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51 NORMAS LEGALES Viernes 6 de noviembre de 2020 El Peruano / ii) que, las referidas transferencias deberán aprobarse mediante Resolución del Titular del Pliego, previo informe favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, la misma que debe publicarse en el Diario O fi cial El Peruano; y, iii) que, la entidad pública que trans fi ere recursos públicos, salvo aquellos señalados en el acápite v del literal ñ) del numeral 17.1 precitado, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se trans fi rieron dichos recursos; Que, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional - OGPPDO mediante Informe N° 060-2020-SIS/OGPPDO-DADZ, con Proveído N° 159-2020-SIS/OGPPDO, emitió informe previo favorable a la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 764 por el importe de S/ 13 665 033,00 (Trece millones seiscientos sesenta y cinco mil treinta y tres y 00/100 Soles) en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, correspondiente a las transferencias fi nancieras a favor de las Unidades Ejecutoras Sector Salud del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales, conforme a los Convenios, Adendas y Actas suscritos para el ejercicio 2020, en mérito al Memorando N° 614-2020-SIS/GNF; Que, la Gerencia de Negocios y Financiamiento - GNF a través de Informe N° 036-2020-SIS/GNF-SGF/PMRA con Proveído N° 738-2020-SIS/GNF indica que “Según lo analizado en el Informe Nº 002-2020-SIS/GNF-SGGS/ERPH, señala que en el marco de la normativa aplicable, el objetivo de cumplir con los términos establecidos en los Convenios, Tercera Adenda y Actas de Compromisos, así como del análisis y evaluación fi nanciera realizada en base a los criterios establecidos, informar que de acuerdo a la evaluación realizada con corte del 30/09/2020 y en el marco de la Resolución Jefatural N° 122-2020/SIS, 22 Unidades Ejecutoras que representan el 40.74% del total de las 54 UE que tienen pendiente la transferencia por el concepto de ‘Tramo II mecanismo de pago capitado’, y que han superado la evaluación; por lo que se propone realizar la programación de transferencias fi nancieras por un importe total de S/ 13,665,033.00, a fi n de garantizar el fi nanciamiento de las prestaciones que brindan las IPRESS de EL PRESTADOR a favor de los asegurados al SIS”, en el marco de los Convenios, Adendas y Actas suscritos para el ejercicio 2020; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica a través del Informe N° 014-2020-SIS/OGAJ-DE-JFMP con Proveído N° 014-2020-SIS/OGAJ, sobre la base de lo opinado por la GNF y la OGPPDO, considera que se cumple con el marco legal vigente por lo que corresponde emitir la Resolución Jefatural que apruebe la transferencia fi nanciera a favor de las unidades ejecutoras que se detallan en el Informe N° 036-2020-SIS/GNF-SGF/PMRA, para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud, brindadas a los asegurados del SIS; Con los vistos del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, del Director General (e) de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud - SIS hasta por la suma de S/ 13 665 033,00 (TRECE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL TREINTA Y TRES Y 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios en los términos y a favor de las Unidades Ejecutoras de los Gobiernos Regionales y de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro descritas en el Anexo N° 01 - Transferencia Financiera - Recursos Ordinarios Noviembre 2020, que forman parte integrante de la presente Resolución, para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud, brindadas a los asegurados del SIS en el marco de los Convenios, Adendas y Actas suscritos para el ejercicio 2020. Artículo 2.- Precisar que las unidades ejecutoras que reciban las transferencias fi nancieras por la Unidad Ejecutora 001 SIS por prestaciones de salud han superado las evaluaciones fi nancieras en cumplimiento con los términos establecidos en los Convenios, adendas y actas de compromisos, y para su incorporación y ejecución deberán diferenciar a través de las actividades presupuestarias y/o secuencias funcionales. Artículo 3.- Precisar que los recursos a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados. Artículo 4.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento la publicación del reporte que detalle la transferencia descritas en el Anexo N° 01 de la presente Resolución a través del Portal Institucional del Seguro Integral de Salud, http://www.sis.gob.pe/ipresspublicas/transferencias.html. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.MOISÉS ERNESTO ROSAS FEBRES Jefe del Seguro Integral de Salud 1900516-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA Aprueban segunda modificación del “Plan Operativo Institucional - POI 2020 de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN” RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 54-2020 Lima, 3 de noviembre de 2020VISTO, el Memorándum N° 00214-2020/OPP, el Informe Nº 00082-2020/OPP, el Proveído Nº 00672-2020/SG y el Informe Legal Nº 306-2020/OAJ; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el numeral 12.1 del artículo 12 del Decreto Legislativo Nº 1362, que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público-Privadas y Proyectos en Activos, PROINVERSIÓN es un organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, el sub numeral 3 del numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que el Titular de la Entidad es responsable de determinar las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de sus objetivos estratégicos institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional (PEI), y sujetándose a la normatividad vigente; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN/PCD y modi fi catorias, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN aprobó la “Guía para el Planeamiento Institucional que comprende la política y los planes que permite la elaboración o modi fi cación del PEI y el POI; Que, mediante Resolución de la Dirección Ejecutiva Nº 121-2019 se aprobó el POI 2020, consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura PIA