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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (03/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Jueves 3 de diciembre de 2020 / El Peruano siguiente: “a. (…) difundir el patrimonio bibliográ fi co, (…), así como lo más representativo de la cultura universal que se encuentre en cualquier lugar del territorio nacional”; así como, “(…) b. Crear y promover la multiplicación de espacios físicos (…) donde las personas puedan acceder a recursos relevantes y pertinentes de información y conocimiento para su desarrollo personal durante toda la vida y el de su comunidad”; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA se declaró la Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictaron medidas de prevención y control del Covid-19, siendo prorrogado por diversas normas; Que, el Decreto Supremo N° 184-2020-PCM declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de treinta y un (31) días calendario; y, establece medidas por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia del Covid-19; Que, a través de la Resolución de Gerencia General N° 037-2020-BNP-GG, se o fi cializó la actualización del “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID-19 en el Trabajo de la Biblioteca Nacional del Perú”, aprobado por el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Biblioteca Nacional del Perú; Que, los artículos 30 y 31 del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2018-MC establecen que la Gran Biblioteca Pública de Lima es un órgano desconcentrado de la Biblioteca Nacional del Perú que depende jerárquicamente de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información; y, está “(…) encargada de la prestación de servicios bibliotecarios que faciliten el acceso al material bibliográ fi co documental bajo su administración como garantía de derecho de todos los ciudadanos a la información y el conocimiento”; Que, mediante Resolución Jefatural N° 000156- 2020-BNP, se aprobó el Reglamento de los Servicios Bibliotecarios de la Gran Biblioteca Pública de Lima y Estaciones de Bibliotecas Públicas, estableciéndose como uno de los servicios de la Gran Biblioteca Pública de Lima, las salas de estudio y de mediateca; Que, mediante Informe Técnico N° 000018-2020-BNP- J-DAPI-GBPL, la Gran Biblioteca Pública de Lima presentó el Protocolo “Servicio de atención en las salas de estudio y mediateca de la Gran Biblioteca Pública de Lima”, señalando que su implementación contribuye al “(…) cumplimiento de los objetivos estratégicos de la Entidad”; Que, a través del Memorando N° 000641-2020-BNP- J-DAPI, la Dirección del Acceso y Promoción de la Información manifestó su conformidad con lo señalado por la Gran Biblioteca Pública de Lima; y, solicitó la aprobación del mencionado Protocolo; Que, por medio de los documentos de los vistos, la Ofi cina de Administración y sus Equipos de Trabajo de Recursos Humanos y de Operaciones y Mantenimiento; así como, la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística y su Equipo de Trabajo de Desarrollo de Sistemas de Información; y, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y su Equipo de Trabajo de Modernización, emitieron opinión favorable sobre el Protocolo presentado; Que, mediante Informe Legal N° 000349-2020-BNP- GG-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica emitió opinión en el marco de sus competencias; Con el visado de la Gerencia General, de la Gran Biblioteca Pública de Lima, de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información, de la O fi cina de Administración, de la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, del Equipo de Trabajo de Operaciones y Mantenimiento de la O fi cina de Administración, del Equipo de Trabajo de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración, del Equipo de Trabajo de Desarrollo de Sistemas de Información de la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Estadística; y, del Equipo de Trabajo de Modernización de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con la Ley N° 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú, el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2018-MC; y, demás normas pertinentes; SE RESUELVE: Artículo 1.- APROBAR el Protocolo “Servicio de atención en las salas de estudio y mediateca de la Gran Biblioteca Pública de Lima”, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística la publicación de la presente Resolución en el portal web institucional (www.bnp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.EZIO NEYRA MAGAGNA Jefe Institucional 1908615-1 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Designan Secretario General del Seguro Integral de Salud RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 157-2020/SIS Lima, 2 de diciembre de 2020VISTOS: El Informe N° 325-2020-SIS/OGAR-OGRH con Proveído N° 455-2020-SIS/OGAR de la O fi cina General de Administración de Recursos, el Informe N° 027-2020-SIS/OGAJ-DE-EYAZ con Proveído N° 428-2020-SIS/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Jefatural N° 053-2020/SIS se designó bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057 a la Contadora Pública Colegiada Carmen Elena Solar Fulchi en el cargo de con fi anza de Secretaria General del Seguro Integral de Salud–SIS; Que, a través de la Carta de fecha 1 de diciembre de 2020, la señora Carmen Elena Solar Fulchi presenta su renuncia al cargo de Secretaria General del SIS, la misma que es aceptada con Memorando N° 089-2020-SIS/J por la Jefa del SIS, proponiendo se designe al Abogado Rodolfo Reátegui Dávila en el cargo de con fi anza de Secretario General; Que, atendido a lo expuesto, la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos con Informe N° 325-2020-SIS/OGAR-OGRH, el mismo que es acogido por la O fi cina General de Administración de Recursos con Proveído N° 455-2020-SIS/OGAR, concluye que “(…) resulta viable aceptar la renuncia formulada por la CPC. Carmen Elena Solar Fulchi en el cargo de con fi anza de Secretaria General del Seguro Integral de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados”; asimismo señala que “(…) resulta viable designar bajo el Régimen Laboral Espacial del Decreto Legislativo N° 1057, al Abogado Rodolfo Reategui Dávila en el cargo de con fi anza de Secretario General del Seguro Integral de Salud”; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica con Informe N° 027-2020-SIS/OGAJ-DE-EYAZ con Proveído N° 428-2020-SIS/OGAJ señala que, en atención a la propuesta formulada, lo solicitado se encuentra dentro del marco normativo aplicable, por lo que corresponde emitir el acto administro pertinente, garantizando así la continuidad de la gestión administrativa; Con los vistos del Director General de la O fi cina General de Administración de Recursos, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica de la Secretaria General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos,