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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (03/09/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Jueves 3 de setiembre de 2020 El Peruano / con la fi nalidad de obtener sus aportes y apoyo en el cumplimiento del objetivo establecido en la presente Resolución Suprema: a. Ministerio Público b. Poder Judicialc. Contraloría General de la Repúblicad. Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamientoe. Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL f. Secretaría de Gobierno Digital g. Dirección Nacional de Inteligencia – DINIh. Unidad de Inteligencia Financiera de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones - SBS i. Defensoría del Puebloj. Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEIk. Instituto Nacional Penitenciario – INPEl. Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET m. Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP n. Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC o. Procuraduría Pública Especializada en Delitos contra el Orden Público p. Gobiernos Regionalesq. Gobiernos Localesr. Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), y s. Otros que la Comisión considere pertinente Artículo 5. Secretaría Técnica5.1. La Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial está a cargo de la Dirección General Contra el Crimen Organizado que depende del Despacho Viceministerial de Orden Interno del Ministerio del Interior, quien brinda el apoyo técnico y administrativo, coadyuvando al cumplimiento de su objetivo. 5.2. La Secretaría Técnica tiene a su cargo la custodia de las actas de las sesiones realizadas y la sistematización de los aportes, documentos y propuestas que se procesen. Artículo 6. Instalación6.1. La Comisión Multisectorial se instala dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de publicación de la presente Resolución Suprema. 6.2. Las sesiones de trabajo pueden realizarse en forma presencial o remota, mediante el uso de canales digitales. Las sesiones remotas siguen las mismas formalidades previstas para las presenciales. Artículo 7. Vigencia de la Comisión Multisectorial La Comisión Multisectorial tiene una vigencia de ciento veinte días calendario contados desde el día siguiente de su instalación. En dicho plazo, la Comisión Multisectorial presenta el informe técnico fi nal que contenga la propuesta del “Plan Estratégico Multisectorial – PEM” al titular del Ministerio del Interior. Artículo 8. Financiamiento El funcionamiento de la Comisión Multisectorial se fi nancia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio del Interior, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Asimismo, los gastos que involucren la participación de los integrantes que la conforman se fi nancia con cargo al presupuesto institucional de la entidad a la cual pertenecen, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 9. Publicación Publíquese la presente Resolución Suprema en el diario o fi cial El Peruano, así como en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe), del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter), de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), del Ministerio de Relaciones Exteriores (www.gob.pe/rree), del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), del Ministerio de Agricultura y Riego (www.gob.pe/minagri), del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), y del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa). Artículo 10. Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro del Interior, la Ministra de Justicia y Derechos Humanos, el Ministro de Defensa, el Ministro de Educación, el Ministro de Cultura, el Ministro de Relaciones Exteriores, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministro de Agricultura y Riego, el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, la Ministra del Ambiente, el Ministro de Energía y Minas, el Ministro de la Producción, el Ministro de Transportes y Comunicaciones y la Ministra de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República WALTER MARTOS RUIZ Presidente del Consejo de Ministros JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA Ministro de Agricultura y Riego KIRLA ECHEGARAY ALFARO Ministra del Ambiente ALEJANDRO NEYRA SÁNCHEZ Ministro de Cultura JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO Ministro de Educación LUIS INCHAÚSTEGUI ZEVALLOS Ministro de Energía y Minas ANA C. NEYRA ZEGARRA Ministra de Justicia y Derechos Humanos JORGE EDUARDO MONTOYA PÉREZ Ministro del Interior ROSARIO SASIETA MORALES Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRÍGUEZ Ministro de la Producción MARIO LÓPEZ CHÁVARRI Ministro de Relaciones Exteriores PILAR E. MAZZETTI SOLER Ministra de Salud JAVIER EDUARDO PALACIOS GALLEGOS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo CARLOS ESTREMADOYRO MORY Ministro de Transportes y Comunicaciones 1881877-4