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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2020 (22/05/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Viernes 22 de mayo de 2020 / El Peruano PJ cursado por el señor Abraham Ezequiel TORRES LLANOS, Jefe de la Unidad de Servicios Judiciales (20/05/2020); y, CONSIDERANDO:1. En el marco del D.S. nº 008-2020-SA y D.S. nº 044-2020-PCM que declaran el Estado de Emergencia Sanitaria a nivel nacional por la existencia del COVID-19 en nuestro país, mediante el Decreto de Urgencia n.º 026-2020 se suspendieron los plazos procesales y administrativos por el lapso de quince (15) a partir del 16/3/2020, plazo que - fi nalmente- fue ampliado por D.S. n.º 083-2020-PCM (10/5/2020) por 14 días calendario, a partir del 11/5/2020 al 24/5/2020. 2. Para coadyuvar a la plena aplicación de las disposiciones del Decreto de Urgencia n.º 026-2020 que autoriza a los empleadores del sector público y privado a modi fi car el lugar de la prestación de servicios de todos sus trabajadores implementando el Trabajo Remoto, mediante R.A. 340-2020 se aprobó y o fi cializó el uso y aplicación de la plataforma virtual de atención al usuario denominado “ Sistema de Requerimientos Judiciales Digital – SIREJUD ”, para la Sala Mixta y Juzgados Penales que laboran durante el Estado de Emergencia a nivel Nacional y Estado de Emergencia Sanitaria como órganos jurisdiccionales de emergencia en la Corte Superior de Justicia de LIMA NORTE a partir del 23/4/2020. 3. En tiempo posterior a aquella disposición, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CE-PJ) ha emitido la R.A. n.º 129-2020-CE-PJ, modi fi cada por R.A. n.º 146-2020-CE-PJ, y la R.A. n.º 133-2020-CE-PJ, estableciendo la Mesa de Partes Electrónica (MPE) para la recepción de demandas y escritos en los expedientes judiciales electrónicos (EJE) y en los expedientes físicos (no EJE), durante el período de aislamiento por estado de emergencia nacional y en tiempo posterior al mismo. 4. En este ámbito, con el o fi cio que precede, el Jefe de Servicios Judiciales de la GAD/CSJ-LIMA NORTE, señor Abraham Ezequiel TORRES LLANOS, eleva la Propuesta de aprobación del Protocolo para el uso de la Plataforma Virtual Denominada “Sistema de Requerimientos Judiciales Digital” (SIREJUD) en la CSJ-LIMA NORTE, indicando que cumple dos objetivos: 1) garantizar la protección de la vida y la salud de las personas vinculadas a la presentación de documentos al Poder Judicial, evitando con ello su contagio con el COVID-19; 2) facilitar la presentación documentos y consulta de los procesos de manera virtual, básicamente para los procesos penales del NCPP, y en los procesos ajenos a aquel. 5. En dicho documento se informa que el SIREJUD, desde la fecha de su implementación hasta la actualidad, viene dando óptimos resultados en la atención a los usuarios judiciales. A la fecha se han presentado 889 solicitudes de acceso virtual, habiéndose registrado en el canal de la Mesa de Partes Virtual 270 requerimientos, 483 escritos en la sede central y 05 escritos en las subsedes de los órganos jurisdiccionales de este Distrito Judicial en los procesos del Código Procesal Penal, mientras que por el canal de Consultas e Informes Virtuales al Usuario se han registrado 1,317 atenciones. 6. Aquello revela que el SIREJUD es una herramienta tecnológica muy útil para la gestión de documentos de ingreso y trámite, principalmente, en materia penal de los órganos jurisdiccionales de emergencia, y como tal viene a constituir un instrumento subsidiario a la MPE establecida por el CE-PJ que no ha previsto dicho mecanismo para esta materia, por lo que en virtud de lo previsto en el artículo 90º, incisos 3) y 9) del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se debe aprobar el Protocolo mencionado que -en suma- es una ampliación de los fundamentos por los que se aprobó inicialmente el uso del SIREJUD en la CSJ-LIMA NORTE; documento que se acompaña como adjunto a la presente resolución. SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR el “Protocolo para el uso de la Plataforma Virtual denominada Sistema de Requerimientos Judiciales Digital (SIREJUD) en la CSJ-LIMA NORTE”, cuyo contenido aparece en líneas posteriores a la presente resolución. Artículo Segundo.- RATIFICAR la Resolución Administrativa nº 340-2020-P-CSJLIMANORTE-PJ que aprobó y o fi cializó el uso y aplicación de la plataforma virtual de atención al usuario denominado “Sistema de Requerimientos Judiciales Digital – SIREJUD” en la CSJ-LIMA NORTE, ahora como instrumento subsidiario a la Mesa de Partes Electrónica (MPE) establecido en la R.A. n.º 133-2020-CE-PJ. Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital, a través de la Unidad de Servicios Judiciales, la Coordinación de Informática, Administración del Módulo Penal, así como los Administradores y/o Coordinadores de las sedes judiciales de la CSJ-LIMA NORTE, brinden las facilidades que la aplicación de dicho protocolo requiera. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina de Imagen Institucional la difusión de los alcances del Protocolo Virtual denominado Sistema de Requerimientos Judiciales Digital (SIREJUD), las redes sociales y otros medios alternativos de difusión. Artículo Quinto.- PONER a conocimiento la presente resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Gerencia de Informática del Poder Judicial, a la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Gerencia de Administración Distrital, Administradores del Módulo Penal, Administradores y/o Coordinadores de sede, Coordinación de Informática, y de los interesados para los fi nes que pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.VICENTE AMADOR PINEDO COA Presidente PROTOCOLO PARA EL USO DE LA PLATAFORMA VIRTUAL DENOMINADA SISTEMA DE REQUERIMIENTOS JUDICIALES DIGITAL (SIREJUD) EN LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE I. OBJETO Establecer un mecanismo tecnológico alternativo para mantener la interacción entre los usuarios y los operadores de justicia en la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, además evitar el contagio del COVID19 entre los usuarios y los trabajadores de este Distrito Judicial con el uso de esta aplicación SIREJUD, su desarrollado está alineado a lo dispuesto por la Resolución Administrativa Nº 000115-2020-CE-PJ, en el uso de medios tecnológicos, la Resolución Administrativa Nº 000147-2020-CE-PJ, plan para la vigencia y prevención COVID19. Asimismo, la Resolución Administrativa Nº 000340-2020-P-CSJLIMANORTE-PJ aprueba y o fi cializa el uso y aplicación de la plataforma virtual de atención al usuario denominada “Sistema de Requerimientos Judiciales Digital - SIREJUD”, ,a efectos de que los operadores de justicia y el público usuario realicen un adecuado uso y control para la atención de requerimientos y escritos, utilizando medios tecnológicos contribuyendo con el cumplimiento de las medidas dispuestas para el aislamiento social obligatorio. II. FINALIDADa) Garantizar el aislamiento social obligatorio de la población en el marco de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM. b) Garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 000340-2020-P-CSJLIMANORTE-PJ. c) Mantener la continuidad del servicio de justicia en la Corte Superior de Justicia de Lima Norte.