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54 NORMAS LEGALES Sábado 16 de enero de 2021 / El Peruano Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la magistrada ERIKA MERCEDES SALAZAR MENDOZA, Juez Titular del 1º Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, como Juez Superior Provisional integrante de la Segunda Sala Civil Permanente de Lima, a partir del día 18 de enero del presente año por las vacaciones de la magistrada Martínez Maraví, quedando conformado el Colegiado como sigue: Segunda Sala Civil Permanente Jesús Manuel Soller Rodríguez - PresidenteGermán Alejandro Aguirre Salinas (P)Erika Mercedes Salazar Mendoza (P) Artículo Segundo.- DESIGNAR a la abogada CARLA PATRICIA LLANOS CÁRDENAS, como Juez Supernumeraria del 2º Juzgado de Paz Letrado Laboral de Lima, a partir del día 18 de enero del presente año por la licencia de la magistrada Grajeda Bashualdo. Artículo Tercero.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la O fi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Junta Nacional de Justicia, de la Gerencia de Administración Distrital, Coordinación de Recursos Humanos de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ WILFREDO DÍAZ VALLEJOS PresidenteCorte Superior de Justicia de Lima 1920407-1 ORGANISMOS AUTONOMOS FUERO MILITAR POLICIAL Aprueban la Directiva N° 001-2021- FMP/OEF, denominada “Directiva de Transparencia y Probidad en la Ejecución del Gasto”, del Fuero Militar Policial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 006-2021-FMP/OEF Lima, 15 de enero de 2021VISTO:El proyecto de Directiva denominada: “Directiva de Transparencia y Probidad en la Ejecución del Gasto”, propuesto por la O fi cina de Economía y Finanzas del Fuero Militar Policial. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, se establece la naturaleza, estructura, organización, competencia, jurisdicción, funciones y atribuciones del Fuero Militar Policial, como órgano autónomo e independiente, en armonía con las normas y principios establecidos en la Constitución Política del Perú;Que, la Ley N° 31084, aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, correspondiente a los pliegos presupuestales del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos locales, conforme a la Constitución Política del Perú; Que, por Resolución Administrativa N° 144-2020- FMP/OEF de fecha 30 de Diciembre de 2020, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gasto correspondiente al Año Fiscal 2021, del Pliego 027: Fuero Militar Policial, los Ingresos por Partidas y los Gastos por Unidad Ejecutora; así como, la Estructura Funcional Programática y Estratégica, proporcionada por la Dirección General de Presupuesto Público; Que, mediante Resolución Administrativa N° 008- 2021-FMP/CE/SG del 11 de enero de 2021, se modi fi có la denominación y funciones de la Unidad de Control Previo del Fuero Militar Policial, denominándose Unidad de Control Previo y Fiscalización Inmediata del Fuero Militar Policial, con el objeto de fortalecer la prevención, control, seguimiento y fi scalización de la ejecución del gasto y rendición de cuentas que realizan las unidades orgánicas y dependencias del Fuero Militar Policial, a nivel nacional; Que, el proyecto de Directiva denominada: “Directiva de Transparencia y Probidad en la Ejecución del Gasto”, tiene por objeto establecer disposiciones y procedimientos generales que regulan el uso e fi ciente, efectivo, transparente y con probidad de la ejecución del gasto y rendición de cuentas, asignados bajo cualquier modalidad por la Unidad Ejecutora 1295, del Pliego 027: Fuero Militar Policial, con la fi nalidad de que los recursos sean empleados para los fi nes previstos por la ley; Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar la Directiva en mención, con el fi n de establecer responsabilidades, obligaciones y niveles de autorización del personal encargado o responsable de la ejecución del gasto público, bajo cualquier modalidad, para el cumplimiento de la sustentación correspondiente, en los plazos estipulados por la normatividad vigente; Que, el numeral 72.2 del artículo 72° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala que: “Toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el e fi ciente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia”; Que, conforme lo establece el numeral 15 del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, es atribución del Presidente del Fuero Militar Policial aprobar directivas, por lo que corresponde emitir el dispositivo autoritativo que disponga dicho acto; Que, en atención a lo propuesto por la O fi cina de Economía y Finanzas del Fuero Militar Policial y la visación de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Fuero Militar Policial; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Directiva N° 001-2021-FMP/ OEF, denominada: “Directiva de Transparencia y Probidad en la Ejecución del Gasto”, del Fuero Militar Policial, la misma que con sus Anexos “A” Base Legal, “B” Glosario de Términos; y, “C” Precios de Referencia, forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en el portal institucional del Fuero Militar Policial (www.fmp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y archívese.ALONSO LEONARDO ESQUIVEL CORNEJO Presidente del Fuero Militar Policial 1920348-1