Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2020 (26/09/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES

Sábado 26 de setiembre de 2020 /

El Peruano

fecha 21 de diciembre de 2019, disponen que, "El Consejo Regional, es el órgano representativo del departamento de Huánuco, encargado de realizar las funciones normativas, fiscalizadoras y de control político y constituye el máximo órgano deliberativo"; y "La función normativa del Consejo Regional, se ejerce mediante la aprobación, derogación, modificación e interpretación de normas de carácter regional, que regulan o reglamentan los asuntos y materias de competencia del Gobierno Regional; Que, el articulo 8º de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, sobre Democracia participativa, dispone que, El Estado debe promover y establecer los mecanismos para lograr una adecuada democracia participativa de los ciudadanos, a través de mecanismos directos e indirectos de participación, y el artículo 9º respecto al Control ciudadano, señala que, El ciudadano tiene el derecho de participar en los procesos de formulación presupuestal, fiscalización, ejecución y control de la gestión del Estado, mediante los mecanismos que la normatividad establezca; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, como uno de los objetivos específicos señala que, (...) 9. Asegurar la transparencia, la participación, la vigilancia y la colaboración ciudadana en el debate de las políticas públicas y en la expresión de opinión sobre la calidad de los servicios públicos y el desempeño de las entidades; asimismo instituye como Principios orientadores de la política de modernización, lo establecido en los literales c) Balance entre flexibilidad y control de la gestión, y d) Transparencia, rendición de cuentas y ética pública; Que, el Plan de Acción de Gobierno Abierto, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 176-2015-PCM, señala como compromiso la mejora de la calidad de las audiencias de rendición de cuentas de los gobiernos regionales y locales, dentro de ello establece como objetivo que los gobiernos regionales y locales rindan cuentas a través de audiencias públicas de acuerdo a lineamientos desarrollados para tal fin; Que, con Decreto Supremo Nº 044-2018-PCM, se aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021, dentro de ello como uno de los objetivos específicos establece, Garantizar la transparencia y el acceso a la información pública en las entidades del Estado, para el cual señala como acción 5. Promover instrumentos jurídicos que regulen la obligatoriedad de las audiencias de rendición de cuentas y promuevan la capacitación de la sociedad civil interesada en participar en las mismas; Que, a través de la Ordenanza Regional Nº 007-2004-CR-GRH de fecha 19 de enero de 2004, se aprobó el Reglamento para las Audiencias Públicas en la Región Huánuco, el mismo que consta de V Títulos, 18 Artículos, 01 Disposición Transitoria y 01 Disposición Complementaria; Que, a través del Dictamen Nº 006-2020-GRHCR/COPPATyAL de fecha 13 de julio de 2020, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales del Consejo Regional del Gobierno Regional Huánuco, propone al máximo Órgano Colegiado, el Proyecto de Ordenanza Regional que "Aprueba el Reglamento para el Desarrollo de Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional Huánuco"; a razón de que la normativa con la que actualmente se viene desarrollando las audiencias públicas en la región Huánuco, presenta una serie de vacíos legales, imprecisiones, artículos desfasados, denominaciones antiguas, entre otras, por lo que se consideran que el Pleno del Consejo Regional, es el organismo más adecuado para la elaboración, modificación y/o supresión de artículos del presente reglamento. En ese contexto la comisión determina que es imperativo que se apruebe un marco normativo actualizado y acorde con las modificaciones legales vigentes que regule la organización y desarrollo de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas; ya que permitirá que estos espacios de encuentro e información entre autoridades, funcionarios públicos, representantes de la sociedad civil organizada y población en general, se lleve a cabo de la manera más transparente, donde se pueda informar sobre los logros, avances, dificultades y perspectivas de gestión del Gobierno Regional;

Que, habiéndose tratado en la Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha 16 de julio de 2020, el Dictamen Nº 006-2020-GRHCO-CR/CPPPATyAL. El máximo Órgano Colegiado Aprueba el Reglamento para el Desarrollo de Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional Huánuco; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que: "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamenta materias de su competencia"; Estando a lo expuesto, conforme a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; el Reglamento Interno del Consejo Regional Huánuco, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 012-2019-GRH-CR, y a lo dispuesto por el Pleno del Consejo Regional, con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta, aprueba por UNANIMIDAD la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR, el Reglamento para el Desarrollo de Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional Huánuco, que consta de VI Títulos, veintisiete (27) Artículos, y dos (02) Disposiciones Complementarias, el mismo que forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- DEROGAR, la Ordenanza Regional Nº 007-2004-CR-GRH, demás normas y disposiciones vigentes que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, en coordinación con la Oficina de Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 27 días del mes de julio del año dos mil veinte. PEDRO IBAN ALBORNOZ ORTEGA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Huánuco, a los 3 días del mes de agosto el año 2020. JUAN MANUEL ALVARADO CORNELIO Gobernador Regional REGLAMENTO PARA EL DESARROLLO DE AUDIENCIAS PÚBLICAS DE RENDICIÓN DE CUENTAS DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO Título I Disposiciones Generales Artículo 1º. Finalidad Fortalecer el desarrollo de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional Huánuco, a través de lineamientos que promuevan la transparencia y faciliten la participación democrática y responsable de los ciudadanos y ciudadanas. Artículo 2º. Objeto El presente reglamento tiene por objeto normar el desarrollo de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas, estableciendo los procedimientos para sus tres

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