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41 NORMAS LEGALES Domingo 17 de enero de 2021 El Peruano / en su artículo 4 que corresponde a la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través del Instituto Metropolitano de Plani fi cación, plani fi car el desarrollo integral y el desarrollo urbano territorial en concordancia con los planes y políticas nacionales y sectoriales de desarrollo urbano, para lo cual coordinará con las Gerencias correspondientes; Que, mediante Ordenanza N° 2086, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 13 de abril de 2018, se regula el Cambio de Zoni fi cación de Lima Metropolitana y deroga la Ordenanza N° 1911-MML; Que, con Ordenanza N° 933, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 05 de mayo del 2006, se aprueba el Reajuste Integral de la Zoni fi cación de los Usos de Suelo de una parte del distrito de Villa El Salvador, conformante del Área de Tratamiento Normativo I de Lima Metropolitana; Que, con expediente 307953-2019 de fecha 09 de setiembre de 2019, el señor Mitchell Yilthon Muñoz Llanos, propietario del predio de 893.60 m², ubicado en el lote 4A de la Mz. E, Grupo Residencial 15 Sector Tercero, Pueblo Joven Villa El Salvador, distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima; solicita el cambio de zoni fi cación de Otros Usos (OU) a Educación Básica (E1) de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza N° 2086, norma que regula el cambio de zoni fi cación en Lima Metropolitana y deroga la Ordenanza N° 1911; Que, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante O fi cio N° 1484-2019-MML-GDU-SPHU de 05 de diciembre del 2019, solicitó a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, que en uso de sus competencias aplique la consulta vecinal y emita la opinión técnica correspondiente, dentro del plazo de 30 días, vencido dicho plazo, sin haber obtenido respuesta, se entiende como opinión favorable; en virtud a lo establecido en el artículo 9.4 de la Ordenanza N° 2086; Que, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante O fi cio N° 1485-2019-MML-GDU-SPHU de 05 de diciembre del 2019, solicitó al Instituto Metropolitano de Plani fi cación-IMP emitir opinión técnica sobre la propuesta presentada por el señor Mitchell Yilthon Muñoz Llanos. Y, mediante O fi cio N°0097-20-MML-IMP-DE de fecha 22 de enero de 2020, remitió el Informe CEZ N° 017-2020-MML-IMP-DE/DGPT de fecha 20 de enero de 2020, en el que emitió opinión Favorable respecto al Cambio de Zoni fi cación solicitado, señalando que el entorno del predio presenta uso residencial que es compatible con el uso de educación básica (E1), y que se encuentra registrado en MINEDU como uso autorizado de Institución Educativa Inicial, destacando que la ubicación del predio favorece el desarrollo de esta actividad de educación básica. Asimismo, precisó que el predio se ubica frente a una vía metropolitana, la cual se encuentra habilitada con 80.00 ml, lo cual favorece la a fl uencia vehicular y peatonal; y que la Ordenanza N° 933 no indica ninguna restricción para establecer esta actividad en la ubicación donde se encuentra el predio; Que, mediante Informe Nº 279-2020-MML-GDU- SPHU-DP de fecha 07 de Septiembre del 2020 de la División de Planeamiento de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, concluyó que, el cambio de zoni fi cación de Otros Usos (OU) a Educación Básica (E1), solicitada por el señor Mitchell Yilthon Muñoz Llanos, propietario del predio de 893.60 m², ubicado en el lote 4A de la Mz. E, Grupo Residencial 15 Sector Tercero, Pueblo Joven Villa El Salvador, distrito de Villa El Salvador; resulta favorable, por cuanto presenta una ubicación estratégica, al formar parte de un Sector que se con fi gura como un área que abastece de servicios públicos complementarios hacia los sectores colindantes predominantemente residenciales, los cuales se conectan peatonalmente y vehicularmente a través de vías locales y metropolitanas como la Av. José C. Mariátegui y la Av. Revolución. El desarrollo de la actividad educativa complementa los servicios de equipamiento del sector, cuyas actividades son compatibles con los servicios existentes y la actividad residencial del entorno, brindando un equipamiento ya existente cuya institución educativa se encuentra registrada en el MINEDU con Código modular 1578624, para el nivel Inicial-Jardín, supervisado por la UGEL 01, estratégicamente ubicada frente a una vía articuladora como es la Av. José C, Mariátegui, consolidando los equipamientos urbanos existentes y estimulando la inversión privada, máxime cuando la ubicación del equipamiento permite abastecer de servicio de educación básica inicial a una población demandante de este tipo de servicios; Que, estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 136-2020-MML-CMDUVN, de fecha 02 de octubre de 2020; el Concejo Metropolitano de Lima por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR APROBADO POR ORDENANZA N° 933 Artículo 1.- Aprobar la Modi fi cación del Plano de Zoni fi cación del distrito de Villa El Salvador, aprobado mediante Ordenanza N° 933, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 05 de mayo del 2006 de Otros Usos (OU) a Educación Básica (E1) para el inmueble de 893.60 m2, ubicado en el lote 4A de la Mz. E, Grupo Residencial 15 Sector Tercero, Pueblo Joven Villa El Salvador, distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima, solicitado por el señor Mitchell Yilthon Muñoz Llanos mediante expediente 307953-2019, conforme al Anexo N° 1, que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2.- Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el plano de zoni fi cación del distrito de Villa El Salvador, la modi fi cación aprobada en el artículo primero de la presente Ordenanza. Artículo 3.- Noti fi car la presente Ordenanza a la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, a fi n que se encargue de la respectiva noti fi cación al administrado. Artículo 4.- Encargar, a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación su publicación, incluido el Anexo N° 1, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1920343-2 Ordenanza que modifica el Plano de Zonificación del distrito de Santiago de Surco aprobado por Ordenanza N° 912 ORDENANZA N° 2290 Lima, 12 de enero de 2021EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar