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34 NORMAS LEGALES Jueves 3 de diciembre de 2020 / El Peruano Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, requiriéndoles la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: AUTOPISTA DEL SOL (TRUJILLO - CHICLAYO - PIURA - SULLANA). NºSUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETOS PASIVOS IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLEValor de la tasación (S/) 1Ministerio de Transportes y Comunicaciones – PROVIAS NACIONALSALDAÑA IDROGO ELENASALDAÑA IDROGO VIOLETASALDAÑA IDROGO ELSA ELIZABETSALDAÑA IDROGO ROMANSALDAÑA IDROGO SAMUELSALDAÑA IDROGO OSWALDOIDROGO RAMÍREZ VDA. DE SALDAÑA JULIASALDAÑA SOSA JEYNNERSALDAÑA SOSA JOSÉ DAVIDSALDAÑA SOSA CLARA ESTRELLA NATANIELSALDAÑA SOSA MARICIELO FLORPAS-EV08-CHAIV-020Área total afectada: 374.17 m2AFECTACIÓN: PARCIAL DEL INMUEBLE 105 523,42Linderos y medidas perimétricas del área afectada: - Por el Norte: Con camino carrozable. / Longitud 7.49 m. - Por el Sur: Con camino carrozable / Longitud con 6.49 m.- Por el Este: Con Vía Evitamiento Chiclayo / Longitud con 54.96 m. - Por el Oeste: Con área remanente del mismo predio inscrito en la P.E. N° 11142624, / Longitud con 57.27 m.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE Vértice LadoDistancia (ml)WGS 84 Este(X) Norte(Y) P1 P1 - P2 3.57 625670.9493 9248645.2362 P2 P2 - P3 3.92 625667.4493 9248644.5562 P3 P3 - P4 57.27 625663.5599 9248644.0943 P4 P4 – P5 6.49 625693.7062 9248595.4021 P5 P5 – P6 37.66 625699.5193 9248598.2862 P6 P6 – P1 17.3 625679.9393 9248630.4562 Partida Electrónica: 11142624 de la O fi cina Registral de Chiclayo, Zona Registral N° II- Sede Chiclayo. Certifi cado de Búsqueda Catastral: Emitido con fecha 07.05.2018 (Informe Técnico N° 4292-2018-ZR-N.II/OC-OR-CHICLAYO-R), por la O fi cina Registral de Chiclayo de la Zona Registral N° II, Sede Chiclayo. 1908646-1 Disponen ampliar plazo para la recepción de sugerencias y comentarios al Documento de Trabajo denominado “Propuesta de asignación de bandas de frecuencia 3.5 GHz, y 26 GHz e Identificación de la banda de frecuencia de 6 GHz para el desarrollo de servicios y tecnologías digitales 5G y más allá” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0903-2020-MTC/01.03 Lima, 2 de diciembre de 2020 VISTO: El Informe N° 1022-2020-MTC/26 de la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0796- 2020-MTC/01.03 publicada el 03 de noviembre de 2020 en el Diario O fi cial El Peruano, se dispuso la publicación en el portal institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Documento de Trabajo denominado “Propuesta de asignación de bandas de frecuencia 3.5 GHz, y 26 GHz e Identi fi cación de la banda de frecuencia de 6 GHz para el desarrollo de servicios y tecnologías digitales 5G y más allá”, el cual desarrolla la atribución, canalización y grado de asignación actual de las bandas de espectro radioeléctrico para servicios públicos en las bandas de 26 GHz y 3.5 GHz; la propuesta de atribución que implica la modi fi cación del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias para el caso de la banda 26 GHz; así como, la identi fi cación de bandas de uso privado por industrias verticales y nuevas bandas no licenciadas para los usuarios para los próximos cinco (05) años; Que, en el artículo 1 de la mencionada resolución ministerial se estableció un plazo de treinta (30) días calendario contados desde el día siguiente de su publicación para recibir sugerencias y comentarios de los interesados sobre el referido Documento de Trabajo, por lo que dicho plazo vencerá el 03 diciembre de 2020; Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones ha recibido diversas solicitudes por parte de la empresa Entel Perú S.A., la Cámara de Comercio Americana del Perú – AMCHAM, la GSMA Latin America y la sección de Ingeniería de Telecomunicaciones del Departamento de Ingeniería de la Ponti fi cia Universidad Católica del Perú sobre ampliación del plazo previsto en la Resolución Ministerial N° 0796-2020-MTC/01.03, a efectos de presentar comentarios y sugerencias sobre el Documento de Trabajo debido a su gran relevancia para el desarrollo de las comunicaciones futuras en el país; Que, cabe señalar que de acuerdo al artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, las personas tienen derecho a vigilar y participar en la gestión del Poder Ejecutivo, conforme a los procedimientos establecidos por la ley, para lo cual las entidades del Poder Ejecutivo actúan de manera que las personas tengan acceso a información, conforme a ley; Que, de acuerdo al Principio de Participación contemplado en el numeral 1.12 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, las entidades deben brindar las condiciones necesarias a todos los administrados para acceder a la información que