NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (29/09/2020)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 25
25 NORMAS LEGALES Martes 29 de setiembre de 2020 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización de transferencia fi nanciera Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 067 Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, Unidad Ejecutora 001 SUNARP Sede Central a favor del Pliego 006 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos por la suma de S/ 4 527,90 (Cuatro mil quinientos veintisiete y 90/100 Soles), monto que corresponde a la reducción de las remuneraciones de los meses de junio, julio y agosto, con la fi nalidad de ser destinados a contribuir con el fi nanciamiento de medidas que permitan mitigar el impacto de la propagación del Coronavirus (COVID-19), conforme a los alcances del Decreto de Urgencia Nº 063-2020 y el Decreto Supremo Nº 220-2020-EF. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el Artículo 1 de la presente Resolución será atendida con cargo al Presupuesto Institucional aprobado para el Año Fiscal 2020, del Pliego 067 Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, Unidad Ejecutora 001 SUNARP Sede Central, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Producto, Actividad: 5006269, Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus, Fuente de Financiamiento : 2 Recursos Directamente Recaudados, Genérica de Gastos: 2.4 Donaciones y Transferencias, Especí fi ca de Gastos: 2.4.1.3.1.1 Otras Unidades del Gobierno Nacional. Artículo 3.- Límites de la transferencia autorizada Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el Artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo, Seguimiento y Cumplimiento La O fi cina General de Administración, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se realiza la presente Transferencia Financiera. Artículo 5.- Publicación y noti fi cación. Disponer la publicación de la presente resolución en el portal institucional, el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Copia de la presente resolución se remite al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese.HAROLD MANUEL TIRADO CHAPOÑAN Superintendente Nacional de los Registros Públicos 1888373-1 Formalizan la aprobación e incorporación del perfil de puesto correspondiente a la plaza de Operador de Sistemas en el MOF de la Zona Registral N° IX-Sede Lima y modifican el Clasificador de Cargos de la SUNARP RESOLUCIÓN DEL GERENTE GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 135 -2020-SUNARP/GG Lima, 25 de setiembre de 2020 VISTOS; el O fi cio No 368-2020-SUNARP-Z.R.No IX/ JEF del 21 de Agosto de 2020, de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, el Informe Técnico N° 145-2020-SUNARP/ OGRH del 23 de setiembre de 2020, de la O fi cina General de Recursos Humanos; el Memorándum N° 807-2020-SUNARP/OGPP del 23 de setiembre de 2020, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 461-2020-SUNARP/OGAJ del 24 de setiembre de 2020, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y,CONSIDERANDO; Que, mediante la Ley N° 26366 se crea la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Sunarp, como organismo descentralizado autónomo del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de Registros Públicos, con personería jurídica de Derecho Público, con patrimonio propio y autonomía funcional, jurídico registral, técnica, económica, fi nanciera y administrativa; Que, a través de la Resolución N° 235-2005-SUNARP/ SN del 06 de setiembre de 2005, se aprueba el Manual de Organización y Funciones, en adelante MOF, de la Sede Central y Zonas Registrales; siendo que, posteriormente, con la Resolución N° 236-2009-SUNARP/SN del 10 de agosto de 2009, se aprueba la modi fi cación del Clasi fi cador de Cargos de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos respecto de la plaza de Operador de Sistemas de la Zona Registral N° IX - Sede Lima; Que, con Decreto Legislativo N° 1023 se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, como organismo técnico especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, ejerciendo la atribución normativa, que comprende la potestad de dictar, en el ámbito de su competencia, normas técnicas, directivas de alcance nacional y otras normas referidas a la gestión de los recursos humanos del Estado; Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 312-2017- SERVIR/PE, se aprobó la Directiva N° 004-2017-SERVIR-GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Perfi les de Puestos - MPP”, que tiene por fi nalidad que las entidades públicas cuenten con per fi les de puestos ajustados a las necesidades de los servicios que prestan y que les permitan gestionar los demás procesos del Sistema; lo cual contribuye a la mejora continua de la gestión de los recursos humanos en el Estado y al fortalecimiento del servicio civil; Que, en el acápite i) del literal a), del artículo 20 de la citada Directiva, se dispone la obligación de elaborar per fi les de puestos no contenidos en el MPP, para la contratación de servidores bajo los regímenes regulados por los Decretos Legislativos N° 276, 728 y 1057, en aquellas entidades públicas que no cuenten con resolución de inicio del proceso de implementación para el nuevo régimen; Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal d), del artículo 21 de la Directiva N° 004-2017-SERVIR-GDSRH, el titular de la entidad o la autoridad competente formaliza la incorporación de los per fi les de puestos al MOF y deja sin efecto la correspondiente descripción del cargo en el MOF; Que, sobre el particular, el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, concordante con el literal m) del artículo 5 de la mencionada Directiva, establece que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa; sobre esta base, en el caso de la Sunarp, según el artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF, aprobado con Decreto Supremo N° 012-2013-JUS, la máxima autoridad administrativa es la Secretaría General; Que, mediante la Resolución N° 109-2018-SUNARP/ SN del 23 de mayo de 2018, se dispone que desde la entrada en vigencia del Decreto Supremo N° 054- 2018-PCM, la denominación de la Secretaría General de la entidad debe ser Gerencia General para todos sus efectos, en cumplimiento de lo previsto en la Tercera Disposición Complementaria Final del citado Decreto Supremo; Que, asimismo, el artículo 23 de la Directiva N° 004-2017-SERVIR-GDSRH, establece que en caso los requisitos del per fi l de puesto di fi eran del clasi fi cador de cargos de la entidad, este último deberá modi fi carse en función al nuevo per fi l del puesto; Que, a través del O fi cio No 368-2020-SUNARP-Z.R.No IX/JEF, la Jefatura de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima solicita la formalización de la incorporación del per fi l de puesto de Operador de Sistemas de la Zona Registral Nº IX -Sede Lima, la cual cuenta con las opiniones favorables de las Unidades de Recursos Humanos y Planeamiento y Presupuesto de la referida zona registral;