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5 NORMAS LEGALES Lunes 4 de enero de 2021 El Peruano / Ofi cio Nº 03259-2020-MINDEF/VRD-DGRRHH de la Dirección General de Recursos Humanos; el Informe N° 00243-2020-MINDEF/VRD-DGRRHH-DIPEC de la Dirección de Personal Civil; y, el Informe Legal N° 01303-2020-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación en cargos de con fi anza, distintos a los comprendidos en el artículo 1 de la citada norma, se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, el literal nn) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2016-DE, establece como función del Titular de la Entidad designar y remover a los titulares de cargos de con fi anza del Ministerio; Que, de conformidad con lo previsto en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Unidad Ejecutora 001: Administración General del Ministerio de Defensa, aprobado por Resolución Ministerial Nº 488-2017-DE/SG, así como en sus posteriores reordenamientos, el cargo de Director de Sistema Administrativo I, Director de la Dirección de Tesorería de la Dirección General de Administración, se encuentra considerado como cargo de confi anza; Que, encontrándose vacante el referido cargo, resulta necesario designar a la profesional que desempeñará el mismo; Con el visado del Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa, de la Secretaría General, de la Dirección General de Recursos Humanos, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2016-DE. SE RESUELVE:Artículo Único. - Designar a la señora Celia María Villena Lara en el cargo de Directora de Sistema Administrativo I, Directora de la Dirección de Tesorería de la Dirección General de Administración del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.NURIA ESPARCH FERNÁNDEZ Ministra de Defensa 1916712-1 EDUCACION Aprueban Reglamento de la Ley Nº 29837, Ley que crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo DECRETO SUPREMO Nº 018-2020-MINEDU EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 29837, modi fi cada por la Sexta Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley Nº 30281, se crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, a cargo del Ministerio de Educación, encargado del diseño, plani fi cación, gestión, monitoreo y evaluación de becas y créditos educativos para el fi nanciamiento de estudios de educación técnica y superior; estudios relacionados con los idiomas, desde la etapa de educación básica, en instituciones técnicas, universitarias y otros centros de formación en general, formen parte o no del sistema educativo; así como capacitación de artistas y artesanos y entrenamiento especializado para la alta competencia deportiva; Que, el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo (PRONABEC) tiene por fi nalidad contribuir a la equidad en la educación superior garantizando el acceso a esta etapa, de los estudiantes de bajos recursos económicos y alto rendimiento académico, así como su permanencia y culminación; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 705-2017-MINEDU se aprueba un nuevo Manual de Operaciones del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo (PRONABEC), con el fi n de permitir mejorar el funcionamiento del mencionado Programa y alcanzar el cumplimiento de su fi nalidad; Que, en el marco de las citadas normas, resulta necesario aprobar un nuevo Reglamento de la Ley Nº 29837, con el propósito de mejorar el otorgamiento y la gestión de las becas y créditos educativos, que generen un mayor impacto en la población objetivo del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo; De conformidad con lo previsto en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA:Artículo 1.- Aprobación del Reglamento Apruébase el Reglamento de la Ley Nº 29837, Ley que crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, que consta de dos (02) Títulos, cincuenta y cinco (55) artículos, tres (03) Disposiciones Complementarias Finales, cinco (05) Disposiciones Complementarias Transitorias y un (01) Anexo, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Financiamiento La implementación de lo establecido en el presente Decreto Supremo se fi nancia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Educación. Artículo 3.- Publicación El Anexo del presente Decreto Supremo es publicado en los portales institucionales del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) y del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo (www.pronabec.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Educación y por el Ministro de Economía y Finanzas. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Plazo de adecuación En un plazo de ciento veinte (120) días calendarios siguientes a la entrada en vigencia del Reglamento aprobado por el artículo 1 del presente Decreto Supremo, el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo (PRONABEC) debe adecuar y aprobar sus documentos normativos conforme a las disposiciones establecidas en el presente Reglamento. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA ÚNICA.- Derogatoria A la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, derógase el Decreto Supremo Nº 013-2012-ED, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley