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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JUNIO DEL AÑO 2020 (05/06/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Viernes 5 de junio de 2020 El Peruano / por un plazo máximo de un (01) año, pudiendo ser extendido por única vez por el plazo autorizado, previa comunicación del administrado justi fi cando las razones que impidieron cumplir con los objetivos y un nuevo cronograma. 48-A.7 El procedimiento está sujeto a evaluación previa con silencio administrativo negativo en el plazo máximo de treinta (30) días hábiles; el cual culmina con la emisión de la resolución de autorización. 48-A.8 Para solicitar la autorización para la realización de Proyectos de Investigación de Colecciones y Fondos Museográ fi cos administrados por el Ministerio de Cultura, el director del proyecto presenta un expediente que contenga los siguientes documentos: a) Solicitud presentada mediante formulario o documento que contenga la misma información, en el que se detalla lo siguiente: - Datos del solicitante (Nombres y apellidos completos, domicilio y número de Documento Nacional de Identidad o carné de extranjería. En el caso de personas jurídicas, dicha solicitud debe estar suscrita por su representante legal, indicando el número de RUC y el número de la partida registral). - Número de constancia y fecha de pago. - Autorización del director del proyecto para que el Ministerio de Cultura difunda el informe de resultados. En caso de bachilleres o egresados que desarrollen trabajos de tesis, el trámite será gratuito. b) Proyecto de Investigación en idioma español contenido en CD o DVD (textos, tablas, fotos e imágenes en formatos .doc, .pdf, .xls, y/o .jpg), de acuerdo al siguiente esquema: - Resumen. - Ubicación y antecedentes de la colección a investigar.- Objetivos de la investigación.- Preguntas de investigación e hipótesis.- Cronograma de trabajo.- Metodología y técnicas durante los trabajos de gabinete y laboratorio, indicando los tipos de muestreo y análisis que se proyecten realizar. En el caso de análisis a realizarse en laboratorios especializados deberá contarse con la debida justi fi cación para su traslado. - Equipo de trabajo y responsabilidades.- Metodología de conservación preventiva.- Bibliografía.- Currículum vitae del director del Proyecto. c) Carta de compromiso de no afectación al Patrimonio Cultural de la Nación suscrita por el director del proyecto, asumiendo la responsabilidad de los eventuales daños y perjuicios ocasionados. d) Copia simple de carta de presentación del docente asesor, para egresados y bachilleres que desarrollen proyectos de tesis. e) Copia simple de póliza de seguro “Clavo a Clavo” contra todo riesgo y a valor convenido de los bienes museables o inscritos en el Registro Nacional de Bienes Culturales Muebles, que requieran ser trasladados dentro del ámbito nacional para análisis especializados, no destructivos, que no puedan ser realizados dentro de todas las entidades administradas por el Ministerio de Cultura, de corresponder. 48-A.9 Al fi nalizar la investigación, en un plazo máximo de seis (6) meses, el director, sin perjuicio de su propiedad intelectual, presentará en la Sede Central del Ministerio de Cultura o Direcciones Desconcentradas de Cultura el informe de resultados en idioma español, contenido en CD o DVD (textos, tablas, fotos e imágenes en formato .doc, .pdf, .xls, y/o .jpg), de acuerdo al siguiente esquema: - Resumen. - Antecedentes, problemática y objetivos de la investigación. - Metodología aplicada en el desarrollo de la investigación.- Resultados de la investigación. - Acciones de conservación preventiva.- Conclusiones y recomendaciones.- Equipo de investigadores y responsabilidades.- Inventario de bienes culturales muebles investigados.- Medios de difusión de la investigación.- Bibliografía.- Archivo fotográ fi co del proceso de trabajo y de los bienes culturales muebles investigados. 48.A.10 Si el informe de resultados fuera observado se pondrá en conocimiento del director del proyecto, otorgándole un plazo de diez (10) hábiles para subsanar las observaciones. Si las observaciones persisten, por única vez se otorgará un plazo adicional de diez (10) días hábiles para su subsanación, bajo apercibimiento de no brindar la conformidad al informe de resultados. En ningún caso se podrán realizar nuevas observaciones. 48.A.11 La Dirección General de Museos emite el acto administrativo de conformidad o no conformidad del informe de resultados del proyecto de investigación de colecciones y fondos museográ fi cos en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles. 48.A.12 No se podrá autorizar nuevos proyectos de investigación de colecciones y fondos museográ fi cos si el solicitante adeuda la presentación del informe de resultados o no cumple con levantar las observaciones o no acredita la devolución de los bienes trasladados dentro del ámbito nacional para análisis especializados. Artículo 51-A.- Autorización de traslado de bienes muebles integrantes del patrimonio cultural de la Nación para exposición temporal dentro del territorio nacional 51-A.1 Todo traslado de bienes muebles integrantes del patrimonio cultural de la Nación para exposición temporal dentro del territorio nacional, requiere de la autorización del órgano competente, en el marco de las regulaciones establecidas en la Ley. 51-A.2 Para solicitar la autorización de traslado de bienes muebles integrantes del patrimonio cultural de la Nación para exposición temporal dentro del territorio nacional, se debe presentar los siguientes requisitos: a) Solicitud presentada mediante formulario o documento que contenga la misma información, en el que se detalla lo siguiente: - Datos del solicitante y del representante (Nombres y apellidos completos, domicilio y número de Documento Nacional de Identidad o carné de extranjería. En el caso de personas jurídicas, dicha solicitud debe estar suscrita por su representante legal, indicando el número de RUC y el número de la partida registral). - Número de partida electrónica y asiento de inscripción en la Superintendencia Nacional de Registros públicos (SUNARP) del poder del representante. - Datos de la exposición: nombre de la institución organizadora, nombre de la exposición, ciudad, indicar sedes de itinerancia, fechas de inauguración y clausura. - Número del convenio de préstamo de los bienes culturales administrados por el Ministerio de Cultura. - Declaración jurada y el compromiso de la entidad organizadora de asumir la totalidad de los gastos que genera la labor del o los comisarios. - Número de constancia y fecha de pago. b) Copia simple del listado valorizado de bienes culturales muebles, indicando su denominación y número de registro nacional que lo identi fi ca. c) Copia simple del Proyecto museográ fi co donde se precise además los fi nes cientí fi cos, artísticos o culturales de la exposición. d) Copia simple del Reporte de instalaciones (Facility Report) del lugar de exposición. e) Copia simple de la Póliza de seguro “clavo a clavo” contra todo riesgo y a valor convenido, donde se especi fi ca que el bene fi ciario es el Ministerio de Cultura y/o el propietario, según corresponda.