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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (31/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 416

TEXTO PAGINA: 360

360 NORMAS LEGALES Viernes 31 de diciembre de 2021 El Peruano / VISTO: En Sesión Ordinaria Pública del Concejo Municipal de fecha 09 de diciembre de 2021, el Informe Nº184-2021-GAT/MDSR de la Gerencia de Administración Tributaria y el Informe Legal 087-2021-GAJ/MDSR de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre el Proyecto de Ordenanza que prorroga para el ejercicio 2022, la vigencia de la Ordenanza Nº 500-2019/MDSR que aprueba el monto por emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos y su distribución a domicilio del impuesto predial y arbitrios municipales del año 2020, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia, y les otorga la potestad tributaria para crear, modi fi car y suprimir contribuciones, arbitrios, licencias y derechos Municipales; Que, en los Gobiernos Locales, el Concejo Municipal cumple la función normativa, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú; Que, del mismo modo el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modi fi car o derogar las Ordenanzas; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que mediante Ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran los arbitrios, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por ley; señalando que las Ordenanzas son normas de carácter general por medio de las cuales se regula las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa. Que, la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, faculta a las Municipalidades a Cobrar por el Servicio de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación de Impuestos y Recibos de Pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un monto no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ejercicio; Que, mediante Ordenanza Nº 500-2019/MDSR se establece el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a domicilio de la declaración jurada y liquidación del impuesto predial y arbitrios municipales para el periodo ejercicio 2020, fi jado en S/ 4.29 por contribuyente, siendo ratifi cado por la Municipalidad Metropolitana de Lima por Acuerdo de Concejo Nº 345, ambas normas publicadas en el diario o fi cial El Peruano con fecha 29 de diciembre de 2019; Que, asimismo, mediante Ordenanza Nº 515-2020/ MDSR, se dispone prorrogar para el ejercicio 2021, la vigencia de la Ordenanza Nº 500-2019/MDSR, manteniéndose el monto por derecho de emisión mecanizada; Que, la Sétima Disposición Final de la Ordenanza Nº 2386-2021 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, Ordenanza que sustituye la Ordenanza Nº 2085, que aprueba el Procedimiento de Rati fi cación de Ordenanzas Tributarias en el Ámbito de la Provincia de Lima, referida sobre la Periodicidad en la Rati fi cación de Ordenanzas del servicio municipal sobre Emisión Mecanizada de Valores para el contribuyente, establece que el Acuerdo de Concejo rati fi catorio tendrá una vigencia máxima de dos (2) ejercicios fi scales adicionales, en la medida que no exista variaciones sustanciales en la condiciones que originaron la rati fi cación; Que, la Gerencia de Administración Tributaria, mediante Informe Nº 184-2021-GAT/MDSR, indica que las condiciones que originaron la rati fi cación de la Ordenanza Nº 500-2019/MDSR, no han sufrido variaciones sustanciales; considerando pertinente prorrogar la vigencia, para el ejercicio 2022, de la Ordenanza Nº 500-2019/MDSR, contando para ello con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica;Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal del Distrito de Santa Rosa, con el voto UNÁNIME y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA PARA EL EJERCICIO 2022, LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 500-2019/MDSR QUE APRUEBA EL MONTO POR EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN DE TRIBUTOS Y SU DISTRIBUCIÓN A DOMICILIO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL AÑO 2020 Artículo Primero.- PRORROGAR para el ejercicio 2022, la vigencia de la Ordenanza Nº 500-2019/MDSR, ratifi cada mediante Acuerdo de Concejo Nº 345 del Concejo Metropolitano de Lima, que aprueba el monto por emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos y su distribución a domicilio del impuesto predial y arbitrios municipales, el cual asciende a la suma de S/ 4.29 (Cuatro con 29/100 Soles) por contribuyente. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia a partir del 01 de enero de 2022, previa publicación de la misma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y a la Gerencia de Administración y Finanzas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, así como a la Secretaría General la publicación de la misma, conforme a lo dispuesto en el artículo precedente, y a la Subgerencia de Tecnología de la Informática y Comunicación la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ALAN CARRASCO BOBADILLA Alcalde 2026343-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Ordenanza que fija los montos por derecho de servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial 2022 y su distribución a domicilio ORDENANZA Nº 653-MSS Santiago de Surco, 21 de octubre de 2021 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTOEl Concejo Municipal de Santiago de Surco, en sesión ordinaria de la fecha; VISTO: El Dictamen Conjunto N° 031-2021-CGM-CAJ- MSS de las Comisiones de Gestión Municipal y de Asuntos Jurídicos, el Memorándum Nº 3018-2021-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 969-2021-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 416-2021-GTI-MSS de la Gerencia de Tecnologías de la Información, el Memorándum Nº 2888-2021-GPP-MSS de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Memorándum Nº 386-2021-GAT-MSS de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 309-2021-SGRCT-GAT-MSS de la Subgerencia de Registro y Control