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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (27/09/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Domingo 27 de setiembre de 2020 El Peruano / Que, las normas emitidas en su oportunidad por el Poder Ejecutivo demuestran la gravedad de la actual situación, toda vez que a pesar de las medidas de seguridad y medidas sanitarias dispuestas por el Gobierno Central, continúa presentándose un porcentaje signi fi cativo de casos en los que las personas tienen en riesgo su salud y hasta su vida. Que, el artículo 49º del Reglamento de Organización y Funciones de esta Corporación Edil indica que la Gerencia de Asesoría Jurídica es el órgano de esta entidad encargado de brindar asesoramiento jurídico, orientado a la correcta interpretación y aplicación de la normatividad legal en los asuntos jurídicos, procedimientos y actos administrativos y de administración de la gestión municipal. Que, a través del Informe Nº 212-2020-GAJ/MDSJM la Gerencia de Asesoría Jurídica opina favorablemente a la emisión del Decreto de Alcaldía que apruebe, con efi cacia anticipada al 31 de marzo del 2020, el “Programa de Monitoreo y Vigilancia de la Contaminación Sonora 2020” de esta Municipalidad. Que, los Gobiernos Locales constituyen entidades intermedias entre el Gobierno Central y la población, con autonomía reconocida por el Texto Constitucional y por lo tanto se encuentran facultados a emitir disposiciones como el presente Decreto, que contribuyan a mejorar las condiciones de vida de los habitantes de esta jurisdicción. Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º y el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR el “PROGRAMA DE MONITOREO Y VIGILANCIA DE LA CONTAMINACIÓN SONORA 2020” de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES, el mismo que en anexo se adjunta y forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Gestión Ambiental y a la Subgerencia de Fiscalización y Sanciones Administrativas la ejecución del presente Programa, así como la obligación de informar a la Municipalidad Metropolitana de Lima la evaluación respecto a su cumplimiento. Artículo Tercero.- Disponer la publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano” del texto del presente Decreto. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Soporte Informático, la publicación del presente Decreto en el Portal Institucional de esta Corporación Edil. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MARÍA CRISTINA NINA GARNICA Alcaldesa 1888134-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA Modifican la Ordenanza Municipal Nº 027-2019/MDV, adecuada a la Ley Nº 30198, Ley que reconoce la preparación y expendio o venta de bebidas elaboradas con plantas medicinales en la vía pública, como microempresas generadoras de autoempleo productivo, en los espacios públicos del distrito de Ventanilla; así como establecen medidas de bioseguridad para evitar la propagación del COVID - 19 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 015-2020/MDV Ventanilla, 10 de setiembre de 2020EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo Virtual (en atención al Decreto de Urgencia Nº 026-2020, el mismo que faculta a los empleadores del sector público y privado a la realización de actividades de manera remota, es decir de manera virtual), de fecha 10 de setiembre de 2020, el Memorando Nº 195-2020/MDV-GDE de la Gerencia de Desarrollo Económico, el Memorando Nº 0862-2020/MDV-GDUI de la Gerencia de Desarrollo Urbano e Infraestructura, el Informe Nº 0250-2020/MDV-GDUI-SGCPU de la Subgerencia de Catastro y Planeamiento Urbano, el Memorando Nº 0255-2020/MDV-GSCyGRD de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastre, el Memorando Nº 0218-2020/MDV-SSM-GG de la Gerencia General del Sistema de Salud Municipal Ventanilla, el Informe Nº 0165-2020/MDV-SSM-GAIS de la Gerencia de Atención Integral en Salud y el Informe Legal Nº 0194-2020/MDV-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, respecto a la opinión de la aprobación de la Ordenanza Municipal que modi fi ca la Ordenanza Municipal Nº 027-2019/MDV, adecuada a la Ley Nº 30198, Ley que reconoce la preparación y expendio o venta de bebidas elaboradas con plantas medicinales en la vía pública, como microempresas generadoras de autoempleo productivo, en los espacios públicos del distrito de Ventanilla; así como establecer medidas de bioseguridad para evitar la propagación del COVID – 19, y; CONSIDERANDO:De conformidad con lo establecido en el artículo 9º, inciso 8), artículo 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, con el VOTO POR UNANIMIDAD y con dispensa del Dictamen de la Comisión de Desarrollo Empresarial y Pymes, del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: APROBAR LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 027-2019/MDV, ADECUADA A LA LEY Nº 30198, LEY QUE RECONOCE LA PREPARACIÓN Y EXPENDIO O VENTA DE BEBIDAS ELABORADAS CON PLANTAS MEDICINALES EN LA VÍA PÚBLICA, COMO MICROEMPRESAS GENERADORAS DE AUTOEMPLEO PRODUCTIVO, EN LOS ESPACIOS PÚBLICOS DEL DISTRITO DE VENTANILLA; ASÍ COMO ESTABLECER MEDIDAS DE BIOSEGURIDAD PARA EVITAR LA PROPAGACIÓN DEL COVID – 19 Artículo 1.- APROBAR la Ordenanza Municipal que modi fi ca la Ordenanza Municipal Nº 027-2019/ MDV, adecuada a la Ley Nº 30198, Ley que reconoce la preparación y expendio o venta de bebidas elaboradas con plantas medicinales en la vía pública, como microempresas generadoras de autoempleo productivo, en los espacios públicos del distrito de ventanilla; así como establecer medidas de bioseguridad para evitar la propagación del COVID – 19; de acuerdo con el detalle contenido en el Anexo I y II, que forman parte integrante de la presente ordenanza. Artículo 2º.- OBJETO.- Garantizar el cumplimiento de las disposiciones emitidas por el Gobierno Central en materia de la Preparación y Expendio o Venta de Bebidas Elaboradas con Plantas Medicinales en la Vía Pública, como microempresas generadoras de autoempleo productivo, en los espacios públicos del distrito de Ventanilla, a fi n de evitar la propagación del COVID-19. Artículo 3º.- ALCANCE.- La presente Ordenanza Municipal se aplica en toda la jurisdicción del Distrito de Ventanilla, su cumplimiento es obligatorio para todas las autoridades y funcionarios de la Municipalidad Distrital de Ventanilla; así como para las personas jurídicas, personas naturales, propietario del negocio de preparación y expendio o venta de bebidas elaboradas con plantas medicinales en la vía pública, como microempresas generadoras de autoempleo productivo, en los espacios públicos del distrito de Ventanilla, a fi n de evitar la propagación del COVID-19.