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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 2020 (27/01/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Lunes 27 de enero de 2020 El Peruano / Debe decir: “Anexo 3 Casos en los que se ha determinado el incumplimiento (Requerimiento de cumplimiento previo) “(...) Nº 3Expediente Nº 71154-2017/ TRASU/ST-RQJFecha de notifi cación de Resolución TRASUFecha de cumplimiento E.OPlazo transcurridoFecha Denuncia Nº 085-2018-DEN- SC Materia: Suspensión del servicio 07/02/2018 16/04/2018 67 días 05/03/2018 (...)” Artículo 3.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelación presentado por TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. contra la Resolución Nº 2; y en consecuencia, CONFIRMAR la sanción de multa de noventa y nueve con sesenta y uno (99,61) UIT, al haber incurrido en la infracción prevista en el artículo 13 del RFIS, dado que incumplió las resoluciones del TRASU emitidas en ciento sesenta y dos (162) expedientes; de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 4.- La presente resolución agota la vía administrativa, no procediendo ningún recurso en esta vía. Artículo 5.- Encargar a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para: i) noti fi car la presente Resolución a la empresa apelante, el Informe Nº 00009-GAL/2020; ii) Publicar la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano; ii) Publicar la presente resolución en la página web institucional del OSIPTEL: www.osiptel.gob.pe, las Resoluciones Nº 1 y Nº 2 y el Informe Nº 00009-GAL/2020, y; iv) Poner en conocimiento de la presente resolución a la Gerencia de Administración y Finanzas del OSIPTEL para los fi nes respectivos. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAFAEL EDUARDO MUENTE SCHWARZ Presidente del Consejo Directivo 1848481-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA Delegan facultades en el Secretario General del CONCYTEC, durante el Año Fiscal 2020 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 008-2020-CONCYTEC-P Lima, 24 de enero de 2020VISTOS: El Informe Nº 001-2020-CONCYTEC-OGA- OL de la O fi cina de Logística, el mismo que cuenta con la conformidad de la O fi cina General de Administración, a través del Memorando Nº 001-2020-CONCYTEC-OGA; el Informe Nº 154-2019-CONCYTEC-OGPP-OPP y Proveído Nº 352-2019-CONCYTEC-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y; el Informe Nº 008-2020-CONCYTEC-OGAJ-RRQ y el Proveído Nº 049-2020-CONCYTEC-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y;CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, es un organismo público técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía cientí fi ca, técnica, económica, administrativa y fi nanciera. Constituye un pliego presupuestal; conforme a lo establecido en la Ley Nº 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; en la Ley Nº 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC) y en la Ley Nº 30806, que modi fi ca diversos artículos de la Ley Nº 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; Que, mediante Informe Nº 008-2020-CONCYTEC- OGAJ-RRQ y el Proveído Nº 049-2020-CONCYTEC-OGAJ la O fi cina General de Asesoría Jurídica indica que el artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2014-PCM, señala que la Presidenta del CONCYTEC es su más alta autoridad, ejerce la representación legal de la institución y es titular del pliego presupuestal; asimismo, puede delegar las facultadas o atribuciones que no sean privativas de su cargo; Que, además mani fi esta que el numeral 7.2 del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que el Titular de una Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente el mencionado Decreto Legislativo, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, indica que de acuerdo al numeral 40.2 del artículo 40 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, vigente en virtud de la Novena Disposición Complementaria Final y la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1440, las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la O fi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad; pudiendo el Titular delegar dicha facultad mediante disposición expresa, que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, por su parte, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y sus modi fi catorias, señala los procedimiento que deben observar y seguir las entidades a efectos de tramitar los procesos de contrataciones; precisando en su artículo 8 que el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que le otorga la mencionada ley; Que, asimismo, la citada O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; Que, con Informe Nº 154-2019-CONCYTEC-OGPP- OPP y el Proveído Nº 352-2019-CONCYTEC-OGPP, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto solicita delegar en la Secretaria General las funciones atribuidas al Titular del Pliego, en materia presupuestaria, a fi n de garantizar una adecuada gestión en la administración de recursos presupuestarios asignados al Pliego 114 Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica para el Ejercicio Fiscal 2020; Que, mediante Memorando Nº 001-2020-CONCYTEC- OGA, la O fi cina General de Administración solicita la delegación de facultades y atribuciones para el Ejercicio Fiscal 2020, en materia de contrataciones públicas, para tal efecto remite el Informe Nº 001-2020-CONCYTEC-OGA-OL, elaborado por la O fi cina de Logística; Que, con Informe Nº 008-2020-CONCYTEC-OGAJ- RRQ y el Proveído Nº 049-2020-CONCYTEC-OGAJ la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable sobre la delegación de facultades en materia presupuestal y contrataciones con el Estado en concordancia con el marco normativo vigente, a fi n de asegurar la adecuada gestión administrativa de la entidad;