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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2021 (17/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Domingo 17 de enero de 2021 El Peruano / con la propuesta de usos mixtos: comercial y residencial, que permita la reconversión de los lotes o manzanas industriales vacantes, conforme a lo establecido en la Ordenanza N° 1862 y N° 893; Que, el predio se ubica sobre un sector donde se ha proyectado una serie de obras de gran impacto como la Línea 2 del Metro sobre la Av. Venezuela, la Línea 6 del Metro sobre la Av. Universitaria y el Corredor Complementario N° 4, lo cual debe ser complementado con los usos y actividades urbanas que se desarrollen en el entorno. En ese sentido, la zoni fi cación propuesta a Comercio Zonal CZ, se encuentra alineada a las obras proyectadas por el gobierno local, regional y central, en ese sentido, es necesario considerar que, de aprobarse el Cambio de Zoni fi cación, las actividades industriales formalmente localizadas, involucradas al Cambio de Zoni fi cación de Industria Liviana (I2) a Comercio Zonal (CZ), podrán continuar funcionando hasta que cesen sus actividades; Que, estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 111-2020-MML-CMDUVN, de fecha 19 de agosto de 2020; el Concejo Metropolitano de Lima por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL CERCADO DE LIMA APROBADO POR ORDENANZA N° 893 Artículo 1.- Aprobar la Modi fi cación del Plano de Zoni fi cación del distrito de Cercado de Lima, aprobado mediante Ordenanza N° 893, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 27 de diciembre de 2007 de Industria Liviana (I2) a Comercio Zonal (CZ), para el inmueble de 49,859.75 m², ubicado en la Av. República de Venezuela N° 2505-2543-2575, Av. Belisario Sosa Peláez N° 1066-1098, Av. La Alborada N°1085, Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima, solicitado por la Compañía Universal Textil S.A mediante el expediente Nº 365389-2018; haciendo extensivo el mismo al resto de la manzana donde se ubica el predio solicitante; precisando además que le cambio de zoni fi cación no afectará las actividades o derechos adquiridos de los predios colindantes; conforme al anexo N° 1, que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2.- Disponer que en los siguientes procesos administrativos de aprobación de Habilitación Urbana y/o Licencia de Edi fi cación, deberá considerarse que las actividades industriales formalmente localizadas, involucradas en el Cambio de Zoni fi cación de Industria Liviana (I2) a Comercio Zonal (CZ), podrán continuar funcionando hasta que cesen sus actividades. Artículo 3.- Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el plano de zoni fi cación del Cercado de Lima, la modi fi cación aprobada en el artículo primero de la presente Ordenanza. Artículo 3.- Disponer la noti fi cación de la presente Ordenanza al administrado. Artículo 4.- Encargar, a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación su publicación, incluido el Anexo N° 1, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1920343-10Ordenanza que rectifica el Plano de Zonificación de los Usos del Suelo del distrito de San Juan de Lurigancho, aprobado por Ordenanza Nº 1081 ORDENANZA N° 2298 Lima, 12 de enero de 2021EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de acuerdo con lo indicado en los numerales 1.1 y 1.2 del Artículo 79 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo: Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identi fi que las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental; y aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zoni fi cación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes especí fi cos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, mediante Ordenanza N° 1862, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 28 de diciembre de 2014, se regula el Proceso de Plani fi cación del Desarrollo Territorial Urbano del Área Metropolitana de Lima; contemplando en su Artículo 4 que corresponde a la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través del Instituto Metropolitano de Plani fi cación, plani fi car el desarrollo integral y el desarrollo urbano territorial en concordancia con los planes y políticas nacionales y sectoriales de desarrollo urbano, para lo cual coordinará con las Gerencias correspondientes; Que la Resolución de Alcaldía Nº 026 de fecha 24 de enero de 2018 y su Directiva Nº 001-2018-MML-GDU aprueba el Procedimiento de Recti fi cación del Plano de Zoni fi cación de Lima Metropolitana; Que, mediante Documento Simple N° 372712-19 el señor Daniel Hurtado Fernández con DNI N°70526416 presenta la solicitud de Recti fi cación del Plano de Zoni fi cación del distrito de San Juan de Lurigancho aprobado por Ordenanza Nº 1081 de fecha 07 de octubre del 2007, de Sin Zoni fi cación a Residencial de Densidad Media (RDM) del inmueble de su propiedad denominado lote 17 de la Manzana A del Asentamiento Humano Nueva Vida, Sector Juan Pablo II; del mismo modo, mediante Documento Simple N° 74406-20 el señor Juan Francisco Llanos Ávalos con DNI N° 08054726 presenta la solicitud de Recti fi cación del Plano de Zoni fi cación del mismo distrito, de Sin Zoni fi cación a Residencial de Densidad Media (RDM) del inmueble de su propiedad denominado lote 19 de la Manzana F del Asentamiento Humano Nueva Vida, Sector Juan Pablo II, ambos en el Distrito de San Juan de Lurigancho; Que según el Plano de Zoni fi cación General de Lima Metropolitana del año 1977 – 1990 aprobado con la Resolución N° 335-90-MLM-AM-SMDU de fecha 10 de agosto de 1990 y actualizado con la Resolución N° 387-91-MLM-AM-SMDU de fecha Julio 1997, cali fi ca al Asentamiento Humano Nueva Vida del Distrito de San