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32 NORMAS LEGALES Jueves 30 de enero de 2020 / El Peruano GASTO DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia 1 828 395,00 ------------------- TOTAL 13 096 604,00 =========== A LA En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 050 : Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el EstadoUNIDAD EJECUTORA 001 : Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado- SERNANPPROGRAMAPRESUPUESTAL 0057 : Conservación de la diversidad biológica y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales en área natural protegidaPRODUCTO 3000001 : Acciones ComunesACTIVIDAD 5000276 : Gestión de ProgramaFUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 2 722 256,00 GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1 340 400,00 ----------------- SUBTOTAL 4 062 656,00 -----------------PLIEGO 052 : Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones SosteniblesUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración - SENACEPROGRAMAPRESUPUESTAL 0144 : Conservación y uso sostenible de ecosistemas para la provisión de servicios ecosistémicosPRODUCTO 3000808 : Entidades supervisadas y fi scalizadas en el cumplimiento de los compromisos y la legislación ambientalACTIVIDAD 5005939 : Implementación y operación del sistema de certi fi cación ambiental para los instrumentos de evaluación de impacto ambientalFUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 884 628,00 GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 4 000,00 ------------------ SUBTOTAL 888 628,00 ------------------PLIEGO 003 : Ministerio de Cultura UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORIA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5001905 : Construcción de una ciudadanía intercultural FUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 2 274 800,00 ------------------ SUBTOTAL 2 274 800,00 ----------------- PLIEGO 165 : Servicio Nacional Forestal y de Fauna SilvestreUNIDAD EJECUTORA 001 : Servicio Nac. Forestal y de Fauna Silvestre-SERFOR - Sede CentralPROGRAMA PRESUPUESTAL 0130 : Competitividad y aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de la fauna silvestrePRODUCTO 3000695 : Productores y manejadores forestales y de fauna silvestre con acceso y trazabilidad e fi ciente sobre los recursos forestales y de fauna silvestreACTIVIDAD 5005180 : Otorgamiento de derechos de acceso a los recursos forestales y de fauna silvestre y acciones de seguimiento y veri fi cación FUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 5 386 525,00 GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 483 995,00 ------------------ SUBTOTAL 5 870 520,00 ------------------ TOTAL 13 096 604,00 ========== Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular de los pliegos habilitados en la Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de enero del año dos mil veinte. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas 1850690-1 Autorizan Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 a favor de diversos Gobiernos Locales para la continuidad de inversiones DECRETO SUPREMO N° 008-2020-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA