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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 (18/11/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 68

68 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de noviembre de 2020 / El Peruano GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI”, que consta de VI Títulos, veintisiete Artículos, dos Disposiciones Complementarias, tres Disposiciones Transitorias y un anexo, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero: ENCARGAR a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali, la implementación del Reglamento para el Desarrollo de la Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional de Ucayali. Artículo Cuarto: ENCARGAR a la O fi cina Regional de Administración, O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, Secretaria General, Gerencias Territoriales, Gerencias Regionales, Direcciones Regionales y demás unidades y órganos del Gobierno Regional de Ucayali, velar por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional. Artículo Quinto: DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación. Art ículo Sexto : ENCARGAR a la Secretaria General del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como en el Diario encargado de las publicaciones judiciales de la Capital de la Región y a la O fi cina de Tecnologías de la Información para su difusión y publicación a través del Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). Comuníquese al señor Gobernador Regional de Ucayali para su promulgación. Pucallpa; a los veinte días del mes de octubre de dos mil veinte. RAUL EDGAR SOTO RIVERA Consejero Delegado POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ucayali, a los 26 de octubre de 2020 FRANCISCO A.PEZO TORRES Gobernador Regional REGLAMENTO PARA EL DESARROLLO DE LAS AUDIENCIAS PÚBLICAS DE RENDICIÓN DE CUENTAS DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1° FINALIDAD: El presente Reglamento tiene como finalidad fortalecer la organización y desarrollo de las Audiencias Públicas Regionales de Rendición de Cuentas convocadas y ejecutadas por el Gobierno Regional de Ucayali, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, así como regular el mecanismo de participación ciudadana para promover la transparencia y facilitar la participación democrática y responsable de la ciudadanía. Sus disposiciones son de obligatoria aplicación para las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas que convoque el Gobierno Regional de Ucayali. Artículo 2° OBJETO: El presente reglamento tiene por objeto normar la organización y el desarrollo de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional de Ucayali, estableciendo las responsabilidades para que se ejecuten de manera oportuna y e fi ciente, y estableciendo los procedimientos para sus tres etapas: etapa preparatoria, etapa de ejecución y etapa post audiencia. Artículo 3° BASE LEGAL: • Constitución Política del Perú • Ley N° 26300 - Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadano. • Ley N° 27658 - Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado. • Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización.• Ley N° 27806 - Ley de Transparencia y acceso a la información Pública y sus modi fi catorias. • Ley N° 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y su modi fi catoria. • Ley N° 27658 - Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado. • Decreto Supremo N° 004-2013-PCM - Aprueba la Política de Modernización de la Gestión Pública. • Decreto Supremo N° 044-2018-PCM - Aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la corrupción. • Ley N° 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo. • Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.01, Que aprueba el Instructivo N°001-2010-EF/76.01, para el proceso del presupuesto participativo basado en resultados. • Ordenanza Regional N° 002-2018-GRU-CR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones – ROF, del Gobierno Regional de Ucayali y su Modi fi catoria. • D.S. N° 027-2020-SA.- Decreto Supremo que Prorroga la Emergencia Sanitaria declarada por Decreto Supremo N° 008- 2020-SA, prorrogada por Decreto Supremo N° 020-2020-SA. Artículo 4° DEFINICIÓN:Las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas son espacios de información entre autoridades, funcionarios públicos, representantes de la sociedad civil organizada y población en general, que permiten informar a la población sobre los logros, avances, di fi cultades y perspectivas de gestión del Gobierno Regional, que permiten fortalecer el vínculo de proximidad de la administración regional con los ciudadanos y las ciudadanas, de manera que puedan ejercer su derecho de participar en el control, seguimiento y evaluación de la gestión regional. Artículo 5° PRINCIPIOS QUE ORIENTAN LAS AUDIENCIAS PÚBLICAS DE RENDICIÓN DE CUENTAS: 5.1. TRANSPARENCIA: Los funcionarios y servidores públicos tienen el deber de presentar información clara y verdadera a la ciudadanía. 5.2. INCLUSIÓN: Es dirigida a la población en general, sin discriminaciones de ningún tipo (etnia, raza, lengua u otra condición). 5.3. PARTICIPACIÓN: Es un espacio en donde la población puede participar y debatir sobre lo informado o explicado. 5.4. RESPETO: Es un espacio de escucha activa y respeto en el intercambio de opiniones. 5.5. NEUTRALIDAD: Se debe favorecer la participación de los diversos grupos de la población, no solo aquellos que mani fi esten una opinión favorable a la gestión. 5.6. PUBLICIDAD: No existe limitaciones para el conocimiento del contenido de la audiencia, los resultados, documentos producto de ella, estarán a disposición de los ciudadanos y ciudadanas. Artículo 6° ÁMBITO DE APLICACIÓN Este reglamento es de obligatoria aplicación a las Audiencias Pública de Rendición de Cuentas programadas por el Gobierno Regional de Ucayali y cualquier otra dependencia administrativa pública que funcione bajo su jurisdicción y competencia.