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73 NORMAS LEGALES Jueves 7 de enero de 2021 El Peruano / Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Junta Nacional de Justicia, O fi cina de Control de la Magistratura, Coordinación de Recursos Humanos de esta Corte Superior, O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima, Gerencia de Administración Distrital de esta Corte Superior y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.JOSÉ WILFREDO DÍAZ VALLEJOS Presidente 1917724-2 Conforman la Primera Sala Civil con Subespecialidad Comercial de Lima y designan juez supernumeraria del 1° Juzgado Civil con Subespecialidad Comercial de Lima PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000006-2021-P-CSJLI-PJ Lima, 6 de enero del 2021VISTOS Y CONSIDERANDOS:Que, mediante la solicitud que antecede el doctor Miguel Ángel Benito Rivera Gamboa, Juez Superior Titular integrante de la Primera Sala Civil con Subespecialidad Comercial de Lima solicita hacer uso de sus vacaciones pendientes de goce por el periodo de veintiún días a partir del día siete de enero del presente año. Que, estando a lo expuesto, resulta necesario a fi n de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales de la Primera Sala Civil con Subespecialidad Comercial de Lima proceder a la designación de los magistrados conforme corresponda; situación que originará la variación de la actual conformación de los órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un e fi ciente servicio de administración de justicia en bene fi cio de los justiciables y, en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la doctora ROSARIO ALFARO LANCHIPA, Juez Titular del 1° Juzgado Civil con Subespecialidad Comercial de Lima, como Juez Superior Provisional integrante de la Primera Sala Civil con Subespecialidad Comercial de Lima a partir del día 07 de enero del presente año quedando conformado el Colegiado como sigue: Primera Sala Civil con Subespecialidad ComercialDr. Rolando Alfonzo Martel Chang Presidente Dra. Rosario Alfaro Lanchipa (P)Dra. Ana Marilu Prado Castañeda (P) Artículo Segundo.- DESIGNAR a la doctora PATRICIA VERÓNICA LOPEZ MENDOZA, como Juez Supernumeraria del 1° Juzgado Civil con Subespecialidad Comercial de Lima, a partir del día 07 de enero del presente año por la promoción de la doctora Alfaro Lanchipa.Artículo Tercero.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la O fi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Junta Nacional de Justicia, de la Gerencia de Administración Distrital, Coordinación de Recursos Humanos de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese.JOSÉ WILFREDO DÍAZ VALLEJOS Presidente 1917724-3 Dan por concluidas designaciones, reasignan y designan magistrados en diversos juzgados de la Corte Superior de Justicia de Lima Este CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 002-2021-P-CSJLE/PJ Ate, 4 de enero de 2021VISTOS: La Ley Orgánica del Poder Judicial y la Resolución Administrativa N° 101-2014-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero.- La Corte Superior de Justicia de Lima Este fue creada mediante Resolución Administrativa N° 101-2014-CE-PJ, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”, el sábado 5 de abril de 2014; yejerce su competencia en los distritos de Ate Vitarte, La Molina, El Agustino, Chaclacayo, Lurigancho- Chosica, San Juan de Lurigancho, Cieneguilla, Huarochirí y Santa Anita. Segundo.- La sociedad exige contar con magistrados idóneos cuya aptitud, capacidad y competencia, de la mano con una trayectoria íntegra y comportamiento apropiado, lleven adelante su misión; y, por encima de los códigos y expedientes, ubiquen su labor en una perspectiva mayor, dentro del orden democrático constitucional. Esto exige de los magistrados una impartición de justicia con independencia e imparcialidad, pero además con probidad, veracidad y equidad, utilizando las herramientas de su conciencia, moral, diligencia, decoro y sentido común, porque sólo desde estos rasgos esenciales de la personalidad de los magistrados se puede construir la garantía de un actuación imparcial que los jueces requieren en el desempeño de sus responsabilidades y para bene fi cio de los ciudadanos, que abone por una justicia célere y e fi caz. Tercero.- Resulta relevante recordar que la administración de justicia se constituye para establecer la paz social, siendo el juez el depositario de la función del Estado para administrar justicia éste no puede relejar dicha tarea, bajo ningún modo, aun segundo plano, dedicándose en horas de Despacho Judicial a labores distintas a las Jurisdiccionales, solicitando constantemente permisos por horas y licencias que entorpecen el normal funcionamiento de los órganos jurisdiccionales, ocasionando con ello retardo en la administración de justicia; máxime, si la sociedad nos exige mayor celeridad y efi cacia en el cumplimiento de los plazos procesales, creación de mecanismos que permitan un mayor acceso al servicio de justicia; mayor honestidad, imparcialidad y transparencia en la conducción de los procesos y en la emisión de los fallos; y, mayor uniformidad de criterios en casos similares; por lo tanto, si consideramos que un juez diligente es aquel que toma en serio su responsabilidad