CE-PJ del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que modi fi có la Resolución Administrativa Nº 090-2019-CE-PJ, estableciéndose el 01 de octubre de 2019, como la nueva fecha de entrada en vigencia de los órganos jurisdiccionales creados a mérito del proceso de implementación del Código Procesal Penal – Primer Tramo en el Distrito Judicial de Lima Este.Tercero.- Que estando a la creación, conversión y modi fi cación de la denominación de órganos jurisdiccionales en el Distrito Judicial de Lima Este de acuerdo a lo establecido por la Resolución Administrativa Nº 090-2019-CE-PJ, resulta necesario la designación de magistrados en los órganos jurisdiccionales creados. Cuarto.- En efecto, este Despacho considera la promoción de los Jueces Especializados Titulares y Jueces de Paz Letrado Titulares a la instancia superior inmediata, teniéndose en cuenta el artículo 2º de la Ley de la Carrera Judicial, el cuadro de antigüedad y meritocracia de los Jueces Especializados y de Paz Letrado de esta Corte Superior de Justicia y la designación de jueces supernumerarios de acuerdo a las nóminas vigente a la fecha, tales como la Resolución Administrativa Nº 215-2018-P-CSJLE/PJ, Resolución Administrativa Nº 1251-2018-P-CSJLE/PJ y Resolución Administrativa Nº 558-2019-P-CSJLE/PJ. Quinto.- Con relación a las designaciones de Jueces Provisionales, prevista en el artículo 65.2 de la Ley de la Carrera Judicial, estas se efectúan bajo un estricto análisis y evaluación de los per fi les de cada uno de las Jueces Especializados y de Paz Letrado Titulares a ser promovidos, de acuerdo al Cuadro de Antigüedad y Meritocracia de los Jueces Especializados y de los Jueces de Paz Letrado establecido en las Resoluciones Nº 474-2019-P-CSJLE/PJ y Nº 1005-2019-P-CSJLE/PJ; por consiguiente, de la veri fi cación de los citados cuadros, se aprecia que los magistrados a promoverse cumplen con los requisitos establecidos en los artículos 7 y 8 de la Ley de la Carrera Judicial; que si bien hay jueces especializados que cumplen la antigüedad para ser promovidos a la instancia superior, también lo es que de acuerdo a lo establecido en la Resolución Administrativa Nº 173-2015-CE-PJ, la Presidenta de esta Corte Superior de Justicia tiene la facultad de evaluar otros aspectos relacionados a la función jurisdiccional para la designación de jueces provisionales. Sexto.- Asimismo, para la designación de los magistrados que asuman la dirección de los despachos de los nuevos órganos jurisdiccionales del Nuevo Código Procesal Penal, se tiene en cuenta los criterios establecidos en el Informe Nº 40-2018-NOR-ST-ETI-CPP/PJ, del 28 de mayo de 2018, en donde se recomienda que los nuevos órganos jurisdiccionales del NCPP sean conducidos por magistrados titulares del distrito judicial, en forma temporal hasta que el órgano competente efectúe convocatorias para cubrir las plazas de los órganos jurisdiccionales del NCPP. Séptimo.- Por otro lado, revisada la nómina de los Jueces Supernumerarios que serán designados, se determina que cumplen con los requisitos de ley para el nivel correspondiente, pues en su curriculum vitae se verifi có que registran estudios de maestría y/o doctorado, diplomados, cursos y/o eventos de capacitación de la especialidad, así como años de experiencia laboral en el Poder Judicial y/o en el Despacho Jurisdiccional, y no registran sanciones disciplinarias. Octavo.- La Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna con el objeto de brindar un e fi ciente servicio de administración de justicia en pro de los justiciables; y, en virtud de dicha atribución se encuentra facultado para designar, reasignar, rati fi car y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que estén en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Por lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE:Artículo Primero.- REASIGNAR a la señora magistrada María del Carmen Cornejo Lopera, Jueza Superior Titular de la Sala Penal de Apelaciones con sede en La Molina, como Jueza Superior Titular de la Sala Penal de Apelaciones Permanente de San Juan de Lurigancho, a partir del 01 de octubre de 2019. Artículo Segundo.- DESIGNAR al señor magistrado José Alfredo Gastelo Benavides, Juez Titular del Juzgado Penal de Santa Anita, como Juez Superior Provisional de