Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2020 (09/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Jueves 9 de enero de 2020

NORMAS LEGALES

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de Apoyo Gerencial del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas. f) Constituir comisiones, grupos de trabajo y/o similares al interior del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en el ámbito de su competencia, así como disponer la modificación de la conformación de los mismos, de ser el caso. g) Suscribir, en representación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, convenios de gestión y de cooperación interinstitucional en materias de su competencia y sus respectivas adendas, en aquellos casos que no sean privativas a la función de Ministro (a) de Estado. h) Suscribir en representación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, la documentación que deba ser remitida a la Contraloría General de la República, en el marco de lo dispuesto en la Resolución de Contraloría Nº 469-2018-CG que aprobó la Directiva Nº 009-2018-CGNORM o la norma que la sustituya, incluyendo la suscripción de contratos con las sociedades de auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control. i) Designar a los fedatarios del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. j) Disponer la inclusión o supresión en planillas, del personal eclesiástico y civil al servicio de la Iglesia, de conformidad con lo dispuesto por el Acuerdo celebrado entre la Santa Sede y la República del Perú, aprobado por Decreto Ley Nº 23211. k) Autenticar las copias de las resoluciones del Ministerio Justicia y Derechos Humanos, y de ser el caso suscribir las transcripciones oficiales. 2.2 EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO a) Resolver los recursos de apelación interpuestos en procedimientos de selección cuyo valor estimado o referencial sea igual o menor a cincuenta (50) UIT. b) Autorizar la reducción de prestaciones y la ejecución de prestaciones adicionales de obras menores o iguales al quince por ciento (15%) del monto del contrato original, restándole los presupuestos deductivos vinculados, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. c) Evaluar la decisión de conciliar o de rechazar la propuesta de acuerdo conciliatorio, previo informe técnico de la Oficina de Abastecimiento y de la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos e informe legal de la Oficina General de Asesoría Jurídica, en aplicación de lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. d) Aprobar la designación del árbitro por parte de la Entidad, tanto en el arbitraje institucional como para el ad hoc, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. e) Evaluar la conveniencia o no de someter a arbitraje las decisiones de la Junta de Resolución de Disputas, previo informe técnico de la Oficina de Abastecimiento, de la Oficina de Gestión de Inversiones y de la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos e informe legal de la Oficina General de Asesoría Jurídica, en aplicación de lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. 2.3 EN MATERIA CONTABLE, PRESUPUESTAL Y DE INVERSIÓN PÚBLICA a) Emitir directivas internas para la racionalización del gasto y el manejo adecuado de los recursos asignados por toda fuente de financiamiento. b) Suscribir los Estados Financieros y Presupuestarios requeridos para la elaboración de la Cuenta General de la República y remitirla a la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas. c) Suscribir toda la documentación que la Directiva N° 002-2019-EF/51.01 "Lineamientos para la elaboración y presentación de la información financiera y presupuestaria mensual, trimestral y semestral de las entidades públicas y otras formas organizativas no financieras que administren recursos públicos", aprobada por Resolución Directoral N° 008-2019-EF/51.01, o norma que la modifique o sustituya,

haya reservado al Titular de la entidad, observando las formalidades previstas para su presentación y/o remisión según corresponda. d) Suscribir y remitir a la Contraloría General de la República y al Congreso de la República, la documentación relativa a las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional del presupuesto institucional que correspondan al Titular del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que no sean privativas a la función de Ministro (a) de Estado. e) Suscribir y remitir a las instancias pertinentes, la documentación relativa a la evaluación anual del presupuesto, así como los formatos de indicadores de desempeño que correspondan al Titular del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que no sean privativas a la función de Ministro (a) de Estado. f) Formalizar la aprobación de las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático de acuerdo con el artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado por Decreto Supremo N° 3042012-EF, sujetándose a las limitaciones establecidas en el artículo 48 del Decreto Legislativo N° 1440 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y a lo dispuesto en la Directiva N° 011-2019-EF/50.01, "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N° 036-2019-EF/50.01. g) Autorizar la elaboración de expedientes técnicos o documentos equivalentes de proyectos de inversión; así como, su ejecución cuando estos hayan sido declarados viables mediante fichas técnicas. h) Aprobar la distribución del monto de la Asignación Presupuestaria Multianual de las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. 2.4 EN MATERIA DE TESORERÍA a) Designar a los titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias. 2.5 EN MATERIA DE FIDEICOMISO a) Suscribir las adendas al Contrato de Fideicomiso de Retención y Reparación --FIRR, así como todos los documentos preparatorios necesarios para su formalización, incluyendo aquellos documentos preparatorios, de aclaración, perfeccionamiento o inscripción en el respectivo Registro Público, cuando corresponda. Asimismo, la suscripción de toda documentación y contrato conexo necesarios para cumplir los fines y objetivos del Contrato de Fideicomiso de Retención y Reparación -- FIRR suscrito con el Banco de la Nación. b) Suscribir el Contrato de Fideicomiso en Garantía que coadyuve al pago de la reparación civil -- FGCRC, incluyendo aquellos documentos preparatorios, de aclaración, de modificación, perfeccionamiento o inscripción en el respectivo Registro Público, cuando corresponda. Asimismo, la suscripción de toda documentación y contrato conexo necesarios para cumplir sus fines y objetivos. c) Suscribir el Contrato de Fideicomiso de Garantía -- FDG, incluyendo aquellos documentos preparatorios, de aclaración, de modificación, perfeccionamiento o inscripción en el respectivo Registro Público, cuando corresponda. Asimismo, la suscripción de toda documentación y contrato conexo necesarios para cumplir sus fines y objetivos. Artículo 3.- Delegar en el (la) Jefe (a) de la Oficina General de Administración del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, las siguientes facultades: 3.1 EN MATERIA ADMINISTRATIVA a) Representar al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, ante las diferentes entidades públicas para realizar cualquier tipo de acto y/o actividad que resulten necesarios para el mejor desarrollo de las funciones del Ministerio, entre las que se encuentran la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria ­

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