Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2020 (30/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Jueves 30 de enero de 2020

NORMAS LEGALES

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DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única. Regularización del abono del reajuste Las entidades que a la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto Supremo que pagaron pensiones correspondientes al año 2020, regularizan el abono del reajuste que dispone el artículo 1 en el pago correspondiente al mes siguiente. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de enero del año dos mil veinte. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas 1850691-6

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional
DECRETO SUPREMO N° 007-2020-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 14.11 del artículo 14 del Decreto de Urgencia N° 018-2019, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias para la promoción e implementación de los proyectos priorizados en el Plan Nacional de Infraestructura para la Competitividad (PNIC), señala que de manera excepcional, se autoriza durante el Año Fiscal 2020, a transferir recursos hasta por la suma de S/ 13 222 300,00 (TRECE MILLONES DOSCIENTOS VEINTIDÓS MIL TRESCIENTOS Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos a los que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo N° 1440, a favor del Ministerio de Cultura, Ministerio de Agricultura y Riego, Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles, Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado, Autoridad Nacional del Agua y Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, para financiar el acompañamiento al desarrollo de la línea de base de dieciséis (16) proyectos priorizados en el PNIC que se señalan en el Anexo 3 del referido Decreto de Urgencia; Que, mediante Oficio N° 00060-2020-MINAM/SG, el Ministerio del Ambiente solicita recursos adicionales hasta por la suma de S/ 4 063 256,00 (CUATRO MILLONES SESENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) a favor del pliego Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado y hasta por la suma de S/ 888 628 00 (OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100 SOLES) a favor del pliego Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles, para financiar el acompañamiento al desarrollo de la línea de base de dieciséis (16) proyectos priorizados en el PNIC; Que, mediante Oficio Nº 00012-2020-DM/MC el Ministerio de Cultura solicita recursos adicionales hasta por la suma de S/ 2 274 800,00 (DOS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 SOLES), para financiar el acompañamiento al desarrollo de la línea de base de dieciséis (16) proyectos priorizados en el PNIC; Que, mediante Oficio N° 009-2020-MINAGRI-DM el Ministerio de Agricultura y Riego solicita recursos adicionales hasta por la suma de S/ 5 875 220,00 (CINCO MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS VEINTE Y 00/100 SOLES) a favor del pliego Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre,

para financiar el acompañamiento al desarrollo de la línea de base de dieciséis (16) proyectos proyectos priorizados en el PNIC; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas; Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio del Ambiente y el Ministerio de Agricultura y Riego, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos a través del Informe N° 068-2020EF/53.04 efectúa la estimación del costo para financiar la contratación de personal bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, requerido por los pliegos Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado y Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 13 096 604,00 (TRECE MILLONES NOVENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor de los pliegos Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado, Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles, Ministerio de Cultura y Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, para financiar el acompañamiento al desarrollo de la línea de base de dieciséis (16) proyectos priorizados en el PNIC, contenidos en el Anexo 3 del Decreto de Urgencia N° 0182019, teniendo en cuenta que los citados recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional de dichos pliegos en el presente año fiscal; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 14.11 del artículo 14 del Decreto de Urgencia N° 0182019, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias para la promoción e implementación de los proyectos priorizados en el Plan Nacional de Infraestructura para la Competitividad (PNIC) y en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 13 096 604,00 (TRECE MILLONES NOVENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, para financiar el acompañamiento al desarrollo de la línea de base de dieciséis (16) proyectos priorizados en el Plan Nacional de Infraestructura para la Competitividad (PNIC), de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA SECCIÓN PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA CATEGORÍA PRESUPUESTARIA ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia En Soles : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economía y Finanzas 001 : Administración General 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público 1 : Recursos Ordinarios

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