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106 NORMAS LEGALES Jueves 2 de julio de 2020 / El Peruano las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 475 y 3829-2019-MP-FN, de fechas 08 de marzo y 31 de diciembre de 2019, respectivamente. Artículo Décimo Tercero.- Dar por concluida la asignación temporal, de una (01) plaza de Fiscal Superior, proveniente de la entonces Segunda Fiscalía Superior Civil y Contencioso Administrativo de Lima, como apoyo al Despacho de la Fiscalía Suprema en lo Civil, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 475-2019-MP-FN, de fecha 08 de marzo de 2019. Artículo Décimo Cuarto.- Dar por concluida la asignación temporal, de una (01) plaza de Fiscal Superior, con carácter permanente, la misma que proviene de la Sexta Fiscalía Superior Civil y Contencioso Administrativo de Lima, actualmente desactivada, como apoyo al Despacho de la Fiscalía Suprema de Control Interno, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 437-2019-MP-FN, de fecha 04 de marzo de 2019. Artículo Décimo Quinto.- Dar por concluida la asignación temporal, de una (01) plaza de Fiscal Superior, con carácter permanente, la misma que proviene de la entonces Primera Fiscalía Superior Civil y Contencioso Administrativo de Lima, como apoyo al Despacho de la Fiscalía Suprema de Control Interno, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 437-2019-MP-FN, de fecha 04 de marzo de 2019. Artículo Décimo Sexto.- Trasladar una (01) plaza de Fiscal Superior, con carácter permanente, que proviene de la Séptima Fiscalía Superior Civil y Contencioso Administrativo de Lima, actualmente desactivada, a la Fiscalía Superior Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de Santiago de Surco-Barranco. Artículo Décimo Séptimo.- Trasladar una (01) plaza de Fiscal Superior, con carácter permanente, que proviene de la entonces Segunda Fiscalía Superior Civil y Contencioso Administrativo de Lima, a la Fiscalía Superior Penal de la Tercera Fiscalía Corporativa Penal de Santiago de Surco-Barranco. Artículo Décimo octavo.- Trasladar una (01) plaza de Fiscal Superior, con carácter permanente, que proviene de la Sexta Fiscalía Superior Civil y Contencioso Administrativo de Lima, actualmente desactivada, a la Fiscalía Superior Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Mira fl ores-Surquillo-San- Borja. Artículo Décimo Noveno.- Trasladar una (01) plaza de Fiscal Superior, con carácter permanente, que proviene de la entonces Primera Fiscalía Superior Civil y Contencioso Administrativo de Lima, a la Fiscalía Superior Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de Mira fl ores-Surquillo-San Borja. Artículo Vigésimo.- Trasladar diez (10) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, con carácter permanente, correspondiendo en cada caso dos (02) plazas de la Quincuagésima Segunda, Quincuagésima Tercera, Quincuagésima Cuarta, Quincuagésima Quinta y Quincuagésima Séptima Fiscalía Provincial Penal de Lima a la Primera, Segunda, Tercera, Cuarta y Quinta Fiscalía Provincial Penal de Lima, respectivamente. Artículo Vigésimo Primero.- Convertir la Primera, Segunda, Tercera, Cuarta y Quinta Fiscalía Provincial Penal de Lima, en el 1º, 2º, 3º, 4º y 5º Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María, respectivamente, con todo su personal fi scal y administrativo. Artículo Vigésimo Segundo.- Trasladar diez (10) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, con carácter permanente, correspondiendo en cada caso dos (02) plazas de la Cuadragésima Sexta, Cuadragésima Séptima, Cuadragésima Octava, Quincuagésima y Quincuagésima Primera Fiscalía Provincial Penal de Lima, a la Sexta, Séptima, Octava, Novena y Décima Fiscalía Provincial Penal de Lima, respectivamente. Artículo Vigésimo Tercero.- Convertir la Sexta, Séptima, Octava, Novena y Décima Fiscalía Provincial Penal de Lima, en el 1º, 2º, 3º, 4º y 5º Despacho Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María, respectivamente, con todo su personal fi scal y administrativo. Artículo Vigésimo Cuarto.