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22 NORMAS LEGALES Lunes 4 de enero de 2021 / El Peruano directas, así como aprobar los expedientes de contratación que se realicen a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco. b) Aprobar la reserva del valor referencial en los procedimientos de selección para consultoría o ejecución de obras. c) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comités de selección, así como modi fi car su composición. d) Aprobar las Bases de los procedimientos de selección, incluyendo las provenientes de contrataciones directas. e) Aprobar el otorgamiento de la buena pro a las propuestas que superen el valor estimado o el valor referencial en los procedimientos de selección, conforme lo previsto por la normativa de contrataciones del Estado. f) Suscribir los contratos derivados de los procedimientos de selección y de las contrataciones directas, así como sus modi fi caciones. Igualmente, suscribir contratos complementarios y sus modi fi caciones. g) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales en el caso de bienes, servicios y obras hasta por el máximo permitido por la Ley de Contrataciones del Estado. h) Autorizar la reducción de prestaciones en el caso de bienes, servicios y obras hasta por el máximo permitido por la Ley de Contrataciones del Estado. i) Resolver las solicitudes de ampliación del plazo contractual. j) Aprobar las resoluciones de contratos por caso fortuito o fuerza mayor, por el incumplimiento de los mismos cuando sea imputable al contratista, así como, en otros supuestos previstos por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. k) Aprobar, suscribir u observar las liquidaciones de contratos que se presenten al INACAL. l) Solicitar el inicio de los procedimientos de conciliación o arbitraje derivados del incumplimiento de los contratos suscritos. m) Aprobar el proceso de estandarización de los bienes o servicios a ser contratados por la entidad, de conformidad con la normativa vigente. n) Aprobar la cancelación total o parcial de los procedimientos de selección que haya convocado la Entidad. o) Tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción y actos vinculados a los procedimientos de selección que tengan que realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, el Tribunal de Contrataciones del Estado y la Contraloría General de la República, así como gestionar las publicaciones que deban efectuarse por mandato legal, y los pedidos de información y consulta que resulten necesarios formular ante otras entidades en materia de contrataciones públicas. p) Aprobar las contrataciones directas en los supuestos previstos en los literales e), g), j), k), l) y m) del numeral 27.1 del artículo 27 de la Ley de Contrataciones del Estado. q) Suscribir convenios con otras entidades públicas para encargarles las actuaciones preparatorias y/o el procedimiento de selección; así como, aprobar los respectivos expedientes de contratación y las bases en calidad de entidad encargante. r) Aprobar la subcontratación de prestaciones en las condiciones y por el máximo permitido por la normativa en contratación pública. s) Suscribir los contratos, órdenes de compra o de servicio respecto a las contrataciones de bienes y servicios, cuyos montos sean iguales o inferiores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias (UIT); así como suscribir los demás actos para su ejecución, modi fi cación y/o resolución. t) Declarar la nulidad del pliego de absolución de consultas y observaciones e integración de bases, en caso incurra en alguno de los supuestos previstos en el numeral 44.2 del artículo 44 de la Ley de Contrataciones del Estado. Artículo 3.- La presente delegación de facultades comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso. Artículo 4.- Los funcionarios comprendidos en los artículos 1 y 2 de la presente resolución deberán informar trimestralmente a la Presidencia Ejecutiva del Instituto Nacional de Calidad, sobre los actos realizados en virtud de la delegación de facultades dispuesta en la presente resolución. Artículo 5.- Noti fi car la presente resolución a los funcionarios a quienes han sido delegadas facultades mediante la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.M. CLARA GÁLVEZ CASTILLO Presidenta EjecutivaInstituto Nacional de Calidad 1916407-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Designan Directora de la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción de la Secretaría General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 344-2020-VIVIENDA Lima, 30 de diciembre de 2020CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la O fi cina de Integridad y Lucha contra la Corrupción de la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora Ana Luisa Velarde Araujo, en el cargo de Directora de la O fi cina de Integridad y Lucha contra la Corrupción de la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.SOLANGEL FERNÁNDEZ HUANQUI Ministra de Vivienda,Construcción y Saneamiento 1916504-1 Designan Jefe de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 346-2020-VIVIENDA Lima, 30 de diciembre de 2020