Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (27/09/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Domingo 27 de setiembre de 2020 / El Peruano MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Aprueban Reglamento de la Junta de Delegados Vecinales Comunales del distrito de La Perla ORDENANZA Nº 008-2020-MDLP La Perla, 28 de agosto de 2020EL ALCALDE DE MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA PERLA VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de agosto de 2020, el Dictamen Nº 008-2020 presentado por la Comisión Ordinaria de Servicios Sociales; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º, de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 30305 – “Ley de Reforma Constitucional”, precisa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 29792 – Ley Orgánica de Municipalidades, donde establece que la autonomía de las Municipalidades en la Constitución política del Perú radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 9º inciso 8) de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que es atribución del Concejo Municipal aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regularización, la administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que las municipalidades tienen competencia normativa; Que, el artículo 106º de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, de fi ne a la junta de delegados vecinales comunales como el órgano de coordinación integrado por los representantes de las agrupaciones urbanas y rurales que integran el distrito dentro de la provincia, y que están organizadas, principalmente como juntas vecinales; Que, el artículo 111º de la norma precitada señala que, los vecinos de una circunscripción municipal intervienen en forma individual o colectiva en la gestión administrativa y de gobierno municipal a través de mecanismos de participación vecinal. A su vez, el artículo 112º determina que los gobiernos locales promueven la participación vecinal en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo, presupuesto y gestión; Que, el numeral 6 del artículo 113, precisa que el vecino de una jurisdicción municipal puede ejercer su derecho de participación vecinal en la municipalidad de su distrito y su provincia, mediante el mecanismo de participación, a través de las Juntas Vecinales, comités de vecinos, asociaciones vecinales, organizaciones comunales u otras similares de naturaleza vecinal; Que, en esa línea, el artículo 116 de la citada norma, establece que los concejos municipales, a propuesta del Alcalde, de los regidores o a petición de los vecinos, constituyen juntas vecinales, mediante convocatoria pública a elecciones. Adicionalmente se señala que, el Concejo Municipal aprueba el reglamento de organización y funciones de las juntas vecinales comunales, donde se determinan y precisan las normas generales a que deberán someterse; Que, el Artículo 124º numeral 2 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de esta Entidad Edil, aprobado con Ordenanza Nº 005-2017-MDLP, donde dice que una de las funciones de la Subgerencia de Participación Vecinal es: Ejecutar, proponer y coordinar la política de participación vecinal en el distrito, también mantener la comunicación permanente con los vecinos en asuntos relacionados con el desarrollo y funcionamiento de la gestión municipal; Que, asimismo, en el mencionado Artículo numerales 5 y 12 dice, que son funciones de la Subgerencia de Participación Vecinal: Coordinar con la Gerencia de Desarrollo Social la participación de los vecinos para brindar mejores servicios públicos a la población del Distrito de La Perla, así como establecer mecanismos y proponer las normas dirigidas al funcionamiento de las juntas de vecinos comunales, identi fi cando líderes y vecinos caracterizados que representan a los barrios, manzanas o pobladores; Que, la presente Ordenanza tiene por objeto regular de forma especí fi ca la constitución, conformación y funcionamiento de la Junta de Delegados Vecinales Comunales del Distrito de La Perla; Que, asimismo tiene por fi nalidad regular la constitución, organización y funciones de la Junta de Delegados Vecinales Comunales del Distrito de La Perla, de manera tal que garantice la representación de los residentes del Distrito, y de esta manera optimizarlas como canal de dialogo entre la institución y los vecinos; Que, mediante O fi cio Nº 016-2020-OCI-MDLP de fecha 10 de febrero del 2020 el Órgano de Control Interno, remite a la Gerencia de Desarrollo Social el O fi cio Nº 0326- 2019-DP/OD-Callao de la Defensoría del Pueblo, donde desean saber qué es lo que la Municipalidad de La Perla viene realizando con respecto a las Juntas Vecinales y recomienda que se mantenga informado al ciudadano; Que, mediante Memorándum Nº 094-2020-GDS-MDLP de fecha 02 de marzo del 2020 la Gerencia de Desarrollo Social solicita a la Sub Gerencia de Participación Vecinal elabore un Proyecto de Ordenanza “Reglamento de la Junta de Delegados Vecinales Comunales del Distrito de La Perla”, de acuerdo a lo indicado por el Órgano de Control Interno y la Defensoría del Pueblo; Que, mediante Informe Nº 032-2020-SGPV-GDS/ MDLP de fecha 05 de marzo del 2020 la Sub Gerencia de Participación Vecinal indica a la Gerencia de Desarrollo Social, que existe la Ordenanza Nº 018-2004 de fecha 06.08.2004 que “Aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de las Juntas Vecinales de la Municipalidad” y su modi fi catoria la Ordenanza Nº 009-2013-MDLP de fecha 06.09.2013 que aprueba la modi fi cación del Artículo 4º de la Ordenanza Nº 018-2004; Que, mediante Informe Nº 036-2020-GDS/MDLP de fecha 05 de marzo del 2020 la Gerencia de Servicios Comunales remite a la Gerencia Municipal el Informe Nº 032-2020-SGPV-GDS/MDLP de la Sub Gerencia de Participación Vecinal respecto a la información complementaria solicitada con Memorándum Nº 195-2020-GM/MDLP del 25.02.2020; Que, mediante Memorándum Nº 224-2020-GM/ MDLP de fecha 09 de marzo del 2020 la Gerencia Municipal señala que con Ordenanza Nº 018-2004 de fecha 05.08.2004 se “Aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de las Juntas Vecinales de la Municipalidad Distrital de La Perla”, siendo modi fi cado posteriormente con la Ordenanza Nº 009-2013-MDLP de fecha 06.09.2013; Que, mediante Proveído Nº 30-2020-GPP-MDLP de fecha 10 de marzo del 2020 la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto remite a la Sub Gerencia de Planeamiento los actuados para su atención; Que, mediante Informe Nº 047-2020-SGP-GPP/ MDLP de fecha 11 de marzo del 2020 la Sub Gerencia de Planeamiento remite la Opinión Técnica de la “Ordenanza que Anúteba el Reglamento de la Junta de Delegados Vecinales Comunales del Distrito de La Perla”; Que, mediante Informe Nº 086-2020-GPP/MDLP de fecha 12 de junio del 2020 la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto remite a la Gerencia de Asesoría Jurídica el Informe de Opinión Técnica Nº 047-2020-SGP-GPP-MDLP sobre el Proyecto de Ordenanza que Aprueba