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42 NORMAS LEGALES Jueves 8 de abril de 2021 / El Peruano cuyo acuerdo se detalla en el Acta suscrita y la dispensa de lectura de acta de la sesión en mención, aprobada de fecha dieciséis de marzo del año dos mil veintiuno. Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cado por la Ley Nº 27902, señala que; Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Una vez aprobadas por el Consejo Regional son remitidas a la Presidencia Regional para su promulgación en un plazo de 10 días naturales; y en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modi fi cada por Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modi fi catorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; ha emitido la siguiente: ORDENANZA REGIONAL;1. DECLARAR, como Política Pública Regional la Estrategia de Gestión Territorial “PRIMERO LA INFANCIA” para la Articulación de las Entidades del Gobierno Regional y Local en la Promoción del Desarrollo infantil Temprano en la Región Pasco. 2. DECLARAR, la lucha contra la anemia y desnutrición crónica infantil, como prioridad publica regional para lograr el desarrollo infantil temprano. 3. CREAR, la instancia de Articulación Regional del Desarrollo y la inclusión Social para el Desarrollo infantil Temprano “PRIMERO LA INFANCIA”, como un espacio de articulación multisectorial regional, cuya misión es gestionar mecanismos de coordinación, participación y concertación para el desarrollo de procesos de formulación, implementación, seguimiento, monitoreo y evaluación de políticas sociales orientado a priorizar, favorecer y contribuir al Desarrollo infantil Temprano - DIT, en la Región Pasco. 4. ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional Pasco la conformación multisectorial de la “INSTANCIA DE ARTICULACIÓN REGIONAL”, la promoción de la instancia de articulación local en las provincias y distritos de la Región Pasco, para la entrega oportuna de los paquetes integrales 5. ENCARGAR, al Gerente General Regional, disponga que, la Dirección Regional de Salud Pasco - DIRESA, la Dirección Regional de Educación de Pasco - DREP y la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en su calidad de entidades rectoras en el ámbito regional y en el marco de sus funciones y competencias, la intensi fi cación de sus intervenciones multisectoriales, orientado a fortalecer las políticas públicas para el Desarrollo infantil Temprano en la Región Pasco. 6. ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, velar por el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. 7. ENCARGAR, a la O fi cina de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano y el Portal WEB del Gobierno Regional de Pasco y su distribución a las instancias involucradas. 8. La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional Pasco, para su promulgación. EUSEBIO LUIS CONTRERAS ZAMUDIO Presidente del Consejo Regional POR TANTO:Mando se publique, registre y cumpla.Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Pasco, a los veinticuatro días del mes de marzo de dos mil veintiuno. PEDRO UBALDO POLINAR Gobernador Regional 1941125-1Crean el Consejo Regional para las Personas Adultas Mayores-COREPAM del Gobierno Regional de Pasco ORDENANZA REGIONAL Nº 473-2021-G.R.P/CR Cerro de Pasco, 16 de marzo de 2021EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modi fi catorias, en la Quinta Sesión Ordinaria del Consejo Regional Pasco, desarrollada el día dos de marzo del año dos mil veintiuno, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTOS Y CONSIDERANDO:I. DOCUMENTOS RECABADOS:1.1. Informe Técnico Nº 016-2020-G.R.PASCO- GGR-GRDS/SGDSAPD evacuado por la Lic. Rudy GUERRA RICSE – Sub Gerente de Desarrollo Social y Atención a las Personas con Discapacidad, donde opina la modi fi cación de la Ordenanza Regional Nro. 419-2017, esto especí fi camente en sus artículos primero, segundo, quinto, sexto y séptimo, en razón a la dación del D.S. Nro. 007-2018 MIMP de fecha 26.08.18, es decir al año siguiente de la promulgación de la Ordenanza que se pretende modi fi car. 1.2. Informe Técnico Nº 001-2021-G.R.PASCO-GGR- GRDS/SGDSAPD-MSFA evacuado por la Coordinadora Regional, Adulto Mayor y Comunidades, donde opina la modi fi cación de la Ordenanza Regional Nro. 419-2017, esto especí fi camente en sus artículos primero, segundo, quinto, sexto y séptimo, en razón a la dación del D.S. Nro. 007-2018 MIMP de fecha 26.08.18. 1.3. Informe Legal Nro. 081-2021.GRP-GGR/DRAJ de fecha 28.01.21 emitido por el Director Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Pasco sobre derogación de la Ordenanza Regional Nro.419-2017, mediante el cual OPINA la derogación de la Ordenanza Regional en mención. 1.4. Informe de fecha 12.02.21 emitido por el Asesor del Consejo Regional Abogado Juan Galarza Vega, mediante el cual OPINA la derogación de la Ordenanza Regional en mención y propone la emisión de una nueva ordenanza regional. 1.4. Dictamen Nº 003-2021 de fecha 18.02.21 emitida por la Comisión Ordinaria De Desarrollo Social, Derechos Humanos, De La Mujer y De La Familia, sobre la derogación de la Ordenanza Regional Nro. 419-2017 “Creación de la Mesa Regional para la persona adulta mayor de Pasco”. II. MARCO LEGAL: - Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; Art. 17 Protocolo de San Salvador. - “Plan de Acción sobre el envejecimiento y declaración política” celerado en la ONU. - Declaración de Brasilia, documento elaborado durante la Segunda Conferencia Regional Intergubernamental sobre envejecimiento. - Carta de San José sobre los derechos de las personas mayores de americana latina y el caribe, elaborada durante la tercera conferencia regional intergubernamental sobre el envejecimiento. - Constitución Política del Perú.- Decreto Supremo Nro. 007-2018-MIMP que aprueba el Reglamento de la Ley Nro. 30490. - Ley Nro. 30490 Ley de la persona adulta mayor.- Ley Nro. 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales. - Ley Nro. 27972 Ley Orgánica de Municipalidades.- R.E.R. Nro. 0221-2020-GRP/GOB, Resolución Ejecutiva Regional que aprueba el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2023.