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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2021 (08/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Viernes 8 de enero de 2021 / El Peruano jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica (CAP-P N° 068) del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE; Que, en ese sentido, se estima conveniente designar al profesional que desempeñará el mencionado cargo; Con las visaciones del Secretario General, del Jefe (s) de la O fi cina de Asesoría Jurídica y del Jefe (s) de la Unidad de Recursos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, aprobado por Decreto Supremo N° 076-2016-EF; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor David Charles Napurí Guzmán en el cargo de con fi anza de Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica (CAP-P N° 068) del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SOFÍA PRUDENCIO GAMIO Presidenta Ejecutiva 1917975-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Designan Asesor II de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 000002-2021/SUNAT Lima, 6 de enero de 2021CONSIDERANDO: Que el artículo 3° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1° de la citada Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Asesor II de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas, por lo que se ha estimado conveniente designar a la persona que asumirá dicho cargo de con fi anza; En uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27594 y el inciso i) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor ALFONSO IVAN LUYO CARBAJAL en el cargo de con fi anza de Asesor II de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ENRIQUE VERA CASTILLO Superintendente Nacional 1917654-1SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES Modifican el artículo 1º de la Resolución de Superintendencia Nº 000236-2020-MIGRACIONES, respecto de las funciones a desarrollar por la Jefatura Zonal de Huancayo RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000007-2021-MIGRACIONES Breña, 7 de enero del 2021VISTO El Informe N° 00588-2020-OPP/MIGRACIONES, de fecha 06 de diciembre de 2020, de la Dirección de Operaciones; los Informes Nº 000635-2020-OAJ/MIGRACIONES, Nº 000651-2020-OAJ/MIGRACIONES, Nº 000663-2020-OAJ/MIGRACIONES y Nº 000681-2020-OAJ/MIGRACIONES, de fechas 20 y 27 de noviembre y 03 y 10 de diciembre de 2020, respectivamente, elaborados por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Mediante Decreto Legislativo N° 1130, se crea la Superintendencia Nacional de Migraciones como un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, así como autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus atribuciones; El artículo 6° del referido Decreto Legislativo, establece como funciones de la entidad, entre otras, administrar, supervisar, fi scalizar, normar y sancionar las actividades en materia de su competencia; Asimismo, el Decreto Legislativo Nº 1350, Decreto Legislativo de MIGRACIONES en su artículo 53° re fi ere que la autoridad administrativa migratoria tiene potestad sancionadora y garantiza la aplicación del Principio del Debido Procedimiento en el procedimiento sancionador siendo sujetos pasibles de ser sancionados las personas nacionales y extranjeras, las empresas de transporte, las empresas operadoras o concesionarias o las personas jurídicas domiciliadas en el país que infrinjan las obligaciones del citado Decreto Legislativo; A través del Decreto Supremo N° 009-2020- IN y de la Resolución de Superintendencia N° 000148-2020-MIGRACIONES, se aprobó las Secciones Primera y Segunda, respectivamente, del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de MIGRACIONES; asimismo, el Texto Integrado de dicho ROF fue publicado por Resolución de Superintendencia N° 000153-2020-MIGRACIONES; En tal sentido, el documento de gestión citado en el párrafo precedente, establece que las Jefaturas Zonales, son órganos desconcentrados de MIGRACIONES, que dependen jerárquicamente de la Dirección de Operaciones y tienen entre sus funciones las de tramitar los procedimientos sancionadores, disponiendo su inicio y emisión de resolución que se pronuncie sobre el fondo del asunto, coordinando con las autoridades competentes la ejecución de la misma; este mismo documento de gestión, señala que son funciones de la Dirección de Registro y Control Migratorio, entre otras normar las actividades en materia de sanciones; A través de la Resolución de Superintendencia Nº 000236-2020-MIGRACIONES, de fecha 13 de noviembre de 2020, se dispone que, la Jefatura Zonal de Huancayo asuma la tramitación de los Procedimientos Administrativos Sancionadores que corresponderían conocer a la Jefatura Zonal de Lima, en tanto se formalice la creación de la misma; En ese contexto, con Informe Nº 000588-2020-DIROP/ MIGRACIONES, la Dirección de Operaciones considera que lo esbozado por la O fi cina de Asesoría Jurídica a través de los Informes N° 000635-2020-OAJ/MIGRACIONES, Nº