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25 NORMAS LEGALES Jueves 30 de enero de 2020 El Peruano / Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal asume la propuesta contenida en el Informe de Inspección N° 010-2019-DFA/DCS/DGDP/VMPCIC/MC y, en consecuencia, recomienda la determinación de la protección provisional del Sitio Arqueológico “Cementerio San Fernando”; Que, mediante Informe Nº 000018-2020-DGPA-LRS/ MC, de fecha 24 de enero de 2020, el área legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble recomienda emitir resolución directoral que determine la protección provisional del Sitio Arqueológico “Cementerio San Fernando”; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC, aprobada por Resolución Ministerial N° 077-2018-MC; la Resolución Viceministerial N° 001-2020-VMPCIC-MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional del Sitio Arqueológico “Cementerio San Fernando”, ubicado en el distrito de Paramonga, provincia de Barranca, departamento de Lima. De acuerdo al Plano Perimétrico con código PPROV- 003-MC_DGPA-DSFL-2020 WGS84, presenta las siguientes coordenadas: Datum: WGS84 Proyección: UTMZona UTM: 18 SurCoordenada UTM de referencia 196341E; 8823540N. Cuadro de Datos Técnicos SITIO ARQUEOLÓGICO “CEMENTERIO SAN FERNANDO” Vértice Lado Distancia Ángulo interno Este (X) Norte (Y) 1 1-2 151.21 89°9’4” 196398.0000 8823402.00002 2-3 307.67 199°11’51” 196301.0000 8823518.0000 3 3-4 49.74 151°4’24” 196037.0000 8823676.0000 4 4-5 39.36 122°36’37” 196012.0000 8823719.00005 5-6 141.36 142°19’51” 196030.0000 8823754.00006 6-7 56.85 205°35’45” 196158.0000 8823814.00007 7-8 250.14 113°45’11” 196194.0000 8823858.00008 8-9 313.23 116°1’16” 196435.0000 8823791.0000 9 9-1 124.08 120°16’0” 196492.0000 8823483.0000 TOTAL 1433.64 1259°59’59” Área: 117,458.00 m²; (11.7458 ha); Perímetro: 1,433.64 m. Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 010-2019-DFA/DCS/DGDP/VMPCIC/MC, así como en los Informes N° 000004-2020-DSFL-MMP/MC y N° 000047-2020-DSFL/MC, y en el Plano Perimétrico con código de plano PPROV-003-MC_DGPA-DSFL-2020 WGS84; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, la paralización de toda acción de excavación y remoción de terreno en su interior, el desmontaje de toda estructura u objeto que cause afectación al sitio arqueológico, como cernidores utilizados para la extracción de materiales (ripio, grava, arena, etc.), el anclaje de hitos en cada uno de los vértices del polígono arqueológico y la señalización que indique el carácter intangible del Sitio Arqueológico “Cementerio San Fernando”, conforme a lo detallado en el Informe de Inspección N° 010-2019-DFA/DCS/DGDP/VMPCIC/MC. Artículo Tercero.- COMUNICAR a la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural y a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, los alcances de la presente resolución, a fi n de que, en ejercicio de sus funciones y atribuciones, procedan a la ejecución de las medidas dispuestas en el Artículo Segundo, conjuntamente con las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional que resulten necesarias para la protección y conservación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Paramonga, a fi n que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 010-2019-DFA/DCS/DGDP/VMPCIC/MC, el Informe N° 000004-2020-DSFL-MMP/MC, el Informe N° 000047-2020-DSFL/MC, el Informe Nº 000018-2020-DGPA-LRS/MC, y el Plano Perimétrico con código de plano PPROV-003-MC_DGPA-DSFL-2020 WGS84, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS FELIPE MEJÍA HUAMÁN Director GeneralDirección General de PatrimonioArqueológico InmuebleDGPA 1849950-1 DEFENSA Autorizan viajes de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Argentina, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0077-2020 DE/MGP Lima, 21 de enero de 2020 Visto, el O fi cio Nº 6747/51 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 17 de diciembre del 2019; CONSIDERANDO: Que, con O fi cio V.100-0068 de fecha 3 de junio del 2019, el Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en la República Argentina, concurrente en la República Oriental del Uruguay ha informado al Secretario del Comandante General de la Marina, que ha recepcionado la Nota S/N del Jefe del Estado Mayor General de la Armada Argentina, de fecha 29 de mayo del 2019, mediante la cual cursa invitación al Comandante General de la Marina, para que un (1) representante de la Marina de Guerra del Perú, preferentemente del grado de Capitán de Corbeta, participe en el Curso de Comando y Estado Mayor - Escalafón Naval, a realizarse en la Escuela de Guerra Naval de la Armada Argentina, ubicada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 3 de febrero al 11 de diciembre del 2020; Que, por O fi cio Nº 1754/52 de fecha 25 de octubre del 2019, el Director General de Educación de la Marina