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33 NORMAS LEGALES Sábado 9 de enero de 2021 El Peruano / INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Designan miembro de la Comisión de Protección al Consumidor - Sede Lima Norte RESOLUCIÓN Nº 000002-2021-PRE/INDECOPI San Borja, 7 de enero de 2021VISTOS:Los informes N° 000276-2020-GRH/INDECOPI, N° 008116-2020-GEL/INDECOPI, N° 000129-2020-GEG/INDECOPI y N° 05-2020-GEL/INDECOPI; y, CONSIDERANDO:Que, conforme con lo establecido en el literal d) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033 y sus modi fi catorias, corresponde al Consejo Directivo de la Institución designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo con lo señalado en el literal c) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2009-PCM y sus modi fi catorias, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los miembros de la Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de conformidad con lo prescrito en el literal a) del artículo 22 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, el período de designación de los miembros de las Comisiones es de cinco (5) años, pudiendo ser designados por un período adicional; Que, el literal c) del artículo 21 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, señala que las comisiones del área de competencia se encuentran integradas por cuatro (4) miembros; Que, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del Indecopi N° 000118 -2020-PRE/INDECOPI, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 21 de noviembre de 2020, se aceptó la renuncia del señor José Carlos Álvarez Oliva como miembro de la Comisión de Protección al Consumidor – Sede Lima Norte; Que, en ese sentido, resulta pertinente efectuar la reconformación de la Comisión de Protección al Consumidor – Sede Lima Norte, a fi n de que dicho órgano colegiado cuente con el número legal de integrantes previstos en la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI; Que, el Consejo Directivo mediante Acuerdo N° 0113- 2020 del 29 de diciembre de 2020, con la opinión favorable del Consejo Consultivo, ha acordado designar al señor Francisco Martín Sigüeñas Andrade como miembro de la Comisión de Protección al Consumidor – Sede Lima Norte, encargando a la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI la emisión de la resolución correspondiente; Con el visto bueno de la Gerencia General, de la Gerencia de Recursos Humanos y de la Gerencia Legal; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033 y sus modi fi catorias, y en cumplimiento de las funciones otorgadas mediante los literales f) y h) del numeral 7.3 del mismo cuerpo legislativo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Francisco Martín Sigüeñas Andrade como miembro de la Comisión de Protección al Consumidor – Sede Lima Norte, con efectividad a la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANIA PÉREZ DE CUELLAR LUBIENSKA Presidenta del Consejo Directivo 1918118-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACION LABORAL Designan Intendente Regional de la Intendencia Regional de Amazonas RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 005-2021-SUNAFIL Lima, 8 de enero de 2021 VISTOS: El Memorándum N° 004-2021-SUNAFIL/GG, de fecha 07 de enero de 2021, de la Gerencia General; el Informe N° 018-2021-SUNAFIL/GG/OGA/ORH, de fecha 07 de enero de 2021, de la O fi cina de Recursos Humanos de la Ofi cina General de Administración; el Memorándum N° 021-2021-SUNAFIL/GG/OGA, de fecha 07 de enero de 2021, de la O fi cina Gerencia de Administración; el Informe N° 015-2021-SUNAFIL/GG-OGAJ, de fecha 08 de enero de 2021, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29981 se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, responsable de promover, supervisar y fi scalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias; Que, el literal f) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAFIL, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-TR, modi fi cado por Decreto Supremo N° 009-2013-TR, dispone que el Superintendente tiene por función designar y remover a los directivos de la SUNAFIL; Que, de acuerdo al Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP PROVISIONAL) de la SUNAFIL, aprobado por Resolución Ministerial N° 120-2017-TR, reordenado por las Resoluciones de Superintendencia N°s 168 y 216-2017-SUNAFIL, N°s 025 y 080-2018-SUNAFIL, N°s 63, 148 y 206-2019-SUNAFIL, y N°s 79, 101 y 229-2020-SUNAFIL-SUNAFIL, el puesto de Intendente Regional de la Intendencia Regional de Amazonas tiene la clasi fi cación de empleado de con fi anza; Que, mediante el documento de vistos, la Gerencia General comunica a la O fi cina de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración, que la Alta Dirección ha visto por conveniente designar, a partir del 11 de enero de 2021, al señor Juan Carlos Vásquez Baneo en el puesto de Intendente Regional de la Intendencia Regional de Amazonas de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL; Que, con el Memorándum N° 021-2021-SUNAFIL/ GG/OGA, la O fi cina General de Administración emite su conformidad al Informe N° 018-2021-SUNAFIL/GG/OGA/ORH, elaborado por la O fi cina de Recursos Humanos, a través del cual expresa opinión favorable para designar, a partir del 11 de enero de 2021, al señor Juan Carlos Vásquez Baneo en el puesto de Intendente Regional de la Intendencia Regional de Amazonas de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral -