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21 NORMAS LEGALES Sábado 28 de noviembre de 2020 El Peruano / motorizado y dicta otras medidas, autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a realizar transferencias fi nancieras, hasta por la suma de S/ 22 828 722,00 (VEINTIDOS MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIOCHO MIL SETECIENTOS VEINTIDOS Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, a favor de las Municipalidades Provinciales consignadas en el Anexo del referido Decreto de Urgencia para fi nanciar la implementación de sistemas de transporte no motorizado mediante acciones de adecuación y/o mantenimiento de los elementos de la sección vial, en el marco de sus competencias; Que, asimismo, el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto de Urgencia citado precedentemente, establece que las transferencias fi nancieras a que se re fi ere el numeral 2.1, se aprueban mediante resolución del Titular del pliego del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, previa opinión favorable del Programa Nacional de Transporte Urbano Sostenible - PROMOVILIDAD, así como de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego, en el marco de sus competencias, la cual se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0694-2020- MTC/01.02, se aprueba la “Guía de Implementación de Sistemas de Transporte Sostenible no Motorizado”; documento Técnico que contiene los lineamientos, criterios, condiciones y procedimientos para la adecuación y/o mantenimiento de los elementos de la sección vial para la implementación de los Sistemas de Transporte Sostenible no Motorizado, a ser implementados por las Municipalidades Provinciales, en sus respectivas jurisdicciones; Que, con Memorándum N° 248-2020-MTC/30, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Transporte Urbano Sostenible – PROMOVILIDAD, sustentada en los Informes N° 127-2020-MTC/30.01, N° 128-2020-MTC/30.01, N° 129-2020-MTC/30.01, N° 130-2020-MTC/30.01 y N° 131-2020-MTC/30.01, de la Dirección de Fortalecimiento y Plani fi cación de la Movilidad, que hace suyos, informa sobre el cumplimiento de los lineamientos, criterios, condiciones y procedimientos para la adecuación y/o mantenimiento de los elementos de la sección vial para la implementación de los Sistemas de Transporte Sostenible no Motorizado, dispuestos en la “Guía de Implementación de Sistemas de Transporte Sostenible no Motorizado”, expresando su opinión técnica favorable sobre la veri fi cación y análisis de las solicitudes de cinco (05) Municipalidades Provinciales; Que, por Memorándum Nº 1826-2020-MTC/09, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, sustentada en el Informe Nº 547-2020-MTC/09.03 de la O fi cina de Presupuesto, emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone, en el marco de lo establecido por el Decreto de Urgencia Nº 101-2020, un proyecto de Resolución Ministerial que aprueba una Transferencia Financiera en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 2 807 024,03 (DOS MILLONES OCHOCIENTOS SIETE MIL VEINTICUATRO Y 03/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios, para fi nanciar la implementación de sistemas de transporte no motorizado mediante acciones de adecuación y/o mantenimiento de los elementos de la sección vial, en el ámbito de competencia de cinco (05) Municipalidades Provinciales, que cuentan con la opinión técnica favorable del Programa Nacional de Transporte Urbano Sostenible – PROMOVILIDAD; Que, en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 101-2020 y a lo propuesto y sustentado por el Programa Nacional de Transporte Urbano Sostenible – PROMOVILIDAD y la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, resulta necesario aprobar una Transferencia Financiera para fi nanciar la implementación de sistemas de transporte no motorizado mediante acciones de adecuación y/o mantenimiento de los elementos de la sección vial, en el marco de las competencias de cinco (05) Municipalidades Provinciales que se detallan en el Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Decreto de Urgencia Nº 101-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas complementarias en materia económica y financiera para que las municipalidades provinciales implementen sistemas de transporte sostenible no motorizado y dicta otras medidas; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 0785-2020-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Aprobar una Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2020, a favor de las Municipalidades Provinciales que se consignan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, hasta por la suma de S/ 2 807 024,03 (DOS MILLONES OCHOCIENTOS SIETE MIL VEINTICUATRO Y 03/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios, destinada a los fi nes señalados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera aprobada por el artículo 1 de la presente Resolución se atiende con cargo a los recursos asignados al pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 001: Administración General, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos, Actividad 5001254: Transferencia de Recursos para la Ejecución de Actividades, Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera, aprobada por el artículo 1 de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Seguimiento El Programa Nacional de Transporte Urbano Sostenible - PROMOVILIDAD del Ministerio de Transportes y Comunicaciones es responsable del seguimiento y evaluación de los fi nes y metas para los cuales se trans fi eren los recursos. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 1907322-1 Aprueban el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas 2020 - 2023 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0858-2020-MTC/01 Lima, 26 de noviembre de 2020VISTOS: El O fi cio N° 091-2020-EF/15.01, el Memorando N° 111-2020-EF/68.03 y el Informe N° 096-2020-EF/68.03 del Ministerio de Economía y Finanzas y el Memorándum N° 1799-2020-MTC/09 y los Informes