- Trasladar diez (10) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, con carácter permanente, correspondiendo en cada caso dos (02) plazas de la Trigésima Séptima, Cuadragésima Primera, Cuadragésima Segunda, Cuadragésima Tercera y Cuadragésima Cuarta Fiscalía Provincial Penal de Lima a la Décima Primera, Décima Segunda, Décima Tercera, Décima Cuarta y Décima Quinta Fiscalía Provincial Penal de Lima, respectivamente. Artículo Vigésimo Quinto.- Convertir la Décima Primera, Décima Segunda, Décima Tercera, Décima Cuarta y Décima Quinta Fiscalía Provincial Penal de Lima, en el 1º, 2º, 3º, 4º y 5º Despacho Provincial Penal de la Tercera Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María, respectivamente, con todo su personal fi scal y administrativo. Artículo Vigésimo Sexto.- Trasladar seis (06) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, con carácter permanente, correspondiendo en cada caso dos (02) plazas de la Trigésima Tercera, Trigésima Quinta y Trigésima Sexta Fiscalía Provincial Penal de Lima a la Décima Sexta, Décima Séptima y Décima Octava Fiscalía Provincial Penal de Lima, respectivamente. Artículo Vigésimo Séptimo.- Convertir la Décima Sexta, Décima Séptima, Décima Octava, Décima Novena y Vigésima Fiscalía Provincial Penal de Lima, en el 1º, 2º, 3º, 4º y 5º Despacho Provincial Penal de la Cuarta Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María, respectivamente, con todo su personal fi scal y administrativo. Artículo Vigésimo Octavo.- Convertir la Vigésima Primera, Vigésima Segunda, Vigésima Tercera, Vigésima Cuarta y Vigésima Quinta Fiscalía Provincial Penal de Lima, en el 1º, 2º, 3º, 4º y 5º Despacho Provincial Penal de la Quinta Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María, respectivamente, con todo su personal fi scal y administrativo. Artículo Vigésimo Noveno.- Convertir la Vigésima Sexta, Vigésima Octava, Vigésima Novena, Trigésima y Trigésima Tercera Fiscalía Provincial Penal de Lima, en el 1º, 2º, 3º, 4º y 5º Despacho Provincial Penal de la Sexta Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María, respectivamente, con todo su personal fi scal y administrativo. Artículo Trigésimo.- Convertir la Trigésima Quinta, Trigésima Sexta, Trigésima Séptima, Cuadragésima Primera y Cuadragésima Segunda Fiscalía Provincial Penal de Lima, en el 1º, 2º, 3º, 4º y 5º Despacho Provincial Penal de la Séptima Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María, respectivamente, con todo su personal fi scal y administrativo. Artículo Trigésimo Primero.- Convertir la Cuadragésima Tercera, Cuadragésima Cuarta, Cuadragésima Sexta, Cuadragésima Séptima y Cuadragésima Octava Fiscalía Provincial Penal de Lima, en el 1º, 2º, 3º, 4º y 5º Despacho Provincial Penal de la Octava Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María, respectivamente, con todo su personal fi scal y administrativo. Artículo Trigésimo Segundo.- Convertir la Primera, Segunda, Tercera y Cuarta Fiscalía Provincial Penal de La Victoria, así como la Quincuagésima Segunda Fiscalía Provincial Penal de Lima, en el 1º, 2º, 3º, 4º y 5º Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de La Victoria-San Luis, respectivamente, con todo su personal fi scal y administrativo. Artículo Trigésimo Tercero .- Convertir la Quincuagésima Tercera, Quincuagésima Cuarta, Quincuagésima Quinta y Quincuagésima Séptima Fiscalía Provincial Penal de Lima, en el 1º, 2º, 3º y 4º Despacho Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de La Victoria-San Luis, respectivamente, con todo su personal fi scal y administrativo. Artículo Trigésimo Cuarto .- Convertir la Primera y Segunda Fiscalía Provincial Penal de San Borja, en el 1º y 2º Despacho Provincial Penal de San Borja de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de Mira fl ores – Surquillo – San Borja, respectivamente, con todo su personal fi scal y administrativo. Artículo Trigésimo Quinto .- Convertir la Primera y Segunda Fiscalía Provincial Penal de Magdalena del Mar, así como la Quincuagésima y Quincuagésima Primera Fiscalía Provincial Penal de Lima, en el 1º, 2º, 3º y 4º Despacho de la Primera Fiscalía Corporativa