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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (31/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 300

TEXTO PAGINA: 97

97 NORMAS LEGALES Jueves 31 de diciembre de 2020 El Peruano / VISTOS, el Informe N° D000176-2020-MIMP-OP complementado con el correo institucional de fecha 29 de diciembre de 2020 de la O fi cina de Planeamiento y la Nota N° D000331-2020-MIMP-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modi fi catoria, señala que una de las funciones de los Ministros de Estado es el dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; Que, con Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico – SINAPLAN y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, entre otros, señala que el Presupuesto del Sector Público tiene como fi nalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fi scal conforme a la normatividad vigente, y se articula con los instrumentos del SINAPLAN; Que, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD y modi fi catorias, se aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional, la cual tiene como objeto establecer pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI), en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua; Que, mediante Resolución Ministerial N° 029- 2019-MIMP se conforma la Comisión de Planeamiento Estratégico del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, de carácter permanente, la cual tiene como función, entre otras, validar el documento del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI), según lo establecido en el numeral 4.2 de la Guía para el Planeamiento Institucional; Que, el Anexo B-4 del aplicativo CEPLAN V.01 reporta el Plan Operativo Institucional Multianual 2021 – 2023 aprobado del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el cual fue validado por la Comisión de Planeamiento Estratégico del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, mediante Acta N° 006-2020 de fecha 30 de julio de 2020; Que, el numeral 6.2 de la Guía para el Planeamiento Institucional, señala, entre otros aspectos, que la entidad con base en el POI Multianual toma la programación del primer año para realizar el proceso de ajuste de acuerdo con la priorización establecida y la asignación del presupuesto total de la entidad. Para ello, una vez aprobado el Presupuesto Institucional de Apertura, la entidad revisa que los recursos totales estimados en la programación del primer año del POI Multianual tengan consistencia con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) y de no ser consistente, la entidad ajusta la programación para fi nalmente obtener el POI Anual; Que, mediante Resolución Ministerial N° 326-2020-MIMP se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2021 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP; Que, con Acta N° 007-2020 del 29 de diciembre de 2020, la Comisión de Planeamiento Estratégico del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, constituida con Resolución Ministerial N° 029-2019-MIMP, valida la consistencia del Plan Operativo Institucional 2021 con el Presupuesto Institucional de Apertura 2021 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, el literal a) del artículo 29 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modi fi catorias, señala que es función de la O fi cina de Planeamiento de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto dirigir, establecer, supervisar y consolidar el proceso técnico de formulación de los planes estratégicos y operativos, así como coordinar la formulación de los planes nacionales y sectoriales y proyectos del Sector; Que, mediante Nota N° D000331-2020-MIMP- OGPP del 29 de diciembre de 2020, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite a la Secretaría General el Informe N° D000176-2020-MIMP-OP complementado con el correo institucional de fecha 29 de diciembre de 2020 de la O fi cina de Planeamiento, a través del cual se emite opinión favorable para la aprobación del Plan Operativo Institucional 2021 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura 2021 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modi fi catoria; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modi fi catoria; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modi fi catorias; y la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) 2021 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2021 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- El cumplimiento de la programación de las actividades operativas consideradas en el Plan Operativo Institucional (POI) 2021 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2021 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado con el artículo 1 de la presente resolución, es de responsabilidad de los órganos, unidades orgánicas y programas del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Artículo 3.- Encargar a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de su O fi cina de Planeamiento, efectuar el seguimiento y evaluación del Plan Operativo Institucional (POI) 2021 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2021 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por la presente Resolución. Artículo 4.- Establecer que el Plan Operativo Institucional (POI) 2021 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2021 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, materia de la presente Resolución podrá ser modi fi cado y/o reformulado, durante el proceso de su ejecución, a propuesta de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto. Artículo 5.- Disponer que la presente Resolución y su Anexo sean publicados en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), el mismo día de la publicación de la Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SILVIA LOLI ESPINOZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1916385-3