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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (08/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Jueves 8 de abril de 2021 El Peruano / SEGUROS S.R.L., con Registro N° J-0291; en lo referente al cambio de denominación social a ASISTE CORREDORES DE SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA pudiendo utilizar la denominación abreviada ASISTE CORREDORES DE SEGUROS S.A.C.; cuyos documentos pertinentes quedan archivados en este Organismo; y, devuélvase la Minuta que lo formaliza con el sello o fi cial de esta Superintendencia, para su elevación a Escritura Pública en la que se insertará el texto de la presente Resolución, para su correspondiente inscripción en los Registros Públicos. Regístrese y comuníquese.RAUL RODDY PASTOR MEJIA Jefe del Departamento de Registros 1939535-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE PASCO Declaran al año 2021 como el “ Año del Bicentenario del sacrificio de María Valdizán en la lucha por la independencia del Perú”, en la Región Pasco ORDENANZA REGIONAL Nº 470-2021-G.R.P/CR Cerro de Pasco, 2 de marzo de 2021EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modi fi catorias, en la Quinta Sesión Ordinaria del Consejo Regional Pasco, desarrollada el día dos de marzo del año dos mil veintiuno, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la región; Que, los gobiernos regionales tienen jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, conforme a Ley, en mérito al artículo 3º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Que, los literales a) y e) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulan o reglamenten los asuntos de su competencia y funciones del Gobierno Regional, así como aprobar su Reglamento Interno; Que, en el artículo 4º de la Ley 27867 – Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y su modi fi catoria Ley Nº 27602, establece que: “Los gobiernos regionales tienen por fi nalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo”; Que, en la sesión de Consejo Regional de Pasco, debatido las propuestas presentadas, para la denominación del año en el presente ejercicio fi scal 2021, como son: “Año de la heroicidad de María Valdizan y la revaloración de la mujer pasqueña”; “Año del Bicentenario del sacri fi cio de María Valdizan en la lucha por la independencia del Perú”, luego de las deliberaciones, análisis y entendiéndose que María Valdizan fue una destacada patriota al servicio de la causa emancipadora del Perú, una noble dama, soltera de 60 años de edad; acaudalada propietaria de dos pequeños fundos y de algunas de las mejores casas de Cerro de Pasco y Villa de Pasco. Colaboró de manera exhaustiva con los montoneros: Custodio Álvarez, Pascual Salguero, Manuel Vallejo, Francisco de Paula Otero (Jefe de las Montoneras del Centro), Camilo Mier (Comandante en Jefe de las montoneras cerreñas). Esta inmortal cerreña puso sus inagotables caudales al servicio de la Patria en sus momentos decisivos; aportó generosamente para la manutención de nuestros heroicos montoneros y, lo más importante, sirvió de informante y nexo entre los patriotas que se encontraban diseminados en territorio pasqueño. María Valdizán mantenía buenas relaciones con algunos mineros, independentistas y españoles; había alojado al General Álvarez de Arenales y al Gobernador Manuel Rojas a su llegada a Villa de Pasco; meses después, alojaría en varias ocasiones a Francisco de Paula Otero, José María Fresco, Agustín Gamarra, Francisco Aldao, y otros líderes guerrilleros y montoneros. Por esas acciones el militar realista español José Carratalá, ordenó encarcelarla y torturarla para que delatara a sus cómplices, pero ella se mantuvo en silencio. Como escarmiento, para que otros no siguieran sus pasos, Carratalá ordenó que fuera degollada por sus verdugos en mayo de 1821, en presencia de los pobladores, dando por cuanto es necesario que nuestra población, conozca, se involucre y celebre esta proeza libertadora, no existiendo impedimento legal alguno se determina aprobar por mayoría que al año 2021 se le denomine “Año del Bicentenario del sacri fi cio de María Valdizan en la lucha por la independencia del Perú”; Que, estando a lo acordado por el Consejo Regional en su Sesión Ordinaria y en uso de sus facultades conferidas en el artículo 38º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, el Consejo Regional del Gobierno Regional Pasco ha emitido la siguiente: ORDENANZA REGIONAL:Artículo Primero.- DECLÁRESE al año 2021 como el “AÑO DEL BICENTENARIO DEL SACRIFICIO DE MARÍA VALDIZAN EN LA LUCHA POR LA INDEPENDENCIA DEL PERÚ”, en la Región Pasco. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE a Secretaría General del Gobierno Regional de Pasco, comunique a todas las instituciones públicas y privadas de la Región Pasco, para que consignen en sus documentos en forma obligatoria después del nombre del año Nacional, la denominación regional. Artículo Tercero.- DELÉGUESE a la Secretaria del Gobierno Regional de Pasco la publicación de la Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano y por el portal electrónico del Gobierno Regional Pasco, para el cumplimiento y conocimiento en toda la Región Pasco. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional Pasco, para su promulgación. En la Provincia de Pasco, a los dos días del mes de marzo del dos mil veintiuno. EUSEBIO LUIS CONTRERAS ZAMUDIO Presidente del Consejo Regional POR TANTO:Mando se publique, registre y cumpla.Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Pasco, a los veinticuatro días del mes de marzo del dos mil veintiuno. PEDRO UBALDO POLINAR Gobernador Regional 1941123-1