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89 NORMAS LEGALES Sábado 9 de enero de 2021 El Peruano / ya que desde el año 2016 con la aprobación de la Ley 30425, se permite a los a fi liados que alcancen la edad de jubilación, retirar (lump sum) hasta el 95,5% de su CIC, así como en la etapa laboral activa, retirar el 25% para el fi nanciamiento de su primera vivienda. Desde la aprobación de esta medida, el 99% de los jubilados ha elegido retirar total o parcialmente su CIC, y sólo el 1% ha elegido utilizarla para fi nanciar una pensión. Esta situación genera un potencial problema de cobertura y riesgo de pobreza en la vejez para los a fi liados en caso los recursos retirados no generen los retornos esperados para fi nanciar sus gastos durante la vejez. En este contexto, no disponer de una pensión en edad avanzada puede generar problemas sociales cuando una proporción de la población ya no cuente con fuentes alternativas de ingresos como ahorros, activos o transferencias de familiares. Por estas razones, resulta imprescindible realizar estudios para medir los impactos del retiro de los fondos de pensiones en el bienestar de los a fi liados, que sirvan de base para recuperar el objetivo previsional del Sistema Privado de Pensiones. Recientemente, con la Ley 30939 se creó el Consejo de Evaluación de la situación actual de los sistemas de pensiones públicos y privados, la cual tiene carácter multisectorial y es presidida por el MEF y cuenta con la participación de la SBS, el Ministerio de Trabajo y la ONP. Este Consejo tiene por encargo el planteamiento -en un lapso de 180 días- de una reforma integral del Sistema de Pensiones (público y privado) sobre la base de cuatro pilares (obligatorio con pensión mínima, solidario, de capitalización individual y de aportes voluntarios). Es preciso resaltar que, la SBS cuenta con diversos estudios elaborados por entidades de prestigio internacional como la OECD, el Banco Interamericano de Desarrollo, el Fondo Monetario Internacional entre otros, los cuales abordan los problemas de los sistemas de pensiones en el Perú, estudios que pueden ayudar en el establecimiento de una línea de base objetiva en la ejecución del precitado encargo recibido por parte del Consejo. En lo que se re fi ere a las labores de la SBS, se está trabajando en una metodología de supervisión basada en riesgos para el SPP, con el objetivo de que la supervisión se focalice en aquellos procesos de mayor riesgo inherente de los diferentes procesos de operatividad de la industria, y/o aquellos aspectos que podrían poner en riesgo procesos que afecten a los afi liados, como la rentabilidad y/o la calidad del servicio que la AFP brinda a sus a fi liados a través de tales procesos y, consecuentemente, la reputación del sistema. Así, actualmente se viene trabajando en la mencionada metodología uni fi cando criterios y particularidades de los procesos que intervienen en el SPP, para posteriormente ser implementado estableciendo guías de supervisión extra situ e in situ; y todo acorde con los lineamientos y políticas de la Superintendencia, bajo el marco del Comité de Política de Supervisión. 2.6 Unidad de Inteligencia Financiera -- Lavado de Activos Nuestro país ha sido objeto de cuatro (4) procesos de evaluaciones mutuas del Grupo de Acción Financiera Internacional de Latinoamérica (GAFILAT), las cuales se realizaron a fi n de veri fi car el grado de implementación de los estándares internacionales en materia Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (LA/FT) en los años 2003, 2005, 2008 y 2018; respectivamente. La cuarta evaluación, culminó satisfactoriamente en diciembre del 2018 habiéndose realizado el proceso de evaluación de la efectividad del Sistema Nacional contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (SNLAFT). El proceso de Evaluación Mutua (EM) tenía por