Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2020 (14/01/2020)


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NORMAS LEGALES

Martes 14 de enero de 2020 /

El Peruano

Implementación, Supervisión y Monitoreo de la Oralidad Civil en el Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JAVIER AREVALO VELA Juez Supremo Titular Integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial 1845067-4

6. En este contexto, en aplicación de los previsto en los incisos 3), 4) y 9) del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, debe aprobarse el proyecto denominado "Expedientes Incidentales (Cuadernos) Electrónicos de Apelaciones en materia Civil en la CSJ Lima Norte", su Directiva y el cronograma propuesto por la Comisión de Proyectos de Innovación CSJ ­ Lima Norte. RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR y AUTORIZAR la implementación y aplicación de la herramienta tecnológica denominada "Expedientes Incidentales (Cuadernos) Electrónicos de Apelaciones en materia Civil en la CSJ Lima Norte", elaborado por la Comisión de Proyectos de Innovación de la CSJ de Lima Norte, a partir del 10/01/2020, de acuerdo al cronograma de actividades que forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- APROBAR la Directiva Nº 001-2019-VPI-CSJLIMANORTE/PJ que regula el funcionamiento del "Expedientes Incidentales (Cuadernos) Electrónicos de Apelaciones en materia Civil en la CSJ Lima Norte", con vigencia a partir del 10/01/2020. Artículo Tercero.- PONER a conocimiento la presente resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a la Gerencia General del Poder Judicial, la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Gerencia de Administración Distrital de la CSJ de Lima Norte, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VICENTE AMADOR PINEDO COA Presidente 1844989-1

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Aprueban Directiva que regula el funcionamiento de "Expedientes Incidentales (Cuadernos) Electrónicos de Apelaciones en materia Civil en la CSJ Lima Norte"
PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000044-2020-P-CSJLIMANORTE-PJ Independencia, 9 de enero de 2020 VISTOS: El Plan de Gestión Institucional 2019 - 2020, Resolución Administrativa Nº 307-2019-CE-PJ del 31/07/2019, Oficio Nº 32-2019-USJ-GAD-CSJLIMANORTEPJ del 14/11/2019, Oficio Nº 5004-2019-OAL-PCSJLIMANORTE-PJ (4/12/2019), Informe Nº 00012020-USJ-GAD-CSJLIMANORTE (03/01/2020); y, CONSIDERANDO: 1. El VI Eje Estratégico del Plan de Gestión Institucional 2019 ­ 2020 del suscrito está dirigido a perfeccionar el sistema de la oralidad en todos los procesos, en tanto coadyuvan a su celeridad, hecho que redundará en el reconocimiento ciudadano a la labor de los jueces y trabajadores de la CSJ ­ Lima Norte. 2. En esa misma línea, mediante R.A. que precede, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial incorporó a distintas Cortes Superiores de Justicia, entre ellas, a la CSJ de Lima Norte, en el "Proyecto Piloto para la Modernización del Despacho Judicial en los Juzgados Civiles". 3. Al respecto, con Oficio Nº 32-2019, el Jefe de la Unidad de Servicios Judiciales, informa que la Comisión de Proyectos de Innovación de la CSJ Lima Norte, elaboró la herramienta electrónica denominada "Expedientes Incidentales (Cuadernos) Electrónicos de Apelación en Materia Civil en la CSJ Lima Norte y el Cronograma de Actividades y Planificación del despliegue del proyecto, solicitando la emisión del acto administrativo respectivo de aprobación y ejecución. 4. Mediante Oficio Nº 5004-2019, la Asesoría Legal de la Presidencia solicita al Jefe de la USJ un informe técnico precisando antecedentes y diferencias con otras propuestas aprobadas en otras Cortes Superiores de Justicia a fin de garantizar su originalidad. 5. Con Informe Nº 0001-2020 que precede, el Jefe de la USJ, aclara que el alcance del proyecto elevado difiere del proyecto desarrollado en la CSJ de Junín dado que su ámbito de aplicación será en todas las instancias en materia civil de la CSJ de Lima Norte, es decir, mediante este instrumento innovativo se implementará los cuadernos (incidentes) de apelaciones digitales desde los Juzgados de Paz Letrado hacia los Juzgados Especializados Civiles, y de estos hacia las Salas Superiores Civiles, dejando el uso de papel físico.

Ratifican conformación de diversas Salas Superiores de Justicia de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 1-2020-P-CSJV/PJ Ventanilla, dos de enero de dos mil veinte.VISTOS Y CONSIDERANDO: Primero: Constituye una atribución y además una obligación de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla designar a los Jueces Superiores que integran las Salas Especializadas al inicio de cada año judicial, según lo dispuesto en el artículo 90 numeral 7, y artículo 91 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Segundo: Dicho esto, para los efectos de la elaboración de la conformación señalada en el considerando precedente, se deberá tener en cuenta lo normado en los artículos III del Título Preliminar, 7 y 35, numerales 1 y 4, de la Ley Nº 29277, Ley de la Carrera Judicial, y el artículo primero de la Resolución Administrativa Nº 071-2010-CEPJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial con fecha veinticuatro de febrero del dos mil diez, publicada el veintiuno de marzo del mismo año. Tercero: Que, en este sentido, este órgano de gobierno tendrá en consideración el artículo 221 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Resolución Administrativa Nº 319-2019-CE-PJ, emitida por el citado Consejo Ejecutivo con fecha siete de agosto del dos mil diecinueve, que aprueba los Cuadros de Méritos y Antigüedad de los Jueces Superiores Titulares; así como, los criterios adoptados en la Resolución Administrativa Nº 1-2019-P-CSJV/PJ, de fecha dos de enero de dos mil diecinueve. Cuarto: En consecuencia, siendo prioridad de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia garantizar la independencia de los magistrados y respetar su permanencia en el servicio mientras demuestren

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