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96 NORMAS LEGALES Jueves 31 de diciembre de 2020 / El Peruano y N° D000210-2020-MIMP-DPPDM de la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos de las Mujeres, la Nota N° D000549-MIMP-DGIGND y el Memorándum N° D000266-2020-MIMP-DGIGND de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo N° 1098 se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, estableciendo su naturaleza jurídica como organismo del Poder Ejecutivo rector en las políticas nacionales y sectoriales sobre mujer y promoción y protección de las poblaciones vulnerables, con personería jurídica de derecho público que constituye un pliego presupuestal, encargado, entre otros, de establecer, promover, ejecutar y supervisar políticas públicas a favor de las mujeres; Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2003-MIMDES, se crea la Condecoración “Orden al Mérito de la Mujer”, disponiéndose que la misma sea entregada por el entonces Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, hoy Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, como símbolo del reconocimiento a aquellas mujeres que destaquen socialmente en su compromiso con la defensa y promoción de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres a nivel nacional; Que, mediante Resolución Ministerial N° 498-2009-MIMDES, se aprueba el Reglamento para el otorgamiento de condecoraciones en el Sector Mujer y Desarrollo Social, hoy Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables; en el cual se establece la conformación del Consejo Especial de la Condecoración, teniendo entre sus funciones el aprobar las Bases de la Condecoración, así como evaluar y acordar el otorgamiento de las distinciones propuestas; Que, las Bases de la XVII Condecoración “Orden al Mérito de la Mujer” 2020, aprobadas por el Consejo Especial de la Condecoración, establecen, entre otros, cinco (5) categorías de condecoración; Que, en sesión del Consejo Especial de la Condecoración, realizada el 22 de diciembre de 2020, se acuerda otorgar la XVII Condecoración “Orden al Mérito de la Mujer” 2020, a las mujeres ganadoras en las cinco (5) categorías establecidas en las Bases; Que, en mérito a la Segunda Disposición Complementaria Final del mencionado Reglamento, la Titular del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, puede otorgar condecoración excepcional, previa conformidad del Despacho Viceministerial del Sector, siendo que, en el presente caso, se cuenta con la conformidad del Viceministerio de la Mujer; Que, en dicho marco normativo, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables reconoce que es labor del Estado y de la Sociedad en su conjunto, contribuir con el desarrollo integral de todas las personas, realizando, para el logro de tal fi n, entre otras, acciones a fi rmativas orientadas a reconocer a las mujeres que destacaron en sus instituciones por su compromiso profesional, así como por su labor social realizada en la primera línea de acción frente a la emergencia sanitaria y medidas de aislamiento y distanciamiento social producto de la pandemia del Covid-19; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, de la Secretaría General, de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N° 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modi fi catorias, y el Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modi fi catorias, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y la Resolución Ministerial N° 498-2009-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgar la XVII Condecoración “Orden al Mérito de la Mujer” 2020, a las personas que a continuación se señalan:1. ROSSANNA EMILIA VALENTINA AYASTA VALLEJO, en mérito a la actividad destacada en el desempeño de su profesión en el área de la salud en la emergencia sanitaria. 2. FRECIA MARIA MAGUIÑA GUZMAN, en mérito a la actividad destacada en el desempeño de su profesión en el área de la salud en la emergencia sanitaria. 3. FANY RODRIGUEZ CORDOVA, en mérito a la actividad destacada en el desempeño de su profesión en el área de la salud en la emergencia sanitaria. 4. NIEVES ANGELICA DE LA CRUZ SOTO, en mérito a la actividad destacada en las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú. 5. NORA MARCELA BENAVIDES LUNA, en mérito a la actividad destacada en las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú. 6. VANESSA JENNY VASQUEZ RAMOS, en mérito a la actividad destacada en el desempeño de su labor social en la emergencia sanitaria. 7. CONSUELO DEL CARMEN RUIZ GONZALES DE CALLIRGOS, en mérito a la actividad destacada en el desempeño de su labor dentro del cuerpo general de Bomberos Voluntarios del Perú, en la emergencia sanitaria. 8. ERIKA DEISI VILLANUEVA RONDON, en mérito a la actividad destacada en el desempeño de su labor como docente de educación básica regular en la emergencia sanitaria. 9. TANITH LESLE PEÑA ARAUJO, en mérito a la actividad destacada en el desempeño de su labor como docente de educación básica regular en la emergencia sanitaria. 10. SANDIBEL ESMERALDA HURTADO VARGAS, en mérito a la actividad destacada en el desempeño de su labor como docente de educación básica regular en la emergencia sanitaria. Artículo 2.- Otorgar la XVII Condecoración Excepcional “Orden al Mérito de la Mujer” 2020, a las personas que a continuación se detallan: 1. KARINA CECILIA GARAY TAPIA, en mérito a en mérito a su destacada labor profesional en la defensa de las mujeres víctimas de trata de personas y los derechos ambientales. 2. ELVIA BARRIOS ALVARADO, en mérito a su destacada trayectoria para incorporar la igualdad de género en el Poder Judicial. 3. JOSEFA RAMIREZ PEÑA PEÑA, reconocimiento póstumo, en mérito a la promoción de los derechos de las mujeres. 4. CARLA SOFIA FERMIN JIMENEZ, en mérito en mérito a su desempeño nacional e internacional en las ciencias matemáticas motivando a mujeres jóvenes en esta área. Artículo 3.- Disponer que la presente Resolución sea publicada en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SILVIA LOLI ESPINOZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1916385-2 Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) 2021 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2021 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 335-2020-MIMP Lima, 30 de diciembre de 2020