TEXTO PAGINA: 14
14 NORMAS LEGALES Sábado 29 de agosto de 2020 / El Peruano descritos por la Unidad de Monitoreo, previa veri fi cación presupuestal según lo indicado Unidad de Plani fi cación y Evaluación de la Gestión, se ajusta al marco legal aplicable; De conformidad con lo dispuesto en Decreto de Urgencia Nº 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; Decreto Legislativo Nº 1440 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, en uso de las facultades conferidas mediante las Resoluciones Ministeriales Nº 317-2014-PRODUCE, Nº 178-2019-PRODUCE y Nº 024-2020-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Otorgamiento de Subvenciones Aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, con cargo al Presupuesto Institucional 2020 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, hasta por la suma de S/ 1,841,886.34 (un millón ochocientos cuarenta y un mil ochocientos ochenta y seis con 34/100 soles) que corresponde a las fuentes de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios, 3. Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, 4. Donaciones y Transferencias y 5. Recursos Determinados, por los montos ascendentes a S/ 904,280.33 (novecientos cuatro mil doscientos ochenta con 33/100 soles), S/ 469,028.60 (cuatrocientos sesenta y nueve mil veintiocho con 60/100 soles), S/ 251,460.00 (doscientos cincuenta y un mil cuatrocientos sesenta con 00/100 soles) y S/ 217,117.41 (doscientos diecisiete mil ciento diecisiete con 41/100 soles), respectivamente; destinados a co fi nanciar los desembolsos a los instrumentos indicados en la parte considerativa, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”, Fondo MIPYME y del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM. Artículo 2.- Acciones Administrativas La Unidad de Administración y la Unidad de Plani fi cación y Evaluación de la Gestión, deberán efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, así como en la Resolución Ministerial Nº 024-2020-PRODUCE. Artículo 3.- Publicación Disponer que el Anexo Único a que se re fi ere el artículo 1º de la presente Resolución se publique en el Portal Institucional del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad (www.innovateperu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSMARY M. CORNEJO VALDIVIA Coordinadora EjecutivaPrograma Nacional de Innovación parala Competitividad y Productividad 1880756-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban el “Listado de Actividades para la gestión, administración, operación, mantenimiento, seguimiento y monitoreo de la infraestructura de las sedes de los XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0519-2020-MTC/01 Lima, 28 de agosto de 2020VISTOS: Los O fi cios N° 183-2020-MTC/34 y N° 193-2020-MTC/34 de la Dirección Ejecutiva del “Proyecto Especial Legado Juegos Panamericanos y Parapanamericanos”; y, el Memorándum N° 1240-2020-MTC/09 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y. CONSIDERANDO:Que, con fecha 11 de octubre de 2013, se suscribe el Acuerdo de Responsabilidades y Obligaciones para la Organización de los XVIII Juegos Panamericanos–Lima 2019, entre la Organización Deportiva Panamericana–ODEPA y el Comité Olímpico Peruano–COP, con la intervención de la Municipalidad Metropolitana de Lima–MML y el Gobierno Peruano, a través del Instituto Peruano del Deporte – IPD; Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2015-MINEDU, y modi fi catorias, se crea el Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, con el objeto de programar y ejecutar las acciones necesarias para el desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos del 2019; Que, con el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1335, Decreto Legislativo que modi fi ca la entidad a cargo del desarrollo de la infraestructura, equipamiento y las operaciones para los “XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos – Lima 2019”, se dispone la transferencia al Ministerio de Transportes y Comunicaciones del Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 y Sextos Juegos Parapanamericanos (Proyecto Especial), para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019, garantizando el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado Peruano; Que, mediante la Quincuagésima Primera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se dispone que, en el Presupuesto del Sector Pú blico para el Añ o Fiscal 2020, se han asignado hasta la suma de S/ 54 000 000,00 (CINCUENTA Y CUATRO MILLONES Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos a los que se re fi ere el artí culo 53 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Pú blico, para fi nanciar la gestió n, administració n, operació n, mantenimiento, seguimiento y monitoreo de la infraestructura de las sedes donde se desarrollaron los XVIII Juegos Panamericanos y VI Juegos Parapanamericanos del 2019; Que, adicionalmente, la citada Quincuagésima Primera Disposición Complementaria Final establece que para el fi nanciamiento de las acciones referidas en el pá rrafo precedente, el Sector competente debe aprobar mediante resolució n de su titular las disposiciones que detallen las actividades para una adecuada gestió n, administració n, operació n, mantenimiento, seguimiento y monitoreo de cada una de las sedes donde se desarrollaron los XVIII Juegos Panamericanos y VI Juegos Parapanamericanos del 2019; Que, habiéndose cumplido con desarrollar los citados Juegos y con la fi nalidad de asegurar que su Legado sea gestionado de manera e fi ciente e integral, considerando la complejidad operacional de la infraestructura y equipamiento construido y adquirido por el mencionado Proyecto Especial, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 004-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas para la gestión, mantenimiento, operación, disposición, monitoreo y sostenibilidad del legado de los XVIII Juegos Panamericanos del 2019 y Sextos Juegos Parapanamericanos del 2019, se faculta al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a conducir las actividades de Legado de los XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos Lima 2019, así como la gestión, mantenimiento, operación, disposición y sostenibilidad de los bienes muebles e inmuebles construidos, intervenidos y/o adquiridos para dichos Juegos, hasta por un periodo de dos (02) años; pudiendo renovar dicho plazo mediante Decreto Supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;