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73 NORMAS LEGALES Jueves 26 de noviembre de 2020 El Peruano / ENTIDAD : HOSPITAL REGIONAL "JOSÉ ALFREDO MENDOZA OLAVARRIA " II-2- TUMBES SECTOR : GOBIERNO REGIONAL ORGANOS O UNIDADES ORGANICAS CLASIFICACIÓN ( 2 ) TOTAL ( 1 ) FP E C SP - DS SP - EJ SP - ES SP - AP RE ( 3 ) Departamento de Patologia Clinica y Anatomia Patologica 1 1 2Servicio de Patologia Clinica 1 7 10 18Servicio de Anatomia Patológica 1 6 5 12 Servicio de Banco de Sangre 1 7 5 13 Departamento de Diagnóstico Por Imágenes 1 1 2Servicio de Radiologia 1 8 8 17Servicio de Ecogra fi a 1 3 3 7 Servicio de Examenes Especializados 1 3 2 6 Departamento de Farmacia 1 1 2Servicio de Farmacia Clinica 1 1 7 9Servicio de Gestión de Programación y Almacenamiento de Productos Farmaceuticos y A fi nes 1 16 8 Servicio de Dispensación de Productos Farmaceuticos y A fi nes 1 2 10 13 Servicio de Farmacotecnia 1 1 3 5 Departamento de Apoyo al Tratamiento 1 1 2Servicio de Nutrición y Dietética 1 6 42 49Servicio de Psicología 1 5 1 7 Servicio Social 1 5 3 9 TOTAL ( 4 ) 0 1 73 0 501 603 0 1178 ( 5 ) TOTAL OCUPADOS 487 ( 6 ) PREVISTOS 691 ( 7 ) TOTAL GENERAL 1178 Artículo Tercero. - ENCARGAR al Jefe/a de Recursos Humanos y al Director de Planeamiento Estratégico de la Dirección Regional de Salud de Tumbes y del Hospital Regional José Alfredo Mendoza Olavarria II-2 Tumbes la implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto. - La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, disponiéndose además su publicación en el Portal Web del Gobierno Regional Tumbes. Artículo Quinto. - PRECISAR que el responsable de la O fi cina Regional de Administración del Gobierno Regional Tumbes, ordene a quien corresponda, efectúe los trámites administrativos pertinentes, para la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano.Comuníquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional de Tumbes para su promulgación. En Tumbes a los 20 días del mes de noviembre del año dos mil veinte. GEORGE GOVVER DIAZ CRUZ Consejero Regional POR TANTO Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Gobierno Regional de Tumbes el 20 de noviembre de 2020. JOSE A. ALEMAN INFANTE Gobernador Regional (e) 1906102-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BREÑA Modifican del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de Breña RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 449-2020-MDB Breña, 16 de noviembre de 2020EL ALCALDE DEL DISTRITO DE BREÑAVISTO: El Memorándum N° 1127-2020-GDH/MDB de fecha 15 de octubre de 2020 de la Gerencia de Desarrollo Humano, el Memorando N° 621-2020-GR/MDB de fecha 22 de octubre de 2020 de la Gerencia de Rentas, el Informe N° 224-2020-GPPROPMICI/MDB de fecha 02 de noviembre de 2020 de la Gerencia de Plani fi cación, Presupuesto, Racionalización, OPMI y Cooperación Interinstitucional, el Informe N° 383-2020-GAJ-MDB de fecha 09 de noviembre de 2020 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Proveído N° 1922-2020 de fecha 11 de noviembre de 2020 de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en sus artículos 74° y 194° reconoce que los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con lo establecido por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el numeral 43.4, del artículo 43° del TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que, para aquellos servicios