TEXTO PAGINA: 123
123 NORMAS LEGALES Jueves 2 de julio de 2020 El Peruano / aquí impedidas sea superior al 5% (cinco por ciento) del capital o patrimonio social, antes de adquirirse el derecho real. Las prohibiciones rigen hasta seis (06) meses luego de que las personas impedidas cesen o renuncien en sus cargos. Los actos administrativos que contravengan esta prohibición son nulos, sin perjuicio de la responsabilidad que sobrevenga contra los infractores. b) Aquellas personas naturales o jurídicas que tengan impedimento para negociar o celebrar contratos con el Estado Peruano, o sus empresas u organismos. c) Aquellas personas naturales o jurídicas que sean parte de un proceso judicial contra el Estado, sus empresas u organismos, respecto del predio materia de subasta pública. d) Aquellos que mantengan deudas impagas provenientes de la posesión del predio con la municipalidad, para predios ocupados por terceros y que sean propuestos en subasta. Artículo 24º.- DEL CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SUBASTA El proceso de venta mediante la modalidad de subasta pública de los predios se realizará de acuerdo con el siguiente cronograma: a) Venta de bases: durante por lo menos cinco (05) días hábiles. b) Presentación de consultas: durante los tres (03) días hábiles siguientes al vencimiento de la venta de bases. c) Presentación de sobres: dos (02) días.d) Adjudicación de la buena pro: durante el acto de subasta pública. e) Plazo para impugnar la buena pro: durante el acto de subasta pública. f) Plazo para sustentar la impugnación: 2 (dos) días hábiles luego de adjudicada la buena pro. g) Decisión del comité recaída sobre la impugnación: 5 (cinco) días hábiles luego de presentado el escrito de sustentación de la impugnación. Los plazos fi jados se computan como máximos, y se restringen al horario de trabajo de la municipalidad. Artículo 25º.- DE LAS CONSULTAS Los adquirientes de las bases podrán formular consultas por escrito dirigiéndose al Comité dentro del plazo fi jado en el cronograma. Las consultas son pedidos de aclaración a las disposiciones de las bases. Si, a juicio del Comité, la aclaración es válida, se comunica mediante publicación de un Circular en el Portal Web para conocimiento de todos los postores, que las bases integradas han tomado en cuenta la consulta absuelta. Artículo 26º.- DE LA MODALIDAD DE SUBASTA A SOBRE CERRADO a) Para participar en la subasta pública, el postor debe presentar un sobre cerrado (sobre 1) conteniendo los requisitos establecidos en las bases para participar como postor; además, debe presentar otro sobre cerrado (sobre 2), conteniendo su propuesta económica y un cheque de gerencia, emitido por una entidad fi nanciera, a favor de la Municipalidad Distrital de San Bartolo, equivalente al 20% del precio que propone, en calidad de garantía para participar en la subasta. El precio ofertado por el postor no debe ser inferior al precio base de subasta. En el caso de pretender adquirir más de un predio, el postor deberá prestar garantía por cada uno de ellos. b) No se recibirán ofertas económicas después de haberse vencido el plazo para la recepción de sobres, plazo que quedará consignado en las bases administrativas. c) En la parte exterior del sobre dirigida al Comité, se indicará claramente el nombre, la denominación o razón social del postor. El contenido del sobre debe redactarse en castellano, no se admitirán enmendaduras ni tachaduras. La rúbrica del postor cierra la información contenida en la oferta económica. d) Además de lo indicado en los literales a), b) y c), las personas naturales, especí fi camente, presentarán los sobres cerrados conteniendo:• Carta de presentación, con calidad de declaración jurada, suscrita por el postor, adjuntando copia simple de su documento nacional de identidad. Las personas naturales pueden ser representadas durante el acto de la subasta mediante carta poder, con fi rmas certi fi cadas por notario público. • Declaración jurada de no estar impedido de contratar con el Estado Peruano, de no tener proceso judicial con la Municipalidad, y de no contar con deudas a favor de la Municipalidad, según lo establece el artículo 18º del presente Reglamento. • Cheque de gerencia librado a favor de la municipalidad, por el 20% (veinte por ciento) del importe del precio base respecto del predio por el cual se participa de la subasta, emitido por una entidad bancaria o fi nanciera supervisada por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones, el abono constituye un depósito de garantía como eventual adelanto de pago en caso de otorgársele la buena pro. f) Además de lo indicado en los literales a), b) y c), las personas jurídicas, especí fi camente, presentarán los sobres cerrados conteniendo: • Resolución de Reconocimiento Municipal y/o Inscripción Registral, carta de presentación, señalando el objeto social, con calidad de declaración jurada, suscrita por el representante legal de la empresa, adjuntando copia de su respectivo documento nacional de identidad. • Declaración jurada de no estar impedido de contratar con el Estado Peruano, de no tener proceso judicial con la Municipalidad, y de no contar con deudas a favor de la Municipalidad, según lo establece el artículo 18º del presente Reglamento. • Copia literal de la partida registral de la persona jurídica y/o certi fi cado de vigencia de poder en la que se mani fi este con claridad las facultades otorgadas al representante legal, con una antigüedad no mayor a 30 días. • Cheque de gerencia librado a favor de la municipalidad, por el 20% (veinte por ciento) del importe del precio base respecto del predio por el cual se participa de la subasta, emitido por una entidad bancaria o fi nanciera supervisada por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradora de Fondo de Pensiones, el abono constituye un depósito de garantía como eventual adelanto de pago en caso de otorgársele la buena pro. g) La recepción satisfactoria de los sobres cerrados constituye requisito previo e insalvable para participar en el proceso de subasta pública. Artículo 27º.- DEL ACTO DE SUBASTA PÚBLICA Y DE LA ADJUDICACIÓN DE LA BUENA PRO La modalidad de la subasta es “a sobre cerrado con posibilidad de mejoramiento de oferta a viva voz, con puja abierta a tiempo fi jo”. El acto de subasta pública se llevará a cabo dentro del plazo fi jado en el cronograma. Dirige el acto de subasta pública el Subgerente de Control Patrimonial y Almacén, quien actuará como Presidente del Comité, en presencia de un Notario Público. Artículo 28º.- DE LA SUSPENSIÓN O REPROGRAMACIÓN DEL ACTO DE SUBASTA PÚBLICA Es potestad del Comité, suspender o reprogramar el acto público de subasta cuando se encuentren pendientes de resolver hechos, acciones o actos de naturaleza compleja que se presenten en el procedimiento, se deberá solicitar asesoría, informes u opiniones a unidades orgánicas correspondientes. Artículo 29º.- DE LA ADJUDICACIÓN DE LA BUENA PRO 1) Si no hubiera postores hábiles se declara desierta la subasta del lote respectivo. 2) De resultar solo un postor hábil, se le adjudica el