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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (08/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 46

46 NORMAS LEGALES Jueves 8 de abril de 2021 / El Peruano disposiciones aplicables; quien asumirá el procedimiento para otorgar la conformidad del mantenimiento que incluye el pintado de la fachada frontal y/o super fi cie visibles desde la vía pública y aplicará los valores por metro cuadrado (m2), por lo que resulta funcionalmente competente para presentar la propuesta de Decreto de Alcaldía materia de análisis; Que, el artículo 42 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que, los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; lo cual es concordante con lo dispuesto en la Sétima Disposición Complementaria Final de la Ordenanza N° 2321; Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos a través del Informe N° D000202-2021-MML-GAJ de fecha 17 de marzo de 2021, concluye que: i) La Ley Orgánica de Municipalidades señala como facultad de las municipalidades, el disponer la pintura periódica de las fachadas, y el uso o no uso de determinados colores. Así, también, establece que, como función especí fi ca compartida, las municipalidades cuentan con competencia para impulsar una cultura cívica de mantenimiento, limpieza, conservación y mejora del ornato local ii) La Ordenanza N° 2321, que aprueba el otorgamiento de bene fi cios tributarios a consecuencia de la ejecución del mantenimiento que incluya el pintado de la fachada frontal y/o super fi cies visibles desde la vía pública de los inmuebles ubicados en el Cercado de Lima, establece que, para efectos del acogimiento a los bene fi cios previstos, el propietario o el arrendatario, o representante legal, acreditados mediante documento, deberá presentar una solicitud expresa de acogimiento, la misma que tendrá el carácter de declaración jurada a través del formulario electrónico habilitado por la Municipalidad Metropolitana de Lima iii) Resulta conforme a la normativa de la materia vigente, que el Alcalde Metropolitano en ejercicio de sus funciones apruebe el proyecto de Decreto de Alcaldía que aprueba la implementación del sistema “Pinta tu fachada y obtén grandes bene fi cios” a través del aplicativo VIPA y el manual y guía de bene fi cios tributarios, el mismo que cuenta con la opinión favorable del Servicio de Administración Tributaria, del Programa Municipal para la Recuperación del Centro Histórico de Lima – PROLIMA, de la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación y de la Gerencia de Plani fi cación; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 20 y artículo 42 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo 1. Aprobar la implementación del Sistema “Pinta tu Fachada y Obtén Grandes Bene fi cios” a través del aplicativo VIPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima, cuyo acceso será a través del Portal Web: https://aplicativos.munlima.gob.pe/beneficio-hogar/nueva_solcitudbh, con e fi cacia anticipada al 03 de marzo del 2021, que será administrada por la Subgerencia de Renovación Urbana y el Programa Municipal para la Recuperación del Centro Histórico de Lima – PROLIMA. Artículo 2. Aprobar el “Manual del Usuario – Sistema de Bene fi cio Tributario - Limpiados de Fachadas” y la “Guía del Usuario del Sistema de Bene fi cio Tributario “Pinta tu fachada y obtén grandes bene fi cios”, que en anexos forman parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 3. Disponer la puesta en funcionamiento del Sistema “Pinta tu Fachada y Obtén Grandes Bene fi cios” a través del aplicativo VIPA, aprobado en el artículo primero, siendo de aplicación a las solicitudes en trámite inclusive. Artículo 4. Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Desarrollo Urbano, al Servicio de Administración Tributaria de Lima – SAT, PROLIMA y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación. Artículo 5. Disponer la publicación del Decreto de Alcaldía y sus anexos en el Portal Institucional (www.munlima.gob.pe), el mismo día de la publicación de la norma aprobatoria en el Diario O fi cial El Peruano. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1941179-1 Aprueban el “Manual de Procesos y Procedimientos para el Control de Acceso del Transporte de Carga y ejercer la adecuada Fiscalización en el Sector de Barrios Altos” DECRETO DE ALCALDÍA N° 09 Lima, 31 de marzo de 2021EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAVISTO:El Memorando N° 977-2020-MML-PMRCHL de la Gerencia del Programa Municipal para la Recuperación del Centro Histórico de Lima (PROLIMA), el Informe N° 208-2020-MML-GP-SOM de la Subgerencia de Organización y Modernización perteneciente a la Gerencia de Plani fi cación, el Memorando N° 948-2020- MML/GSCGA de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, el Memorando N° D000073-2021-MML-GFC de la Gerencia de Fiscalización y Control, el Memorando N° D000095-2021-MML-GP de la Gerencia de Plani fi cación, el Memorando N° D000134-2021- MML-GMM-PROLIMA de la Gerencia de PROLIMA, el Informe N° D000043-2021-MML-GP-SOM de la Subgerencia de Organización y Modernización y el Informe N° D000168-2021-MML-GAJ de la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante con lo previsto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, siendo que la autonomía de los gobiernos locales en los asuntos de su competencia es con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 6 de la Ley N° 27972 señala que la Alcaldía es el órgano ejecutivo de gobierno local, siendo el Alcalde su representante Legal y la máxima autoridad administrativa; asimismo, según el artículo 42 de la precitada Ley, los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ordenanza N° 2194 se aprueba el Plan Maestro del Centro Histórico de Lima 2029 con visión al 2035, cuyo objetivo es recuperar las condiciones de habitabilidad del Centro Histórico de Lima y convertirlo en un centro vivo bajo los lineamientos rectores del Centro del Patrimonio Mundial de Unesco. Asimismo, mediante Ordenanza N° 2195 se aprueba el Reglamento Único de Administración del Centro Histórico de Lima, el cual regula las estrategias y componentes establecidos en la Ordenanza Nº 2194; Que, la Décima Octava Disposición Complementaria Final de la Ordenanza N° 2195, Ordenanza que aprueba el Reglamento Único de Administración del Centro Histórico de Lima, establece que se conforma el Grupo Integral