objeto veri fi car el cumplimiento técnico de las 40 Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) en materia de prevención, detección y sanción del LA, el FT y el fi nanciamiento a la proliferación de armas de destrucción masiva (FPDAM), así como, determinar su nivel general de implementación, a través del análisis de 11 Resultados Inmediatos. Cabe señalar que, el citado proceso de EM fue coordinado a nivel país por la SBS contando con la participación activa de los sectores público y privado y comprendió las siguientes etapas: (i) Visita de Pre - Evaluación (ii) absolución de cuestionarios (iii) Visita In Situ del equipo evaluador; y (iv) elaboración, revisión y aprobación del Informe de Evaluación Mutua. El Informe de Evaluación Mutua (IEM) del Perú, evacuado en febrero del 2019, concluye que a nivel país ha obtenido una cali fi cación óptima en la adecuación de su legislación a las 40 Recomendaciones (cumplimiento adecuado en 34 Recomendaciones); así como, una califi cación favorable en términos de efectividad. A continuación, se detallan las cali fi caciones obtenidas en las recomendaciones y en los resultados inmediatos: Recomendaciones (Rec.) Cali fi cación7 Rec. 2, 3, 4, 5, 13, 14, 18, 20, 21, 27, 29, 33, 36, 38 y 39 (15 Rec.) C Rec.1, 6, 7, 9,10,11, 12, 15, 16, 22,23, 26, 28, 30, 31, 32, 34, 37 y 40 (19 Rec.)MC Rec. 8, 17, 19, 24, 25 y 35 (6 Rec.) PC Resultados Inmediatos (RI) Cali fi cación RI.1: Riesgo, política y coordinación Moderado RI.2: Cooperación internacional Sustancial RI.3: Supervisión Moderado RI.4: Medidas preventivas Moderado RI.5: Personas y estructuras jurídicas Bajo RI.6: Inteligencia fi nanciera Sustancial RI.7: Investigación y procesamiento de LA Bajo RI.8: Decomiso Moderado RI.9: Investigación y procesamiento de FT Moderado RI.10: Medidas preventivas de FT y sanciones fi nancieras Sustancial RI:11: Sanciones fi nancieras por FPADM Sustancial Los desafíos que el Perú debe afrontar luego de la EM son: - Implementar las recomendaciones formuladas por el GAFILAT, que en su mayoría se encuentran en el Plan Nacional contra el LAFT. - Seguir implementando el Plan de Trabajo elaborado por la UIF (actualmente se viene desarrollando con la asistencia técnica de SECO, GIZ, Embajada Británica y la Unión Europea) - A partir del primer año, una vez aprobado el IEM; y luego cada 6 meses, se deben informar los avances en efectividad (RI) y el cumplimiento (Rec.) - Evaluación quinquenal del IEM. Además de la EM, es importante mencionar que el Perú ha realizado dos (2) evaluaciones nacionales de riesgos LA/FT (ENR), donde la primera contó con la asistencia técnica del FMI en el año 2010 y posteriormente en el año 2016 con la asistencia técnica del BID. Actualmente se ha dado inicio al proceso de actualización de la ENR, participando diversas entidades del sector público y privado, el cual culminará en diciembre del 2020. Asimismo, mediante Decreto Supremo N° 018-2017 -JUS se aprobó la primera Política Nacional contra LAFT, la cual tiene como objetivo general: “ Prevenir, detectar, investigar y sancionar de manera e fi ciente, e fi caz y 7 Para cada Recomendación existen cuatro posibles niveles de cumplimiento técnico: Cumplida - C (No existe ninguna de fi ciencia), Mayoritariamente Cumplida - MC (sólo existen de fi ciencias menores), Parcialmente Cumplida - PC (existen de fi ciencias moderadas), No Cumplida - NC (existen defi ciencias importantes). Además, para cada Resultado Inmediato existen cuatro posibles cali fi caciones de efectividad: Alto (el resultado se ha logrado en gran medida y pocas mejoras son necesarias), Sustancial (el resultado se ha logrado y se requieren mejoras), Moderado (el resultado se ha logrado hasta cierto grado y se requieren mejoras considerables) y Bajo (el resultado no se ha logrado o es insigni fi cante y se requieren mejoras fundamentales).