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10 NORMAS LEGALES Sábado 29 de agosto de 2020 / El Peruano Artículo 6.- ENCARGAR a la Unida de Administración la publicación de la presente Resolución en el diario o ficial “El Peruano” y, en coordinación con la con la Unidad de Comunicación e Imagen, en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO (https://contigo.gob.pe/). Regístrese y comuníquese.BERNARDETTE ISABEL COTRINA URTEAGA Directora EjecutivaPrograma Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza- CONTIGO 1880746-1 Designan Coordinador de Gestión de Servicios Estándar de la Unidad Operativa de Atención Integral del Programa Nacional Cuna Más RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 440-2020-MIDIS/PNCM Lima, 27 de agosto de 2020VISTO:El Memorándum Nº 970-2020-MIDIS/PNCM/ UGTH de fecha 27 de agosto de 2020, emitido por la Unidad de Gestión del Talento Humano; y el Informe Nº 747-2020-MIDIS/PNCM/UAJ de fecha 27 de agosto de 2020, emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 421-2020-MIDIS/PNCM de fecha 11 de agosto de 2020, se designó temporalmente al señor Cristian Núñez Gálvez a partir del 12 de agosto de 2020, como Coordinador de Gestión de Servicios Estándar de la Unidad Operativa de Atención Integral, en adición a sus funciones; Que, mediante Memorándum Nº 970-2020-MIDIS/ PNCM/UGTH fecha 27 de agosto de 2020, la Unidad de Gestión del Talento Humano comunica la propuesta de designación en el cargo de Coordinador de Gestión de Servicios Estándar de la Unidad Operativa de Atención Integral, al señor Erick De La Torre Bejarano, precisando que se ha procedido a veri fi car el cumplimiento de los requisitos mínimos requeridos para el cargo en mención, conforme al Manual de Per fi les de Puestos del Programa Nacional Cuna Más, aprobado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 386-2020-MIDIS/PNCM, los cuales se encuentran conformes; Que, mediante Informe Nº 747 -2020-MIDIS/PNCM/ UAJ fecha 27 de agosto de 2020, la Unidad de Asesoría Jurídica considera que resulta jurídicamente viable la referida designación; Con el visado de conformidad, de acuerdo a sus competencias, de la Unidad de Gestión del Talento Humano; y, de la Unidad de Asesoría Jurídica; De conformidad, con lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 274-2017-MIDIS, que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional Cuna Más; el Manual de Per fi les de Puestos del Programa Nacional Cuna Más, aprobado por Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 386-2020-MIDIS/PNCM y el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP del Programa, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 11-2018-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1. DEJAR SIN EFECTO a partir del 31 de agosto de 2020, la designación temporal del señor CRISTIAN NUÑEZ GALVEZ, en el cargo de Coordinador de Gestión de Servicios Estándar de la Unidad Operativa de Atención Integral, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2. DESIGNAR, a partir del 31 de agosto de 2020, al señor ERICK DE LA TORRE BEJARANO, en el cargo de Coordinador de Gestión de Servicios Estándar de la Unidad Operativa de Atención Integral del Programa Nacional Cuna Más. Artículo 3. NOTIFICAR la presente resolución a los citados servidores y a la Unidad de Gestión del Talento Humano. Artículo 4. DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Programa Nacional Cuna Más (www.cunamas.gob.pe). Regístrese, notifíquese y publíquese.FANNY ESTHER MONTELLANOS CARBAJAL Directora EjecutivaPrograma Nacional Cuna Más 1880762-1 EDUCACION Conforman la Comisión Técnica encargada de la elaboración del Plan de Emergencia orientado a alcanzar las condiciones básicas de calidad por parte de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo; así como, del seguimiento, supervisión, emisión de propuestas e informes RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 343-2020-MINEDU Lima, 28 de agosto de 2020VISTO, el Expediente Nº 99968-2020, los informes contenidos en el referido expediente y el Informe Nº 00923-2020-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo establecido en los artículos 1 y 3 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, el Ministerio de Educación es el ente rector de la política de aseguramiento de la calidad de la educación superior universitaria; además se indica que la universidad es una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, cientí fi ca y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Adopta el concepto de educación como derecho fundamental y servicio público esencial. Está integrada por docentes, estudiantes y graduados; Que, el Decreto Supremo Nº 016-2019-MINEDU, Decreto Supremo para la aprobación e implementación de un Plan de Emergencia para el cumplimiento de las condiciones básicas de calidad por parte de las universidades públicas con licencia institucional denegada, tiene como fi nalidad que las universidades públicas con licencia institucional denegada, ejecuten un Plan de Emergencia orientado a alcanzar las condiciones básicas de calidad durante el plazo máximo de cese establecido en el “Reglamento del Proceso de Cese de Actividades de Universidades y Escuelas de Posgrado”, aprobado mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 111-2018-SUNEDU/CD y, antes del cese de fi nitivo, soliciten la licencia institucional en un nuevo procedimiento de acuerdo al marco legal; Que, el numeral 4.1 del artículo 4 del referido Decreto Supremo señala que la Comisión Técnica es un órgano colegiado sin personería jurídica, conformado por representantes del Ministerio de Educación y de la universidad pública con licencia denegada, que cumplirá