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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2019 (01/10/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 83

83 NORMAS LEGALES Martes 1 de octubre de 2019 El Peruano / Que, con el Decreto Supremo N° 004-2017-MINEDU, se aprobó el Reglamento de la Ley N° 29988, que en su Cuarta Disposición Complementaria Final dispone que el órgano de gobierno del Poder Judicial es el encargado de implementar el Registro de Personas condenadas con sentencia consentida o ejecutoriada o procesadas por delito de terrorismo, apología del terrorismo, delitos de violación de la libertad sexual o delitos de trá fi co ilícito de drogas. Que, de este modo, resulta necesario que el Poder Judicial registre en una base de datos la información de las personas que se encuentran procesadas por los delitos anteriormente referidos, lo que deberá ser realizado por cada órgano jurisdiccional con competencia en materia penal. Así, para tal fi nalidad, con la Resolución Administrativa N° 228-2018-P-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha creado el “Registro Nacional de Procesados” a cargo del Registro Nacional Judicial (RENAJU.), órgano desconcentrado adscrito a la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación del Poder Judicial. Que, mediante el O fi cio N° 01641-2019-GG-PJ, la Gerencia General del Poder Judicial ha comunicado lo siguiente: “(…) existiendo factibilidad técnico-informática para dar inicio al plan piloto, se ha considerado la implementación del Registro Nacional de Procesados en la Corte Superior de Justicia del Callao, desde el día 26 de septiembre del año en curso”. En mérito, a ello, solicita que se disponga el funcionamiento del Registro Nacional de Procesados desde el 26 de septiembre de 2019 y que se brinde las facilidades para la realización de coordinaciones que tengan como objeto la capacitación en el procedimiento y uso del aplicativo informático. Que, en atención a los considerados precedentes y en mérito a cumplir con la política institucional, conforme a las facultades de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao en la regularización de las actividades de las diferentes áreas funcionales administrativas, con la fi nalidad de garantizar una e fi ciente, e fi caz y oportuna administración de justicia, resulta procedente disponer el inicio del funcionamiento del “Registro Nacional de Procesados” desde el 26 de septiembre de 2019, así como el otorgamiento de facilidades al personal de la Gerencia General con fi nes de coordinación para el adecuado uso del aplicativo informático. En consecuencia, de conformidad con las atribuciones otorgadas a los Presidentes de Corte, en los numerales 3) y 9) del artículo 90 del Texto único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER la implementación del “Registro Nacional de Procesados” en la Corte Superior de Justicia del Callao a partir del 26 de septiembre de 2019. Artículo Segundo.- DISPONER que los órganos jurisdiccionales con competencia en materia penal, haciendo uso del Sistema Integrado Judicial (SIJ), registren la información de los procesados por los delitos de terrorismo, apología del terrorismo, delitos de violación de la libertad sexual y delitos de trá fi co ilícito de drogas. Artículo Tercero.- DISPONER que los jueces con competencia en materia penal, con fi nes de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley N° 29988, dispongan mediante resolución judicial correspondiente, la inscripción de los procesados por los delitos señalados en el artículo segundo de la presente resolución, de los expedientes en curso, debiendo los auxiliares jurisdiccionales utilizar como acto procesal del Sistema Integrado Judicial (SIJ) - “Resolución que dispone el Registro del Procesado”, autorizándose a que esta sea suscrita únicamente por el auxiliar jurisdiccional. Artículo Cuarto.- DISPONER que los órganos jurisdiccionales sin acceso al Sistema Integrado Judicial - SIJ, remitan, para su procesamiento en el Registro Distrital Judicial, las resoluciones que generen la inscripción o cancelación, respecto a los procesados por los delitos referidos en la Ley N° 29988. Artículo Quinto.- DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital, coordine con la Gerencia de Informática y la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación de la Gerencia General, para la inducción, seguimiento y monitoreo que corresponda a la implementación, por lo que deberá brindar las facilidades para dicho fi n. Artículo Sexto.- PÓNGASE la presente resolución en conocimiento de la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Callao, Gerencia de Administración Distrital, Jefaturas de Unidad de esta Corte Superior, Coordinación de Imagen Institucional y de los magistrados de la especialidad penal y personal jurisdiccional de los órganos jurisdiccionales penales de este distrito judicial, para su conocimiento, cumplimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ROSA RUTH BENAVIDES VARGAS Presidenta 1812371-1 ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Autorizan la incorporación de mayores fondos públicos al Presupuesto Institucional de la Contraloría General para el Año Fiscal 2019 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 293-2019-CG Lima, 27 de setiembre de 2019VISTOS: El Memorando Nº 000414-2019-CG/GMPL, de la Gerencia de Modernización y Planeamiento; la Hoja Informativa N° 000452-2019-CG/PRESU, de la Subgerencia de Presupuesto; y, la Hoja Informativa Nº 000439-2019-CG/GJN, de la Gerencia Jurídico Normativa de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Contraloría N° 542- 2018-CG, de fecha 28 de diciembre de 2018, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2019 del Pliego 019: Contraloría General, ascendente a Quinientos ochenta y tres millones setecientos noventa y cuatro mil setecientos noventa y uno y 00/100 soles (S/ 583 794 791,00); Que, a través de la Hoja Informativa Nº 000452-2019- CG/PRESU, la Subgerencia de Presupuesto sustenta la incorporación de mayores recursos presupuestales en el Presupuesto Institucional del Pliego 019: Contraloría General, para el Año Fiscal 2019, proveniente de los recursos transferidos en la fuente de fi nanciamiento de Donaciones y Transferencias, por la suma de Quinientos diecinueve mil doscientos diecisiete y 00/100 soles (S/ 519 217,00), para la contratación de las Sociedades de Auditoría, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; Que, el numeral 50.1 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las incorporaciones de mayores ingresos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad, cuando provienen de Fuentes de Financiamiento distintas a las de Recursos Ordinarios y recursos por