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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (29/09/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Martes 29 de setiembre de 2020 / El Peruano 000149-2020-GRHB-GG-PJ, de fecha 24 de junio de 2020, emitido por la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar, resulta necesario adecuar la normativa vigente dispuesta por Resolución Administrativa Nº 116-2019-GG-PJ, de fecha 15 de febrero de 2019, que aprobó la Directiva denominada “Directiva que regula el procedimiento para la contratación de los trabajadores bajo los alcances del Decreto Legislativo Nº 1057, normas complementarias y modi fi catorias que regulan el “Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios - CAS en las dependencias del Poder Judicial, a nivel nacional”, respecto a la contratación de trabajadores, bajo los alcances del Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios - CAS, a fi n de implementar herramientas de virtualización u otras que permitan dotar de personal idóneo, en cumplimiento a los lineamientos de seguridad y salud vigentes. Octavo. Que, es necesario tener un instrumento de gestión actualizado que permita mejorar, uniformizar y virtualizar las etapas de selección de personal, bajo los alcances del Decreto Legislativo N° 1057. En mérito a ello, la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar ha elaborado el proyecto de Reglamento denominado “Ejecución de los procedimientos para la contratación de trabajadores bajo los alcances del Decreto Legislativo N° 1057, que regular el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios - CAS en el Poder Judicial, a nivel nacional y en todas las instancias”, con la fi nalidad de establecer las etapas, formas y acciones que se debe de realizar para la contratación de personal bajo la normativa antes indicada, considerando una nueva visión en cada una de las etapas de los procesos de selección, buscando que se respeten los principios de legalidad, transparencia, mérito, e igualdad de oportunidades. Noveno. Que, a través del Informe Nº 000135-2020-SR-GP-GG-PJ, la Subgerencia de Racionalización de la Gerencia de Plani fi cación de la Gerencia General del Poder Judicial, emite opinión técnica favorable sobre dicho proyecto, decisión que es rati fi cada por la Gerencia de Plani fi cación, como su órgano de línea, precisando que el documento cumple con lo dispuesto por la Directiva “Disposiciones para el desarrollo de documentos normativos en el Poder Judicial”, aprobada mediante Resolución Administrativa N° 478-2019-CE-PJ, señalando su conformidad al respecto. Décimo. Que, mediante Informe Nº 946-2020-OAL- GG-PJ, la O fi cina de Asesoría Legal de la Gerencia General del Poder Judicial informa que concuerda con el contenido del citado reglamento, señalando que el mismo derogará de manera implícita la Resolución Administrativa N° 116-2019-GG-PJ, que aprobó la Directiva N° 001-2019-GG-PJ, “Directiva que regula el procedimiento para la contratación de trabajadores bajo los alcances del Decreto Legislativo Nº 1057, normas complementarias y modi fi catorias que regula el ¨Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios - CAS en las dependencias del Poder Judicial a nivel nacional”. Undécimo. Que, asimismo, el señor Consejero Javier Arévalo Vela mediante O fi cio N° 000087-2020-JAV-CE- PJ hace de conocimiento de este Órgano de Gobierno que se procedió a revisar el referido proyecto señalando que se ha efectuado diversas modi fi caciones al texto original respecto a la redacción de ciertos artículos y en la precisión citas legales. Indicando que en todos los demás temas de fondo el proyecto de reglamento se encuentra arreglado a la normatividad vigente; y por lo tanto es de la opinión que debe ser aprobado. Duodécimo. Que, el artículo 82° inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por lo que, siendo así y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente la aprobación del Reglamento denominado “Ejecución de los procedimientos para la contratación de trabajadores bajo los alcances del Decreto Legislativo N° 1057, que regular el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios - CAS en el Poder Judicial, a nivel nacional y en todas las instancias”. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1038- 2020 de la quincuagésima cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 2 de setiembre de 2020, realizada en forma virtual con la participación de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento denominado “Ejecución de los Procedimientos para la Contratación de Trabajadores bajo los alcances del Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios - CAS en el Poder Judicial a nivel nacional y en todas las instancias”, con las precisiones efectuadas por el señor Consejero Javier Arévalo Vela; que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto las resoluciones administrativas que se opongan a la presente resolución. Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial, adecúe el Sistema de Postulación Selección y Evaluación de Personal - PSEP, a lo dispuesto en el presente Reglamento aprobado, para lo cual la Gerencia General del Poder Judicial, a través de su órgano de línea, Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General del Poder Judicial, solicitará los cambios y mejoras respectivos. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente resolución administrativa y el documento aprobado, en el Portal Institucional del Poder Judicial para su difusión y cumplimiento. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución administrativa a la Presidencia del Poder Judicial, a la O fi cina de Control de la Magistratura, a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1888557-6 Disponen que para la presentación física de escritos no podrán ingresar personas mayores de 65 años de edad Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000258-2020-CE-PJ Lima, 17 de septiembre del 2020VISTO:El O fi cio N° 001311 cursado por el Gerente General del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial por Resolución Administrativa N° 000191-2020-CE-PJ, entre otras medidas, prorrogó hasta el 31 de agosto de 2020 la vigencia del Protocolo denominado “Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, posterior al levantamiento del aislamiento social obligatorio establecido por el Decreto Supremo N° 044- 2020PCM y prorrogado por los Decretos Supremos Nros. 051 y 064-2020-PCM”, aprobado mediante Resolución