Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2020 (26/09/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano / Sábado 26 de setiembre de 2020

NORMAS LEGALES

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VISTOS: La Hoja Informativa Nº 000111-2020-CG/INAIP, de la Oficina de Integridad Institucional y Acceso a la Información Pública; y, la Hoja Informativa Nº 0002792020-CG/GJN, de la Gerencia Jurídico Normativa de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, en el marco de los artículos 3 y 8 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS, las entidades públicas deben designar al funcionario responsable de brindar la información que se solicite al amparo de la mencionada Ley; Que, el artículo 4 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, y su modificatoria, dispone que las Entidades que cuenten con oficinas desconcentradas o descentralizadas, designarán en cada una de ellas al funcionario responsable de entregar la información que se requiera al amparo de la Ley, con el objeto que la misma pueda tramitarse con mayor celeridad; Que, conforme a lo señalado en el literal b) del artículo 3 y artículo 6 del citado Reglamento, corresponde a la máxima autoridad de la Entidad designar a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público, siendo que el funcionario o servidor que haya creado, obtenido, tenga posesión o control de la información solicitada, deberá brindar la información que le sea requerida por aquel funcionario responsable, a fin que pueda cumplir con sus funciones de transparencia en los plazos previstos en el TUO de la Ley Nº 27806; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 2752018-CG, se designa a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público a que se refiere el TUO de la Ley Nº 27806, en la sede central y en el ámbito de las Gerencias Regionales de Control de la Contraloría General de la República; Que, a través de la Resolución de Contraloría Nº 030-2019-CG, se aprueba la estructura orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, siendo modificados por las Resoluciones de Contraloría Nº 292-2019-CG, Nº 069-2020-CG y Nº 267-2020-CG; Que, mediante Hoja Informativa Nº 000111-2020-CG/ INAIP, la Oficina de Integridad Institucional y Acceso a la Información Pública propone designar a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público a que se refiere el TUO de la Ley Nº 27806, en la sede central y en el ámbito de las Gerencias Regionales de Control de la Contraloría General de la República, en virtud a la modificación de la estructura orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de esta Entidad Fiscalizadora Superior, efectuada mediante Resolución de Contraloría Nº 267-2020-CG; Que, de conformidad con el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción; Que, estando a lo opinado por la Gerencia Jurídico Normativa en la Hoja Informativa Nº 000279-2020-CG/ GJN, se considera viable jurídicamente la emisión de la Resolución de Contraloría que designa a los funcionarios responsables de la Contraloría General de la República, de entregar la información de acceso público a que se refiere el TUO de la Ley Nº 27806, conforme ha sido sustentado por la Oficina de Integridad Institucional y Acceso a la Información Pública en su Hoja Informativa Nº 000111-2020-CG/INAIP; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República,

y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 030-2019-CG, y sus modificatorias; y, de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS, así como su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, y su modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar con eficacia anticipada al 03 de setiembre de 2020, al Jefe de la Oficina de Integridad Institucional y Acceso a la Información Pública, como funcionario responsable en la sede central, de entregar la información de acceso público, a que se refiere el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS. Artículo 2.- Designar con eficacia anticipada al 03 de setiembre de 2020, a los Gerentes Regionales de Control, dentro del ámbito de sus competencias, como funcionarios responsables de entregar la información de acceso público, a que se refiere el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS. Artículo 3.- Los órganos y unidades orgánicas de la Contraloría General de la República deberán, bajo responsabilidad, facilitar la documentación e información solicitada por los funcionarios responsables de atender las solicitudes de acceso a la información pública, dentro de los plazos señalados en la normativa de la materia. Artículo 4.- Dejar sin efecto la Resolución de Contraloría Nº 275-2018-CG. Artículo 5.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe), Portal Web Institucional (www. contraloria.gob.pe) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 1888015-1

Designan responsable de la elaboración y actualización de la información ofrecida en el Portal de Transparencia Estándar de la Contraloría General de la República
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 292-2020-CG Lima, 23 de septiembre de 2020 VISTOS: La Hoja Informativa Nº 000111-2020-CG/INAIP, de la Oficina de Integridad Institucional y Acceso a la Información Pública; y, la Hoja Informativa Nº 0002792020-CG/GJN, de la Gerencia Jurídico Normativa de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuyo Texto Único Ordenado (TUO) fue aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0212019-JUS, tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; asimismo, de acuerdo con el artículo 5 del TUO de la Ley Nº 27806, se dispone que las entidades públicas deben identificar al funcionario responsable de la elaboración de los portales de Internet; Que, el literal c) del artículo 3 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información

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