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40 NORMAS LEGALES Viernes 12 de junio de 2020 / El Peruano tendrán una máxima altura de centro de radiación de 3930 m.s.n.m. - Las plantas transmisoras que se ubiquen en los distritos de Anapia o Copani tendrán una máxima altura de centro de radiación de 3890 m.s.n.m. - El patrón de radiación de las estaciones será conformado, evitando irradiar fuera de su zona de servicio y/o generar interferencias a las estaciones de las localidades de DESAGUADERO y YUNGUYO-SAN JUAN DE CUTURAPI- MARCAJA-TINICACHI-SAN MIGUEL DE OLLARAYA. Localidad: YUNGUYO-SAN JUAN DE CUTURAPI- MARCAJA-TINICACHI-SAN MIGUEL DE OLLARAYA Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 2 55.25 59.75 4 67.25 71.756 83.25 87.75 8 181.25 185.75 10 193.25 197.7512 205.25 209.75 Total de canales: 6 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será 0.5 KW. - La máxima altura de centro de radiación en esta localidad es 3950 m.s.n.m. - El patrón de radiación de las estaciones será conformado, evitando irradiar fuera de su zona de servicio y/o generar interferencias a las estaciones de las localidades de ANAPIA-COPANI-ZEPITA y POMATA. Artículo 2.- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Viceministerial Nº 345-2005-MTC/03 y sus modi fi catorias, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF, para distintas localidades del departamento de Puno, a fi n de modi fi car los planes de las localidades de DESAGUADERO y PISACOMA; conforme se indica a continuación: Localidad: DESAGUADERO Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 2 55.25 59.75 4 67.25 71.75 6 83.25 87.758 181.25 185.75 10 193.25 197.75 12 205.25 209.75 Total de canales: 6 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será 0.1 KW.- La máxima altura de centro de radiación en esta localidad es 3950 m.s.n.m. - El patrón de radiación de las estaciones será conformado, evitando irradiar fuera de su zona de servicio y/o generar interferencias a las estaciones de la localidad de ANAPIA-COPANI-ZEPITA. Localidad: PISACOMA Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 2 55.25 59.754 67.25 71.75 6 83.25 87.75 8 181.25 185.75 10 193.25 197.75 12 205.25 209.75 Total de canales: 6 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será: 0.1 KW.Artículo 3.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones debe considerar las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modi fi cación de características técnicas. Asimismo, la citada Dirección General, en la evaluación de las solicitudes de autorización para prestar el servicio de radiodifusión por televisión en VHF, cautelará el cumplimiento de las disposiciones previstas en el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2010-MTC y sus modi fi catorias. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSA VIRGINIA NAKAGAWA MORALES Viceministra de Comunicaciones 1867631-1 Modifican la Resolución Viceministerial Nº 080-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) de diversas localidades del departamento de Puno RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 249-2020-MTC/03 Lima, 8 de junio de 2020 VISTO, el Informe Nº 0682-2020-MTC/28.01 de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; CONSIDERANDO: Que, el artículo 11 de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, concordado con el artículo 6 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión; Que, el artículo 7 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado con Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y de Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 080- 2004-MTC/03 y sus modi fi catorias, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión para la banda de Frecuencia Modulada (FM), para diversas localidades del departamento de Puno; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 0682-2020-MTC/28.01, propone la modi fi cación de los Planes de Canalización y Asignación del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) de las localidades de DESAGUADERO, YUNGUYO, ANAPIA-MARCAJA-TINICACHI-SAN MIGUEL DE OLLARAYA, COPANI, SAN JUAN DE CUTURAPI y ZEPITA del departamento de Puno; e indica que en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en el Acuerdo Interinstitucional Internacional entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones de la República de Perú y el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda del Estado