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37 NORMAS LEGALES Viernes 6 de noviembre de 2020 El Peruano / Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular - GNV Código Infracción Cali fi cación Sanción TGNV.12Reparar el sistema de combustión de GNV de los vehículos, sin realizar cambios de tuberías deterioradas y/o de accesorios completos, cuya operación no resulte satisfactoria.GraveSuspensión de la autorización por un periodo de sesenta (60) días calendario. TGNV.13Realizar las conversiones del sistema de combustión de los vehículos a GNV y/o el cambio completo del motor gasolinero o diesel por otro dedicado a GNV, GNV, y/o las reparaciones del sistema de combustión de GNV, sin contar con el personal técnico autorizado.GraveSuspensión de la autorización por un periodo de sesenta (60) días calendario. TGNV.14No realizar la preinspección del vehículo, en los servicios de reparación del sistema de combustión de GNV, de acuerdo a lo dispuesto en la presente Directiva.GraveSuspensión de la autorización por el plazo de sesenta (60) días calendario. TGNV.15No informar a la Entidad Certi fi cadora de Conversiones a GNV, cuando el propietario del vehículo tome la decisión de no reparar el sistema de combustión de GNV, de acuerdo a lo establecido en la presente Directiva. GraveSuspensión de la autorización por el plazo de sesenta (60) días calendario. TGNV.16No comunicar a SUTRAN dentro del plazo la suspensión de la operación como Taller de Conversión a GNV, de acuerdo a lo establecido en la presente Directiva.GraveSuspensión de la autorización por un periodo de sesenta (60) días calendario. TGNV.17Realizar la carga de prueba de GNV al vehículo convertido sin utilizar el chip electrónico y/u otro dispositivo de control de carga suministrado por la Entidad Certi fi cadora de Conversiones a GNV, y/o sin la presencia de los técnicos del Taller, conforme lo establece la presente Directiva.GraveSuspensión de la autorización por un periodo de sesenta (60) días calendario. TGNV.18No realizar la veri fi cación del peso máximo del cilindro, de acuerdo a lo establecido en la presente Directiva.GraveSuspensión de la autorización por un periodo de sesenta (60) días calendario. TGNV.19No mantener durante su funcionamiento las condiciones de acceso y requisitos que motivaron el otorgamiento de su autorizaciónGraveSuspensión de la autorización por un periodo de sesenta (60) días calendario. TGNV.20No cumplir los requerimientos de información que formule la SUTRAN y/o el MTC, de acuerdo a lo establecido en la presente Directiva.GraveSuspensión de la autorización por el plazo de sesenta (60) días calendario. TGNV.21No almacenar los cilindros, accesorios, partes, piezas y demás equipos, de acuerdo a las especi fi caciones del Proveedor de Equipos Completos - PEC.LeveSuspensión de la autorización por el plazo de treinta (30) días calendario. TGNV.22Realizar la conversión o reparación al sistema de combustión de GNV de un vehículo, incumpliendo lo establecido en la presente Directiva y/o los parámetros establecidos en el marco normativo vigente de la materia.LeveSuspensión de la autorización por el plazo de treinta (30) días calendario.Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular - GNV Código Infracción Cali fi cación Sanción TGNV.23No veri fi car que la garantía por la instalación del sistema de conversión a GNV y/o por el cambio de motor a GNV, sea otorgada de acuerdo a lo establecido en la presente Directiva; y/o no veri fi car que el certi fi cado de garantía contenga la información que establece la presente Directiva.LeveSuspensión de la autorización por el plazo de treinta (30) días calendario. Artículo 5.- Incorporación de las tablas de infracciones y sanciones a las Entidades Certifi cadoras de Conversiones a GLP y a los Talleres de Conversión a GLP Incorpóranse el Anexo V: Tabla de Infracciones y Sanciones a las Entidades Certi fi cadoras de Conversiones a GLP, y el Anexo VI: Tabla de Infracciones y Sanciones a los Talleres de Conversión a GLP, a la Directiva Nº 005-2007-MTC/15 “Régimen de Autorización y Funcionamiento de las Entidades Certi fi cadoras de Conversiones a GLP y de los Talleres de Conversión a GLP”, aprobada por Resolución Directoral Nº 14540-2007-MTC/15, elevada a rango de Decreto Supremo por el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 022-2009-MTC; en los términos siguientes: “ANEXO V: TABLA DE INFRACCIONES Y SANCIONES A LAS ENTIDADES CERTIFICADORAS DE CONVERSIONES A GLP Entidades Certi fi cadoras de Conversiones a GLP Código Infracción Cali fi cación Sanción ECGLP.1Emitir uno o más certi fi cados sin contar con autorización vigente otorgada por la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes del MTC.Muy graveMulta de 10 UIT por infracción detectada. ECGLP.2Emitir el certi fi cado de inspección de taller inicial, sin haber realizado la inspección inicial de la persona jurídica que solicita autorización para operar como Taller de Conversión a GLP; y/o sin que la persona jurídica que solicita autorización para operar como Taller de Conversión a GLP, cumpla los requisitos y/o las condiciones para su autorización; de acuerdo a lo dispuesto en la presente Directiva y en las Normas Técnicas Peruanas vigentes en la materia.Muy graveCancelación de la autorización e inhabilitación de fi nitiva para operar como Entidad Certi fi cadora de Conversiones a GLP. ECGLP.3Emitir el certi fi cado de inspección de taller anual, sin haber realizado la inspección anual del Taller de Conversión a GLP autorizado; y/o sin que el Taller de Conversión a GLP mantenga las condiciones y requisitos que originaron su autorización.Muy graveCancelación de la autorización e inhabilitación de fi nitiva para operar como Entidad Certi fi cadora de Conversiones a GLP. ECGLP.4Emitir el certi fi cado, sin haber realizado la inspección de seguridad que corresponda y/o la inspección anual, al vehículo que utilice el sistema para combustión de GLP; y/o sin que se haya realizado las veri fi caciones que correspondan; de acuerdo a lo establecido en la presente Directiva.Muy graveCancelación de la autorización e inhabilitación de fi nitiva para operar como Entidad Certi fi cadora de Conversiones a GLP.