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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 (27/11/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 68

68 NORMAS LEGALES Viernes 27 de noviembre de 2020 / El Peruano Autorizan viaje de Rector de la Universidad Nacional del Centro del Perú a Panamá, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ RESOLUCIÓN Nº 6684-CU-2020 Huancayo, 3 de febrero 2020EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ; Visto, el programa indicativo del Encuentro de Rectores ARCA 2020, de la Asociación de Rectores del Caribe y las Américas. CONSIDERANDO:Que,el Artículo 18º de la Constitución Política del Perú, establece cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes; Que,conforme a la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, Artículo 8º Autonomía Universitaria, el Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable. Esta autonomía se manifiesta en los siguientes regímenes: 8.1 Normativo, 8.2 De gobierno, 8.3 Académico, 8.4 Administrativo y 8.5 Económico; Que, los miembros de la Asociación de Rectores del Caribe y las Américas-ARCA se actualizan con cada encuentro de rectores que se realiza. El mismo se organiza cada dos años; Que, ARCA es una organización de encuentro de los liderazgos institucionales al más alto nivel que promueve el intercambio y la cooperación innovadora de los talentos de las Universidades; Que, estando organizado el Encuentro de Rectores 2020 a llevarse a cabo los días 24 y 25 de febrero 2020, a llevarse a cabo en Panamá, Panamá. En sesión de Consejo Universitario del 28 de enero 2020, se aprobó por unanimidad autorizar el permiso y viáticos al Rector para su participación; De conformidad a las atribuciones conferidas por las normas legales vigentes y el acuerdo de Consejo Universitario del 28 de enero 2020; RESUELVE: 1º AUTORIZAR el viaje a Panamá para la participación del Dr. Moisés Ronald Vásquez Caycedo Ayras, Rector, en el Encuentro de Rectores ARCA 2020, los días 24, 25 y 26 de febrero 2020. 2º DISPONER se otorgue al Rector, los viáticos y pasajes aéreos internacionales conforme al Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM. 3º ENCOMENDAR la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, por la Dirección General de Administración. 4º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a la Dirección General de Administración, a través de las o fi cinas y unidades correspondientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MOISÉS RONALD VÁSQUEZ CAICEDO AYRAS Rector ELIZABETH LEONOR ROMANÍ CLAROS Secretaria General 1906072-1Otorgan duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Ingeniería de Sistemas de la Universidad Nacional del Centro del Perú UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ RESOLUCIÓN Nº 7095-CU-2020 Huancayo, 15 de setiembre de 2020.EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ: Visto, el expediente de fecha 13.08.2020 por medio de la cual doña Karina Elena Salvatierra Yarasca, solicita Duplicado de Diploma de Grado de Bachiller en Ingeniería de Sistemas, por pérdida. CONSIDERANDO:Que, de conformidad a los Artículos 13º y 14º de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso, asimismo, promueve el desarrollo del país; Que, de conformidad a la Ley Nº 28626, se faculta a las universidades públicas y privadas expedir duplicados de grados y títulos profesionales, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada universidad; Que, con Resoluciones Nº 1503-2011-ANR y 1256-2013- ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta la expedición de Duplicados de Diplomas de Grados Académico y Títulos Profesionales en cumplimiento a la Ley Nº 28626; Que, de conformidad a la Ley 30220, y al Art. 14 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU, en la cual se anula la inscripción primigenia, y autoriza la inscripción del duplicado de diploma; Que, mediante la Resolución Nº 3205-CU-2014 del 10.09.2014, la Universidad Nacional del Centro del Perú, aprueba la “Directiva Nº 001-2014-SG para otorgar Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales por pérdida, deterioro o mutilación, expedidos por la Universidad”; Que, doña Karina Elena Salvatierra Yarasca solicita Duplicado de Diploma el Grado de Bachiller en Ingeniería de Sistemas, por pérdida, el mismo que fue expedido el 30.01.2002, Diploma Nº 226, Fojas 127, el Tomo 031-B, para el efecto, adjunta los documentos consignados en el ítem VI de la Directiva Nº 001-2014-SG; y De conformidad al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 15 de setiembre del 2020. RESUELVE: 1º ANULAR el Diploma de Grado de Bachiller en Ingeniería de Sistemas de doña Karina Elena Salvatierra Yarasca, de fecha primigenio 30.01.2002, por motivo de pérdida. 2º OTORGAR EL DUPLICADO DE DIPLOMA DE GRADO DE BACHILLER EN INGENIERÍA DE SISTEMAS a doña KARINA ELENA SA LVATIERRA YARASCA, de acuerdo al siguiente detalle: Diploma Nº226, Fojas 127 del Tomo 031-B. 3º DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria. 4º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaria General y Facultad de Ingeniería de Sistemas. Regístrese y comuníquese.MOISÉS RONALD VÁSQUEZ CAICEDO AYRAS Rector ELIZABETH LEONOR ROMANI CLAROS Secretaria General 1906053-1