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48 NORMAS LEGALES Viernes 6 de noviembre de 2020 / El Peruano Regulación de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que, de conformidad con los artículos 7° y 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, el Intendente Nacional es la más alta autoridad de la entidad, ejerce las funciones ejecutivas de dirección, es el titular del pliego y ejerce la representación legal de la entidad; asimismo, tiene entre sus funciones la de designar y remover a los funcionarios, directivos públicos y servidores de con fi anza de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que, en uso de las facultades de las que está investido el Representante Legal de la Intendencia de acuerdo al Decreto Legislativo N° 1260, en concordancia con el Reglamento de Organización y Funciones de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2017-IN; y, con el visto bueno de la Oficina de Asesoría Jurídica, la Unidad de Recursos Humanos, y la Gerencia General de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; SE RESUELVE:Artículo 1º.- DAR POR CONCLUIDA, la encargatura del abogado Enrique Jesús Ospinal Ferrer, en el cargo de confi anza de Sub Director de la Sub Dirección de Políticas y Normas de la Dirección de Políticas, Normatividad y Regulación de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú. Artículo 2°.- DESIGNAR al Ingeniero Miguel Albornoz Yañez en el cargo de con fi anza de Sub Director de la Sub Dirección de Políticas y Normas de la Dirección de Políticas, Normatividad y Regulación de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú. Artículo 3º.- Disponer que la O fi cina de Comunicación Social realice la publicación de la presente Resolución en el Portal de la página web de la entidad (www.inbp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS A. PONCE LA JARA Intendente Nacional de Bomberos del Perú 1900626-1 ORGANISMO DE SUPERVISION DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN DE JEFATURA Nº 00046-2020-OSINFOR/01.1 Lima, 3 de noviembre de 2020VISTOS: Los Memorandos números 312 y 319-2020-OSINFOR/05.2.2, de fechas 20 y 26 de octubre del 2020, respectivamente, emitidos por la Unidad de Administración Financiera de la Oficina de Administración; Informe N° 00049-2020-OSINFOR/04.1.2 y Memorándum N° 00672-2020-OSINFOR/04.1, de fechas 23 y 26 de octubre del 2020, respectivamente, emitidos por la Oficina de Planificación y Presupuesto; el Memorándum N°00490-2020-OSINFOR/05.2, emitido por la Oficina de Administración; Informe Legal N° 00130-2020-OSINFOR/04.2 de fecha 29 de octubre del 2020, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, y;CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Jefatura N° 116-2019-OSINFOR de fecha 30 de diciembre de 2019, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de los Gastos correspondiente al Año Fiscal 2020 del Pliego 024: Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, en el marco de lo establecido en el en el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del gobierno nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la o fi cina de presupuesto o el que haga que sus veces en el pliego; Que, asimismo, el citado artículo 20 de la referida Ley, establece que, en el caso del Gobierno Nacional, las transferencias fi nancieras se aprueban mediante Resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. Se requiere, además, que la referida resolución se publique en el diario o fi cial El Peruano; Que, mediante la Resolución de Contraloría N° 369- 2019-CG, se aprueba el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, las EPS, universidades, empresas en liquidación bajo el ámbito del FONAFE, proyectos/ programas, y otras entidades, deben transferir a la Contraloría General de la República, entidades entre las cuales se incluye al OSINFOR; Que, a través del O fi cio N° 000451-2020-CG/GAD del 12 de octubre del 2020, la Contraloría General de la República solicita al OSINFOR, efectuar una transferencia fi nanciera a su favor del cincuenta por ciento (50%) de la retribución económica que incluye el impuesto general a las ventas (IGV) por la suma total de S/ 43 326,00 (Cuarenta y tres mil trescientos veintiséis con 00/100 Soles), a fi n de fi nanciar la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar las labores de auditoría fi nanciera gubernamental del año 2020; Que, en ese sentido, mediante Informe N° 00049-2020-OSINFOR/04.1.2 de fecha 23 de octubre de 2020 y Memorándum N° 00672-2020-OSINFOR/04.1 de fecha 26 de octubre de 2020, la Oficina de Planificación y Presupuesto, emite opinión técnica favorable, concluyendo que se cuenta con la disponibilidad presupuestal por el monto de S/ 43 326,00 (Cuarenta y tres mil trescientos veintiséis con 00/100 Soles) de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios que incluye el impuesto general a las ventas (IGV), para la transferencia financiera correspondiente al cincuenta por ciento (50%) de la retribución económica a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de la Sociedad de Auditoría, que se encargará de realizar las labores de auditoría financiera gubernamental del año 2020; Que, la O fi cina de Administración, mediante Memorándum N° 00490-2020-OSINFOR/05.2 de fecha 27 de octubre de 2020, emite su opinión de conformidad; adjunta la certi fi cación de crédito presupuestario N° 667, y, promueve su aprobación, previa opinión legal; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica, mediante Informe Legal N° 00130-2020-OSINFOR/04.2 de fecha 29 de octubre de 2020, emite opinión legal favorable;